CSJ - SC02-18-1988 0090
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC02-18-1988 0090
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1988
- 0090
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL pA 17
Magistrado ponente:
Dr. EDUARDO GARCIA SARMIENTO.
Bogotá, dieciocho de Febrero de mil novecientos ochenta y ocho. So decide lo solicitud de declaración do nulidad procesal paodida por el señor Agente dol Ministerio Público, en asto procoso abreviado de separación de cuerpos promovido por OSCAR GUARNIZO
BARRERO frento a GLADYS YANETH VASQUEZ.
1. Entro otros requisitos, precaptúa el art. 318 del C. de P.Civil que, bajo tos supuestos aquí señalados, el edicto emplazaterio dobe permaneco? fljado por ol término do un mes en un sitio visiblo do la Secretaría del rospectivo despacho judicial "y se publicará en un diorio de amplia circulación en ta localidad, por tres veces durante oj mismo término y por medio de radiodifusora del lugar, si la hubicre, con intervatos no mencres de cinco dias”.
2. En esto asunto se observa quo, a paticióén de la parto demandanto, so fijó edicto en lugar público el 2 de septiembre de 1.986, y que fue desfijado el 2 de cctubre del mismo año, haciéndoseconstar expresamente por la secrotaría que dosdeo el día anterior habla vencido el tórmino de fijación del edicto y, seguidamonto, que dosda al mismo día 2 de cctubre empezaban a correr los cinco díos adicionales do quo trata ol artículo menclonado. ( follo 19 y 18 v.cuad.1).
Por to tanto, como fáciilmento so observa que talos publicaciones no so verficaron dentro del término perentoriamonte exigido por la ley rituaria, vale decir, entre el 2 de septiembre y al 2 de cctubre de 1.986, se impone, con fundamento en al motivo de Invalidez provisto cn el artículo 152-8 del C. de P.Civit, declarar LA NULIDAD de todo to actuado, incluídos los autos do 13 y 25 de encro del año en curso proforidos por esta Corporación, desde la fljación del edicto emplazatorto. 3, Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, DECLARA LA NULIDAD DE TODA LA ACTUACIÓN, a partir de la fijación del cdicto emplazatorto. Se dispone la devolución dal expediento el a-quo. para quo sea renovada la actuación conforme a lo anotado en esta providoncia. Cóptese y notifíquese.
EDUARDO GARCIA SARMIENTO
Alvaro Ortíz Monsalvo Secratarlo.