🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SC04-07-1984 (3)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SC04-07-1984 (3)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

.eh U.0015 —=— CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACICON CIVIL: Bogotá, De. Es Julio cuatro de mil novecientos ochenta y cuatro. a TI te Magistrado Pánentos Dre HECTOR GOHEZ URIBE Con foctia vainticioto da abril último, el magias trado cuutanolador en 01 presónto procéeco hizo eote pronunciomiento, - comioionando para al afecto o la Salo Civil del Tribunal Superior del Diotrito Judiciol de Cúcuta: “l.- ta venido en epuleción le centencia profarida por el Tribunal Suporior dal Distrito Judiciol de Cúcuta el 23 da novien bro da 1.293, dentro dol cbreodve israpadracoió n de cuerpos edolantadopor Jacús David Corzo Ronmfraz frente a cu esposa Daniella Mendoza Rivera du Cor20. Ñ ' MQ4e Poro no entro la Corte e pronunciares cobroel fondo dol asunto puesto que, al examinar el eExpodiento, encuentra qua se Ma incurrido en su diliígencirnientoen un vício de trámite que genera nmulidod de lo ectuación en el cupucoto de que ro ses subcanado por la demandados 3.- En afecto, el demandanto dió como dirección -= paro notificar a la dorandadalo Avenida O Mo. 18-02d o Cócuta y allí - ca le buctcó por citador del Tribunal, con el rocultado da que olemproc a quivó la notificación, motívo por el cual, a petición del demandante, al e-quo diopuso, como correspondía, cu emplazamiento do conformidad con el :

artículo 320 del Código de Procedimionto Civil. Who Sin embargo, como el respoctivo avico del ae + plazcmiento, remitido por correo cortificado, fue devuaito “porque la -—— citada caflora combió de domicilio”, 04 demandanto, oín juronmento alguno da ignorarlo, sino, todo lo contrario, dojondo "constancia de que q dicho cofñiora la la demandada), la veo con mucha frecuencia en horas do la 00016 Ey e 2 > | tordo cantada e la puerta da cu casa, oSítuadaen Avenida O No. 18-02 - | y que puede llonmareo al teléfono: 20218 y se conotará (ole) que allí an | su desidongla (sic)”, reolaó quo fuera emplazado cegún los provialonao | del artículo 318 dal Código de Procedimicnto Civil, MB,> El Telbunol accedió al pedimanto y uno vez -- cumplidos los requisitos inmiicados en tal dinposición, como la enplezade no compareció, proccdió e dosignarlo curador adslíteo pora qua la rg preaentaza. %GeParó cucodo,d e scuerdo con la que 00 ho Od=o vertido, que el emplazententó tenía que haberse surtido de conformidad con lo que prové el artículo 320 doi Códigod a Procedimiento C3v3l, y nó como Pinalcanta sá hizo, ecto es, a la luz do los Indicaciones dal ar tículo 310 ibidems 0%. Le he originado puos, la ccusal db nulidad =e | prevista en al ordinal 89 del artícul1o52 del Código de Procodimionto |

Civil, que, daode luego, no ho oído caneado y que esrracponde ponerla -| en conocimiento de la parte Intercoada por auto que se notificará en lo | forma indicada én 01 ertículo 205%, cono menda c1 artículo 157 de la -—= | _ misma obra en cita. De ahí que la Corte, en Sula do Cesovión Civil, -- DISPONE poner la rulidad que ce observac n conocimiento do la parto 1n» tarecada” goto co, la temándodo, pora los efectos previotos en el ardanas niento legal a que da ha hecho referencia”. | Cumplidos pore l comicionado las previcioneo dalartículo 205 dol Código do Procedimiento Utvi1, oln que la demandado has yo hecho ninguna manifeotaciónal respecto; es del caso declarar la fijen lidad advertida (arte 157 dol Gs de Ps Co, 4n finge o Por lo tanto, la Corta Supreña de Justícia, on Sa» la Cdvi1:.Doscásorio¿DECLARA la nulidad de tedo lo astuado en al proceco — rm o o ln in e 3abreviado de separación de cuerpos a qua Sa fia hecho roferonola, apartir, Fiolucivo, del euto del cinco (5) de marzo de mil novecientos ochonta y uno (1,981), Sin costeo,

CUPTEGE Y NOTIFIQUESE.

HORACIO MONTOYA GIL + o- - + - eo. o + o o... E proa o. o or

Consultar sobre este documento ...