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CSJ - SC03-03-1989

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC03-03-1989
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1989

5-04 e | O fiat 0327

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL,

Magistrado ponente: Dr. EDUARDO GARCIA SARMIENTO Bogotá, — tres de marzo de mil novecientos ochenta y nueve.

En grado de consulta conoce la Corte de la sentencia de 8 de septiembre de 1988 proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales en este proceso abreviado de separación de cuerpos de ISAURA VALENCIA DE FRANCO frente a HENRY FRANCO VALENCIA. 1 - ANTECEDENTES

1. Mediante libelo presentado el 22 de octubre de 1987, isaura Valencia por conducto de procurador judicial, promovió accióncontra su cónyuge Henry Franco, para que por tos trámites legales se decretara la separación indefinida de cuerpos, se declarara disuelta la socledad conyugal y se dejara los hijos menores al cuidado de fa madre.

2. Como hechos fundamentales de la pretensión expuso que contrajo matrimonto católico con el demandado el 25 de noviembre de 1970 en la cludad de Manizales, de esa unión fueron procreados > | tros hijos Esperanza Potricla,nacida «el 2 de Julio de 1975 y Alex nacido el 27 de noviembre de 1972, que desde haca más de 12 años elcónyuge Henry Franco abandonó el hogar y por ende sus obligaciones de esposo y padra.

3. Trabada la relación jurídico procesal con el curador ad-lltom que hubo do sor designado en representación dol demandado ausente, el Tribunal accedió a las súpilcas de la demanda. .

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

4. Los presupuestos procesales como la legitimación de las partes contrincantes, se encuentran satisfechos a cablidad

5. De las causales de suspensión de la vida en común de los esposos, consideró el fallador que estaba suficientemente demostrada la prevista en el numeral 2 del artículo Y de la ley la. de 1976, 0 sea, el grave e injustificable incumplimiento del demandado de sus deberes de esposo y padre.

A tal decisión llegó, previo el análisis de las declaraciones de José Vicente Galeano, María Ofella Leal de Alzate,Rosa Matilde Herrera Arango y Lucero Vergara de Rocha quienes acordes narran acerca del total abandono en que dejó Henry Franco a su familia hasta el punto que no se sabe nada de su paradero desde hace más de 12 años. , Estos testimonios aunados al indicio que contra el demandado existe por no haber comparecido al proceso, permiten tener por acreditados los hechos como la causal invocada; imponiéndose en consecuencia, la confirmación del fallo. DECISION Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia,en Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la Repúblicade Colombia y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia con0329 sultada del 8 de septlembre de 1988 pronunciada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales. Cóplese, notifíquese y devuélvasa

HECTOR MARIN NARANJO

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

EDUARDO GARCIA SARMIENTO

PEDRO LAFONT PIANETTA

ALBERTO OSPINA BOTERO

RAFAEL ROMERO SIERRA

Aivaro Ortíz MOnsalve Secretario. rA“

ALBERTO OSPINA BOTERO

RAFAEL ROMERO SIERRA

Alvaro Ortiz Monsalve Srio.,

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