CSJ - SC03-09-1988 0158
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC03-09-1988 0158
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1988
. .: 0158 (A > € e o _CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , 26 =N - >: y ¿ SALA DE CASACION CIVIL, Bogotá, nusvo (9) do Marzo da mil: novesionego ochenta y echo £1900).- A E a Se decido sobra la admisibilidge)a dgr.ad,o ju eisdicctonal de consulta en este proceso de separación de cuerpos promovido ca? Yotanda- ¿Caballero de Esteban Contra Erngsto: Esteban Niño, en orden a lo 210) se censidera: a > Con arregto al artículo 386 del Cédigo de ocedimiento Civil, el trámite de ta consulta sigue al de ta apalación, . Po . a - Efectuado el examen preliminar que para 1 trámite de la apolación establece al artícuto 358 ibídem, se constata qua en . ] desarrollo dol proceso se incurrió en la causod e nulidad que señala el nural 80. dol artículo 152 del mismo Código, consistente en que no fue cabal J emplazamiento realizado al domandado. En efecto, dentro de los divorsos requisitos jo para la validez del emplazamiento puntualiza el artícuto 318 de ta toy ri- “orla civil, está el atinente a;que “el:cdicto se, fijará por el término de un “13, en un lugar visible de la Secretaría y se publicará en un diprio de amcirculación en la localidad, por tres veces, durante el mismo tórmino y 7 medio de radiodifusora del lugar, si lá hublere, con intervalos no mecno3 de cinco días....todo lo cual se hará constar en el expediente, al quo so
rgarán cl odicto, sendos ejemplares del diario y certificación auténtica del nistrador de la emisora". (Subrayado). En el caso analizado, paso a que para ollo sa “quirló al apoderado de la parte actora, la certificación qua sobra la publica “n rodlal del edicto emplazatorio se allcgó al oxpediento, no aparece expedi- ) gor el administrador de la emisora, por cuanto allí no se afirma tal cósa. 3.- Se estructuró sin duda la nulidad apuntada “Bda considoración de que, siendo de rigor cumplir inoxorablemente todos y £t uno de los roquisitos indicados en tal procopto, la cmisión do uno solo de 3 torna ilegal el llamado edtctal, Q9,- Nulidad costa que no ha podido sancarse |- ——— po A: : 2 dr 2 $ . e. por ninguno de los medios quo ofrece ta loy, cntro otras cosas porquo ol defceto hallado roflere procisamonto al Indebido cmplazamiento do quion no hacemporccido aún al procoso. 5.- En condiclenes tales, se Impono declarar ta nulidad ¿aGvortida, a partir de la publicación misma del edicto para que se renuevo la astusción portirionto. Por to someramente expuesto, se declaro lá. A NULIDAD do lo actísado en este proceso a partir del auto que ordenae l empla zamicnto del demandado, visiblo a fallo 11 del ¿uaderno No.1, dosde dondo so renovará el curgo dol proceso. a S Notlfíquesc y Dovuflvase el expediente alTribunal de origon.