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CSJ - SC03-02-1966

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC03-02-1966
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1966

00924

COBLE SUERENA DÉ IUSPICTAS

Sañá 13 CASACION CIVIL, TAGIBZRADO TOREMOBARRERO CsPOGADS o Bogotd, febrero tres de mil novecientos sesenta y seis. £i doctor Alirio Seganogo Sánchez. cono eutador de la horensia gecente de Victor ¿vito Dufrosy do” eanñó on Juicio ontinagio, anto el Jungado Promisauo del, Cironí to de Órecué, a Voría bula Sénoies Sde iorea y a Horminoo Horag a Bi o a mt a O d0s puro que so hicioras lan cágulontes toclaracionzos 0 Que 61 íncuedio relacionado en 209 hochos +» Winolayento ol local y oiZicio que en la aptunlidad ecupóns lon derariatos Sénehos Siarra y Voronjos par la situación y línto Roc deceritgo da loa hechos de cata fonanda? portenccs «a piono dovinto a la qurcnáón de yiotor Julio Sulrono 20, Quo nn qonseorereta de la Gcciaración antos ticr, co “gonfone 4 Sínchos de Sierra y a Hermingo Miranjo a 1op titudy, troo Cías Gcogués de escontoriada vota sentencia a la » oncepión lo Víctor Julio Suliror, roprecontala par 01 docter 44 vio locezsso Súrehoo "aL lopal que Snuran dentro dol Inmuchlos cáquirido por sufres al tener le la exoritaneo 10, 1 do enoro oda eb do 1.955 do la Moturía de Orocuó, con todas sus areri dadcoy>

samvicioo y coloreo o intalacioónos un 61 existentes”. 30 00 los denandados pererón al donandoato, » tcánco áfoo tonpudn do ojecatoriada costa sontenota, al valor da d00 feutoo mtrdes y cávidoo dod inemetdo anton doteraínado y no colo 169 poreibádos olmo Los que co hubloran poñido porcibir Son ucúñana intolágencio y ouitado costo ol 22 do agooto do 1935 bosta 01 somonto da la ontroga dol, local, más ol precio de lan = rojyoraodonso que el Anmmucdlo kubáoro pufrido por euipa de loz pocratorasd. ¿0 Que se optene de £ncoripción € de contenaia on lo corroepenilonte Oficina de Rogístro, y co condons a los deO | : o o conésdos a las conton dul Juicio. 0095 | Las hoohoo que sotávon la doconds e08 FEeourca, O 0% 3 Tíctor Julio Suáros, por eacritura minoro 4 00 tentida sE lo Motería de Oro0uó e1 5 de oncro de 1.959, acpró a Jabor Orguclo y Nomuol iioto Patáno la enon de hubitación teongtrufón «on paredoo de siglos Vloque de boharogue, tochata do Esornit y tejas ds uíne ubicada en ol área uxtono del unto cápip €o Orecuó, dentro dn los aíguientoo iinterogs por 61 Zrqn

t0. la enilo píbiteas por un contado «on ol sozor Benágno Al> város; per ol fanta, com prodico y coso de huio Barreras hoy > ¿on la ourenión do Honigas Siváres y por el norte, o s0a 01fitino coointos también eon culto píblica, por queñor forconde onquina" a | | ufires lo hiso sezaracionsp y nejoras hasta po= aria on amuntéleos condiciones hacia 01 26 de agonto de 10955, on que zuribo. : Hioría Luisa Sóánchos de fierro otendiéó n Duáres on yu Úlbtica onfermodad, y a la morte de coto, cntreé abusivas conto en posesión del .Inquoblo an que «e ha aluñito, y Movavída marital con Homies Horánjo, quion oia título alguno apaza $0 cono señor y dueño "del 1021 esquinero pon ovs arozitoéco, es compis y concercia con 10 ooñora Sínutoa?. 2 caraiar do lo Frenoia yoconto de Vlotor Julio Selroo lee roglaró a Sónohon Gu Siorra y O Norango 01 lao0n1 de da eoco de Suóroo que pin titulo oouyan con un nogonto ds Cor + sdao) poro se moguren a reponeserle ou condición de poprosdn touto da la horoncia de SInároy y o fimorio un contrato do yprontonicnto del local con “0d argunente de que cltao coran duos doo del Anmuebla y an cspccial dal local eaquinoro”.

Loa donantades Sárchoa do Glerea y Jaranio "son dos aetualeo pogooderes del local coquinero de lo casa tontan yoo0s docorita y tuyos l£ngoros coría (oto)s por eu contado nom

ON Pr _

-0096 Ly ontie píblicas por ol euro local que 06upa Tosco Mióroas erfógto, calio pública, y otol= Gonte, solar de da oíona cosa y ounonión do El opoterado de lan denonistos on 14 conteotación del libelo aroptó ol hvcho 12 x2 forente a oxtar poseyento el local Haría Buios Kinodos Y Horaín So Naranjos Do loo derds heehop eambucentes rogó unos y pidió - que so denontraron loo dora. Yi Suzrato del conouicdento en contenoia de 19 do extuiro de 1.961 obnolvié y 202 Gerandados de len cargos que go lao hacen, y condenó en tostos a la parto actords BL Ambunal en fnilo de 11 de asyo de 1.962, do saté la olgaña, on que cubáó 01 de priner grodo, rovosántodes para declarar quo “no hay 1egitinsción en eouga de da parto do» cantante y, por congiguientoy títeleridad en lp neaión”, Lo econ» L£irca os caopte e la contonación on contany y Gnclara quo les do ánntaneia con de cargo do la parta astoras Juego és hacor una colación de > las pructas pro «e

sentadas por cobos partonra conolugo el fr2bunal Mque 01 1020 + vio gororal en que $0 constrayé 01 hicn, eateria do la prencnto ceción, fuo aádquirido por Victor Julio Sufrog por zsdio do 1a » oñorítura pública extendida con las colomidades logaleo doldevo y regiotirala cn Sodida forsaz quo on la parto coguinoya del eloco co etifies un local y vivicnta, el que ha axtato habitado por Moría haiga Sánehon de Sierra y Beruingo Haranjo por un tírnyo no pozor de cingo «en, quieta y pacfíficaconto,) y que ol domundnto obtuvo si diseorninionto de emader de la herencia ya conto de Víctor Julle Sulfros, con fapvitadas, Do repito, de y Jercor ol carga "00 aguerdo «bn da iy Cono los donardados reclenan que 01 autadgr ca yo0o Yde derccho para Írotauror la esción, porguo no so pacto e | 2.0091 decir tque el demandante ha configurado probe toriamente el elt mento” "derecho de dominio en 61%, pasa a estudiar loo artícu. los del CóéVigo Civil, 464, que exigo el inventario solemne de » 10s bienes para que so le dé al curador la aóninistración de 0= lloo; 468 y 471, ibident, que índicon la forma en que debo hacer se y 01 empleado que lo debe autorizar. 31 Jusgado que sonoce del ¿juicio sucesorio de +.» Víctor Julio Suáres camp148 con los mandatos de los artículos569 y 575 del (. Civil y 911 do1 €. J. disposiciones todas encg minadas a allegar los medios probatorios para saber qué bienes debe cuidar y administrar el curado? y “Y también sobre qué cla» se de estos ha de ejercer las funciones que se le discorniecren en relación a un acervo hereditario o herencial que ha de estar deterninado expresamente para cualquier representación judicial en forma activa o PaSiTdooocoo y - Balla el sentenciador que no cé ha demostrado que el bien que se reivindica haya sido puesto bajo la sdmintotración del curador como pertenegpiente a la muecsión del causante Suá - Tezy "presentándose, como consecuencia, que rompecto de este hay carencia de derecho para iniciar juicio reifindicatoríio del = mismo; por no haberse establecido su entrega real al enrador ni figurado en invéntario alguno allegado a los autos”. Refiriéndose a la excepción de inepta demanda con» sintente en haberse dirigido la demanda contra persona distinta de la llamata e responder, considera el Tribunal que no debe tes nerse en cuenta de acuerdo con "el estudio que antecede con el + que se definió la felta de demostración del derecho de represen» tación legal (cl actor sobre el inmueble meteria de la controver sia", Transeribo los pasos de una sentencia de la Corte en los cuales expone qué se entiende por legitimación activa y pasiva en cauga, qué diferonoia hay entre ellas y la legitimación para actuar en el Juicioo legitimatio sd procesum. y las conse > Doe 0098 cuengioo que sms y otra tienoa € la ento»

c12a nbicande cota dot» al negocia pub d4to. estíno 01 entenciador que on dl hay eurencia de logiticación on la causa del low intantop prosto quo no ce Gonmontró quo ol = blica en litigio hnblezo quedado inclutto en la atrintotración = tol pirinento do la herencias yacente do Víctor Julio Zulresoy portoncalcra al atorvo horoditerio rouclenodo, "puro no 00 tias do al sroteso 01 drventario oxtomido de conformidos con las apenas citados. por lo euados síguiondo la doctrina do la Corto 91 íaido doho protredr cfastos de la coca jusenta suotancial = onto entro das purtess Contivila 01 Pra caponicado que en onto Julselo ci oujeta netivo de la nerión soivinilcateria "no ticas ta Jádod poro inctauenria”, dolo que on 6lla on priner roguísito » que 01 Ocaontanto "femostro su calidad de dueño de la 0000 frento a la persona quo ebtí cn paccotón mteria de olles Sicato dorcuho m9 cotá peirotitado on autos, debo eveptarao que al fozanicnte, on esto cosa el curador derter Soganono SÁROCADE NO tiono la acoión que pretento deluoir caí fulcio”s Y tormíao fitolonto que €n las condiciones anota» dan 01 Tribursi no puoso oonciderar 01 aotor “o nojor a la uy +. A ccpién de Victor Julito Sutros eve ducta dol torreno fomurcaño

A ea la Sondas Ya por coniguienta, du sección no puedo proaya - A Zap porque lo faltos pora ou viabilidad, uno de len factores que da carotivitaBesonvs Paro fallar en concordancia con 050 do e Locrtbosrsass la ácciolón 01 Reíbunal fuporior de fenta Rosa do Viterdo Lao lopugnota s0n 01 recurso 80 copoción en saya dos canta v0 formulas cánso csrges, cuatro €e los cuslos so surten tan en violcrión dirceta de normas legales, y uno, on falta de tstincoión de prueban.

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0099 Se oatudia el primero que estí llamado a pros > pPerar. Lo expono el inguenente sols "El falio doi Ho fribunal al declarar que el curador de la horencía JACA .r 0. pOr no haber inventarigdo el bíen que se pretente reivindicar, exfre cóns actor de falta de legitimación £4 caugom, exigiendo tal formalidad, para poder representar a la herencia yacente de Victor Julio Suáres en juício, viola la ley suetantiva por infracción directa al contradecir el texto del artículo 1297 = tel 4.0, que no exigo tel formalidad Gel invontario cuando se trata de la represontación, exigida tal formalidad sole para efectes de administración. Por esuca de la infracción 01 fallo deja do aplicar el derecho consagrado en el artículo 946 dol 0.0. con grave daño de la parte a0tor0. ta Corte considora 4 El curador de. la herencia yacente, que en lostórminos del Título 30, Libro 1 y del Cóligo Civil es un curas dor do 109 bienos que forman el patrimonio horeditario; tiene. - 865 funciones que cumplárs la de afíinistrador de este y la de ropresenteaio de la herencia yacente econ derecho a ejercer "las esciones y dofensas de ou» respertivos reprocentados” ya asu . máx la personería en las que los acrectoros hagan valer sobre log mismos bienes. En lo que oe refiore a la aáministración de que tos, por cuanto do ella tieno que dar cuentas Y 909, por tonsi guiente, indispensable pabcr cuíles ha rocibido, la loy exigo que antes de conenzar la sáninistración el curador debe 1o0vane tar el inventario correspondiente (Arte. 575646 Soo Poro en lo que atage a la representación de la horenela, la ley no oxtgo sino el Giscerninionto del cargo, ho 01 inventario Ge los » bicnes». Aoí se desprende dol citado artículo 678, ibíden, queleo da a loa curadores de bienes el ejercicio de las accionesJutlciades de sus representados sín el requiasto del inventario 0.00. = 7 previo. y 601 646, ibidemy que dispone que el decreto de discernimiento autoriza al curador para ejercer su cargo, en tanto en que el ¿n. tigo cegundo del 464 ordena termi. intenento que "no se le daré la administración de losbienes sí que pieceúa inventario solemne”. De tan cleran disposiciones legales y del artícu»

20 1297 ibídem, que trata del nombraníento de curador de la ho. rencia yacente, se desprende que el fribunad Superior so equivocó al contener que el curador de la herencia de Víctor Julio «== Suárea ho podía ld detar lo atolón reivindicatoriía del inmueble fento a dicha herencia por no habor traído prueba del per SenDE invcntario solemno de loo bienes quo la formaño Siendo el curador ys d _1£ton un represontante de la herencia yacente, Y nejor, de los horederos que nó la han £- eeptado poro de la cual son poseedores legales aún ¿ignorándolo tarta. 157 y 7183 €. 0.),058 calidaó no so puede confundir con la del titular del patrimonio hereditario, la que, por las con- áiciones especínlcs de yacencia, la tienon los horedoros del de cujus, los cueles, conforme el artículo 1008 dol C. Civil, sugoten a1 difunto en todos sus bienes, derechos y obligaciones = tranoniciíbles.La condloión de curador £e la herencia yacentepor la represontación que la ley le otorga pora conpareeor on e juicia por activa en el presente, coso, constituyo sánplemente una degitimacio 28 prguesuno 9 capacidad para compurecor en » Juigioy que €s uno de los presupuestos procesales indippenga ..u bios para configurar debidamente la relación jurídico procesal, que permite entrar en el estudio a fondo del pieito para dect - áiris con das consecuoncias de cosa jusgata custonoial o Cuandofalta alguno de Qichos precupuestos procesales, el fallo es sín plonente inhibitorio, y protuco solamente efectos de cosa juzga da formal. | ha legitimación en dausa, como lo dice la dcotri0:04 na de la Corte que trarscribo el Tribunal, y lo ha sostenida > gn £allos | POERArÁCr COS tota con la titnlaridad actíva a pasiva recho, Ea otroo términos, que añle está logiticada cn tause Goro denandanto la paroena que AS dorcono que zocianay y cono denmidado, quion os Manaéo a rosaponter por sor sujots — pasivo del dorogho. En lo que toco con la asción roivindicato eta p do doninio, la legitimación activa paro iniciar la acción) en los términos del artículo 046 dei Cotivild, la tanos por Fc día general, el dueno de la esos singular, y la legitimación pa» siva cl poseotor matorialde ells. En 01 c900 presente el título de dueño del la” on rFoolerpdo lo tenía el caunante Víctor Julio Suárez, cogíalo reconoto la senteneio, pero a qu muerte, ese derecho pasó a vu horcaeron, les cuales, por Maborle sucedido en dl están logitíncics para feolenorio en acctón roivindicatoria, cuento han ascptado la herencia contra el terecro que ba entrado en poragtón de Elí y cuanto, por falta de $u ecoptución pa ha declara» do yacente la hereneta, On ento 6 los ninos horodoron, por 10 torcodlo do curador de la horoneia yacento, quienes ciguen la

acción pora hacer volvor dicho bien al patrimonio hercaltario, hs poro 10 porque el curador ova titular 601 Eorachos 0000 errónea» $ monto lo cootieno la sontoncía cousala, confumdiendo la 2102144 ca pación para actuar en el progeso qué ticno 01 curador con ia 10 gitimición en enuca que Sórroopants al tituler del gercchos E8p e sor tonto, muaifionto que al cotimar 01 fribunol que el curador carcoía do legítinssión activa on el negocio pub tito, ticlá » también 01 crtíovwlo 946 del Código Civil, que lo emílora ente Slonente de la ección reivintiratoría ql duelos uo a 109 PEpros sententes legnled, bunadorés de bienes e apoderados, tino a las vdersonas gue roprecontañto Bl cargo proopota y " dabos por tanto, proferisso aontencíade instancia. Presentada por la parte demandada, obra copia A | 0:02 “ 3 le la eperíturo nánero ly pasota on la lotoría de Orocud el $ de encro de 1.955 por 11 > A tun) Vahor Orjucia y Manuel Micto Patito von= dteron a Víctor ¿ullo Sulres la essa de babi= A tación ubicada om 01 scstor urbano do la por vación de Srocué “y todo 01 immucblo siaexcopelomar meda”, ajindeda sono reza la fenmmtas l6p vonicdo

res agregan apto sonotarcias "que 01 loto que algus a contá - muación de la casa y quo está formónto la caguina ol lado 2eL to, vorresponta al náooo título y a la niera venta”, por hobez 10 afquirido de Lobías Péren, medlento 12 cacritura 225 do 3. - de febrero do 1.956 do la Totaría do Váklaviconcios En cuanto a la identidad y posesión del bieno. don Sezandados on da contestación del J1bodo dijeron dor cope to 01 hocho 12 de la nisra on que de afirmo que ellos “non los cctuslos poceadorso del docal coguinero de la casa tantas vos 40s deserita” conprendido por los linderos que aii se expresan. De otra parto, Narío Luisa Sánehos 0logó en 4a di ligencia do inoyocrción ocular quo so practicó cobre €l tomiuno On que eotá el leen, que olía de edificó e cu costa, y oén traté €e dcnsotror que el terronolo hobío aúquirido Víctor Salio Sué — rca con dimoros do la DÍcmas Pesultos ayí denoctralso la ¿090 vtón por porto de 109 denantados y la igontigod del inmucdbloque ce rodvindicasCoco 102 denantáatos no han añuctío título aLgauno ño propicdad, y conforco a las denlaracionea precontadas yor O llos y por la parto actora, iría Luioa Sínonoa y Horminca Usa = zando antroron ta poceoión del Jocal toopuds de mmerto Victor

¿Julio Sudren, O 50%) que au poneaión es posterior al título lo donánio dol causonto, la acción 0sté Manada a procporaño Rensa polenonto para 01 exorte de len prontnoios poa Cotorninar el la ofificnción exictento en old torrono quofue de propicgded de Víctor Judo Suáros, hoy de pu horancia yocontas fue construído por ¿1 en viday iS Earta Luipa 5óán e Sh. Tpta, pors donostrar ou protensión, precentó copía €s las escrituras 64 de 135 de dicientbro de 1.956 y 42 úe 16 de novientro da 1.960, otorgulas en la Hotaría de CTO 506, usdisnte las cuales protocaligó las decloraciones rondidns oxtra juicio por Alberto Albarerocín, José del Cricto Tage 808 Poúro Curtícor, nacarío Díaz Joropa, surelio Rodríguezo Corlos Enrique Condos Ióliz Ii. Rojas) Jorge Infante Crospb y aria Virginia Garay o Te cotos testigos sclemoente ratificaron gu decioración los que se analiízen qn peguíén 4 Jorge Infante Croupo, rolíere que Víctor Julío Sulfres le aamnifesté que había comprado el doto pora que koaría Luisa. contruyora en $l, lo que así hi6, porque el declarante le prootó 14 esta con acentinicnto de Suéros la pm de S1.000.00 pará lo odificación del ¿0691 y da pierna intericro (Lalo 27 Va

Cuad. 21 Aurelio Rotrígues Supono que Víctor Julio Suá +» og permitió en vída que María bulsa eonatruyora el locad y que 40 consta que olla conpró tofñes hos natorisles y pagó la mano — - de obra, poro no ún rasón nánguna de su digho, (fol. 28 ve. Cuad» 2) 4o0ó dal Cricto Vargas declara consfarie que en 2.047 Morífa Luisa la 416 a Vlotor Julio Suéros $ 575.00 para — que conprara lo cosa dunoninada El Robioo que luego ventiló par ra adquirie la que queda frente n ino canas dde Víctor Barrora y Régulo 120» Sobre la construcción dol local no dice nulas (fo1. 29 ¿£bidom).o Carlos A. Condo dico qué, porque oyó y prooenuió.. do corota que Víctor Julio permitió que llaría Euica consirayera el local; sue el fegonento, contratado por anbos don, hivo el —Soqhoy y qu olla le vanceló parte del rosto ls 1a heghura, lo pipos que la de lay puertas. (fo0lo 30 Ve íbidon) o D;04- £un la diligencia 4e inoponción ocularproctícada a solicitud de los domandados, deslaró + Poúro Curticor que la eonstrueción que ohóra cxioto on 61 lote Goquinoro la higo Nería Lulca dánahoz y porque cota le ontrogaba al dínaro al deronente para que pagara.

190 obrarobz 21 niszo teotigo en la ratificación do la Eoolaro ción, ronfida anto del juicio, rolata Únicanento conotarlo quo Victor Julio Suéárog mandó conotruír la cata sub 14to, pere 20 onba sl fuera on roprasentación de laría hbuisas (folo 31 vo Id4> den) o 4 Poiro Albarrecía no lo consta que Guéroz haya eonstruído la casa en royresontación do María Luisa. (£olo 33 Vo ¿biadom)a | Pélaz Rojao no gabo nada en relación con la conse trucetón dol local sino haberle oído docir a Juóros que dde a ievantár una caca para poner un 1og0016. (fol. 39 íbidom)o A gu ves la parte actora procontó 209 cigulentos tostigos que doponen on efntocis + Macerdo Joroya contratá en onero de 1.955 ol Cox te do 4.000 atebes con Víctor Julito Suáros, con len cualen 19 > construyó el local coquinoro de su caga por la óumo 60 91.880.00 do loa ques por la auortes lo quedó debiendo un saléo de 0700.000 Con cl declarante tratojeren llarcolino Yarina y Davia Colinas Suáres le entregó también on la ybra la melora necesaria para e techo y sobonta púosocn do chapa €s les eusdos ol testigo lo Obw trogó volato a Carlos Condo para que hiciera las dos puertas y da ventanas Tanbién Zanvio Bícbuono lo entrogW al conptruotorpara vochar el lo0al 04d nino necocario que Federico Ditiorich do había traído a Suéros do Válleviconcio con eos dontinución:. y Suárez lo entrogé tambión ul Geponento tres puertas las gun > les colocó on los dos £rentes del local a la callos y aon día » tintos de las que puso Conde. Haría Luica Sénehos, uientrao 0 adelantó la construcción, estaba en Yopal en 01 hate de Fodorico 0105 | Distorich, y por cota rasón olla no tuvo ninguna intorvenqión» on la obras Cuento emrió Víctor Julio Suárez, la obra estaba » o | torminata, y ol tostigo lo ontrezó la Mayo de la construcción o a Haría luisa por habórsclo pedido y no tenor donde vivir. (Lol. 20 vo Cuado 4%). Poloros Suáros Chipiojo, quian dico sor hija do Víctor Julio Suáros y a cuyo lado vivian, expono que esto con » trató eon Macario Jorepa la cortada do las adoban y la consteug ción Cel locals que Dittevich trajo do Válleviconcio tres puere $00) una ventona y ol adnc para 01 tochos que Condo, contratado ' por Suáros hizo loo tros puertas interiores de nadora que esta 2 ¡ lo ouniniotró. (folo 12 vs £bitem)o lianuol A, Blobuono da cuenta de que Suáros to » nía un poco de sino on el almactn de Pedorico Ditterich, que e

o1 natorisi lo sacaban de nidf los trabojadoros do la obra, te bro ellos Macario Jdoropaz que Swirez nantó hager 91 local «paul, a 1nSTO) Y tontó es asf, que lao puertas las encargó a don Poderio co Dittorichs (fol. 16 1bidom). Carios Julío Pláros, inquilino de Sudrea on una o do las habitaciones de la coons infoma que el local esquinero ON lo mandó emstraír Sulrom, poro no ade ad con dánoros propios e o preotadosns que vió a tineario Joroga loventania lan parade y se | . 2 Gonde teghantos (fol. 17 Ibidem). 0 Jesdo Churión llo por haber concgádo por muchos A» q dos 1 Suáres y habor tenido varios negocios con dl, le consta E ques uía o menos a prineipioo de 1,95%, nandó construfr on ol e loto ooquinere on adobo y sino la coso que on la notualidod ecupan Zoría buloa Sónchos y Hcrminso Horanjo, con dlneroa de pu a propiodad, porque €) sa lo dijo y adenía cra hombre que tenía > o copital omficientos (fol. 17 vo)o tloría Alosones en lo conduconto inforna quo da cdlfiención la lovantó Uscorio Joropas (fol. 22 ibitom)o . Rafuel llorono, por encontrare varias vocco 00nA a A A e a — 1 at » 13 -

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Suáros en la esquina dondo po levantó la conotruocién, propenoió an ropotidas ocaniones que ÚlL punie —niptraba lop uatoriales que le pobían 100 trabajados ron y Anto dos ártoneo 66 cóno debían edolantarlola otro (fol. 2PAbICOM)= Joo6 Icabol Rojas, conocedor do Suáros durante = cuchoo año, con quitan tuvo vardos negocios do ganado, deolara aus la conptrucción del loa esquinero de ou propiedad la mam > 86 hover 61 migo, porque, ousnmdo venta do Yopod a vor cómo nar chaba la obras "daba érdoacs y se catendía con el construoter y dcnto obroroo eono lo haco un vordadoro amo y dueña”, y qro ol - rontratiotá do la obra ara llosario Días o Joropo, quion so Om” terála dlrogtanento con Guárezo (fol. 28 1bidon)e Dogúnto Baquero, que Alogé a Orocué a principios 80 1.955 y conoció a Suíros y tuvo Gcndo enteneos amiotad cón ly tee que per los 9999 de caro, Fobrera y marzo de aquel = os9 Monario Joropo flrigió la conotrucoión dol loral por cuenta Go Suárco;s que 01 aíne para el tetho fuo ontrogate por llanolaRiobuono por cuentdao Sulres, y que lao puertas fuoron llevadas do Viliaviconeio a Oreeud por Folorico Dittorioho (fol. 44 Ve)o Podoríco Dittoriohy conercianto y ganatoro de Qe

zocud y a Suyo aorvício trabajaron Víctor Julie Suároa y María Luisa Sónohos, osnoga cl lote, y do consta que fue aquel quíon construyó la casa en el lote esquinero con dinoros de cu cxodu» siva propicdad, y que Daría Budoa n$ tuvo noúa quo vor con To » | loción a ena Obras [Zods 49 Vo Ibidem) loane Hiéros) inmguílino quo fue de Suárog en ol loca contiguo 01990 <s objeto £01 14tiglo, y 00n quien mantuvo gelociones por dios años on Órocuó, desiara que Bulros congtra + yó 01 local osquínoro en terreno de su propiedaóy el cual, 10 dijo, ora para errentario, y le pronotió dársoleal teotágo pas ra onsancher 61 negocio que -tonía en 01 micno eñificio, razón por la eus1 convino cuáres es colecar ans puerta de comunica > PO 0:07 ción ontro loa des lecaloos Buéres tonbién ¿e dió ordon poraque 01 tontágo lo cuminiotrara conento y una o dos láninsa de ing pora un caballote ad conotruetor lacario Joropñs quien la vantó las paredoo; y Condo. «al tochos . Jo loo tostigos trafdos por len derandados 00 ihamonto Jorgo infante C9renjo oxpone que Suéres convíne on quo cono truyora Mnría Luisa pará lo euni 01 togtigo lo prootó -»

$ 1.000.005 ¿urolio Rodríguos afirma que opta compró lop matoríalos y pagó la mino de obra, pora no de ninguna resón de su fícho. Carios A, Condo declara que híso 01 tocho de la construoe - cíón contratado por Sudros y Haría luisa y que dsta lo canceló porto d01 valor del trabajo do oota obra y €e las puertalo Sobre lo dociorado por Pedro Curtidor hay que be notar la incongruencia a contradicolón en que incurro, pues en la inspección ocular sostuvo que Haría Luisa había sunialstrado . todo Gl ó%mcro para el pago do obroros por condusto del tontigos y on la declaración que 616 oxtra juleto y on la ratificación de cila, 16 hiso tal afirnación, pino la controríat que Sudros nap dé codificar la casas pero no sabe pÍ faora en represontación do Horía Iuisás Cinalroato al intorrogar a Pedro Alhorracín sá la Gonotaba que Sulroa punctruayó el. looul on representación de law ría Luiga, onto rogonoco quo fue aquel quien realisó la construa ciéns cin domos tror quo lo fuera por cuenta de la donanánda, Lo la exposición de len Gcolarantos Infante Crop yo cobyo 01. préntano do $ 1.0005009 4 María budsa para la obrosy Conde respecta de habor oido contratado por Suáres y Naría Lui» va pora lo hechura del traho y habor rooibido ¿de cota una gone to del valor do trabajo, es impositio atoptar cono donoctrado =

que la construcción la efeotuó la donandnda María Luizo, counts do1 conjunto do los teatimonios preventados por la parto denan» danto infiero que fuo Suéáros quien odificó el looni en on propis torronos .. - - . - A A A A AA AAAA AA A A A AA XA ==. 0:08 En ofo0to, la relación que hacon Usoario Joropo, mostro contratado por Suáress la de Potos rico Dittorích, a cuyo pervislo estaban Sudrea y Nas ba quo vor con lr aí a obI ru ai sa p, o rqe un e el f uos en rt ei nd lo i gad de a qu ee x clc uat na i van no ent tu ot o pon rs éa a = 4rola Manuod As Ríobuono, 401 sino que entregó por orden de se Sudres pora el techo de la otificación: lonno Plérez que Suninig tré comento y doo lánInos ds sinos y HNanuol Morones, Boodado Bam quero e foase Piérog 209 ounlos ga dioron cuenta do quo quion ordenata lo que dobía hacerme y el owiinistro de mtorisleo cra Suárez, es más que puficiento para aceptar que el Forronentanto do la horoneia Jetsonto ha donostrade a plonitua que 04 1d00a1 es Hiotonto en la esquina dex ánmuoble portenovionte al ónupaante Suároz Zua conperuldo por entes antes de fallecer, y quo por = conscotuioncia dobé ordanaroo au entrega. La contoneía do primer grato debo POVOCDLDE poza

quo la abaolución que profirig 01 Juzgado la £una6 on que María Laiva Sánchos habla Sotabisoido tante el foninio cono la pone > _vién dol bion rolvindicado con laa des esoritaran, por lau on 309 protocolicó las debinreciones do los testigos con quo pro » tontió Gonsatrar que olla había construido el local on el lato do Juárea y con concontimionto 6 entes Al ronporto dios: "DA elarasionos todas que hablan auy en alto de 2a Posonión y doninio que ha tonido María Luíoa Sánchoz de Sierra en 41 loto y 6eng qt ur eu sc ci 6ó on n o t aa cn at ba as v doo co vs e rav uo ,f or li od so o” t ontiL no ot ne toa ss or a te q ue0 3 alS ug dR or iv 1o ac ad so e, n ty ea ela no denucotran que la denantada Séánohog lo Siorra haya conos truído el local aludido, Como 105 Geruniados ontrarén en pososlón 0 la bueblo sin habor donostrado doracko alguno paro retoncrio víquis Thy Geton considerarse ado posesdores de mala Los por conaá, o ulonta, dobon pagar doo £rutos del 4ccal roprosontados en el Orrerúanicato del mismo donde Septiembre do 1.959 hosts ol BlaN » 16 0309 do la ontroga y 0uya fijación sa hará por 103 meúdños quo ontas

bloeo el artículo $53 dol 0. Fucicial. En uérito de todo le oxpueste, la Corto Juprena áo Justicia, Sala de Cacación Civil, altuiniotrando justicia on nombro ú0 la República do Colorbia y por autorídad de la loyo CAS. A la sentonoia de 11 do mayo do 1,962, proforién por sl tribunal Superior do Santa Rosa do Vitorbo en ol juicio oráinario seguido por 01 curador de la horenoía yacendo tVeic » tor Julio Susros contra Haría Imioo Sénohos de Siorzy aHo r — Ps Nr minco Naranjo, y. 00.48 AUEaLo... Resnoirvao se Ayo Rovénase la sontorcia do priner grado peoanunciada por el Jurgado Promiscuo 401 Circuito do Orcouó on ta” das due partoso 227 Doslérnse quo pertenete a la euconión doVíctor Julio Suéroz, la vaso de habitación tonotraida en parce ds de agota, bloque o baharcques tochada de 6torni% y tojan80 cine ubicada en ol £reoa urbana dol aunicípio de Oroouó, Ia= ciuyonts el local construido en la osquina do la miona tasas > conprondido todo 01 inmueblo por los siguientes lintoros : per o1 firento la rollo públicas por un contado con Bonigno Ayároms por ol fondo, don prodios y caña de Luio Barrera, y por el nog to, eonm callo pública, por quedar formando tsquinñ, y Aolinitas de $1 looal así por el merto y eriento, calle públicas por ol

£uX. local que obupa Tons Plóress y por e1 gccidonto, c00n Ole. coviéón de la ensn de que forria parto 01 lLoonl. Y% sw Condénaso a lan denandados María Luica Sán> ahos de úlorra y Horainco Núranjo a rootituírlo a la horenciayacente de Viator Julio Sulros, roprecontada par an exrador ade liton o por 01 horedaro e horeforos que la hayan acoptado, ol i0001 comprendido por los lindoros oxgrespados on la deulara ción anterior, tres díao dcepudo de ojocutoriada esta gonton 0Í0. 0150 $” Gondénace . loo ninass fenandatos a pagarto a ls mísna herencia y dentro del mícgmo v6r> mino los frutos civiles que hubiore producido 01 lo %a1, Fepresentadgs por das cónones de arrendanionto a partir áe septicnbre de 1.95% hosta 61

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