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CSJ - SC04-22-1987 0226

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC04-22-1987 0226
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

PP — 1

REPUBLICA DE COLOMBIA - 0226

Papa KHarisidicción al CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, veintidós de Abril de mil novecientos ochenta E TA y slete. Matlide Medina Corchuelo presentó demanda de exequatur a fín de que se declarara, con citación de Dilla Almanza Jiménez, que ta sentencia proferida el 9 de Marzo de 1967 por el Juzgado 20. en to civil del Distrito de Bravos, Estadode Chihuahua, República Mejicana, surte efec > A AAA tos en Colombla y, de manera subsidiaria, que solo contlene una separación de cuerpos entre la primera y Amador Jlmánez Cancino. Puesto que la debanta no cumplía con el requisito exigido por el artículo 969-30. del Lao Pue, se ordenó que por el interesado se aportara la prueba que(aliya cuenta de la ejecutorla de la referida sentencia, interno la secretarfa de esta Corporación que no se allegó la prueba Pequerida, se Impone, en aplicación a lo establecido por al art. 695 -20. - ibídem, RECHAZAR la demanda de excquátur presen

tada por MATILDE MEDINA CORCHUELO.

Sin necesidad de desglose, devuélvanse los documentosa ta peticlonarla,

. COPIESE Y NOTIFIQUESE.-

EDUARDO GARCIA SARMIENTO A ser

Alfredo Beltrán Slerra Secretario.

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