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CSJ - SC04-28-1987 0255

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC04-28-1987 0255
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

AA -. - O_ Y P 50 REPUDLICA : COLOME:a o. 025$ A 1 tn ves no CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL “Bogotá, vélntlocho (28) de Abril de mll novecien tos ochenta y siete (1987).- AA TA RR Di IICA ZA a a a, Procede la Corte a decidir sobre el dosistimiento qua del recurso de casación :hace la parte recurrente, para lo cual se - + considera: 1.- Según la tey, se puede desistir de los rocursos propuestos, en cuyo daso, sl 58 acepta, queda en firme la providen- , cla impugnada (artículo 344 del Código de Procedimiento Civil). 2.- También expresa el ordenamiento que el es crito contentivo del desistimiento deborá presentarso.personalmente y, si se ecepta, se condenará en costes a quien desistió evo que las partes conven gan otra cosa o que se trate dal coito recurso ante el Juez que lo haya concedido (artículo 395 dal.Códigd de: Procedimiento Civil). 3oComo ldvnanifestación da desistimiento dal recurso de casación se ajusta a la habrá de aceptarse, con condena en costas a la parte demandada, AO) la recurrente y la que desistió delrecurso extraordinario. E armonía de lo expuesto, la Corte resuelve aceptar el desistimiento que hace la parte recurrente del recurso de casación interpuesto contra la sentencia de 3 de Septiembre do 1983. proferida por al Tribunal Superior del Distrito Judicial do Ibagué en este proceso ordinario

promovido por Juana Camargo contra la Sucesión de Carlos Matlz Pérez, Condónase en costas a la parte que desistió. Cóplese, Notifíquese y Devusilvase al Tribunai do origen.

JOSÉ ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

EDUARDO GARCIA SARMIENTO 07 > v

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HECTOR MARIN NARANJO

ALBERTO OSPINA BOTERO .

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AtRAFAEL ROMERO SIERRA

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