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CSJ - SC05-06-1986

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC05-06-1986
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1986

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PTU Mi MULDOMBIA v:-0246

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SMA DE CASACION CIVIL dóno Magistrado Fuste: JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ Bogotá D. E., unto circo (5) de mil novecientos ochenta y seis

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(1986).- 0 4 e 1 "Mediante consulta examina la Corte lasentencia de $ ciu febraro de 1986, proferida por el Tribunal Superior del: : :3trito Judicial de ibagué en el proceso abre— vlado promovió por ANGELA MARÍA HENAO BADILLO con—

tra JESUS FERHANDO BORRERO. a

ON, — ANTECEDENTES , MN. a actora solicitó que con citación delOgenta del Ministerio Público se decretara la separación dea Y cuerpos y en osnsecuencia se suspendiera la vida en comúny se condenara en <ostas al demandado. Como fundamento de io pedido, la deman dante expuso que había contraldo matrimonto católico el 20 de Junto de 1983 en la Parroquia del Espíritu Santo de la cludad de Ibagué, que su cónyuge incumplió sus deberes de esposo, obandené el hogar desde octubre de 1983, antes do to cual la maltrató con escándalos y ofensas atentatorias de la armoníaconyugal. AN .ou .ar CFR MZ POLOMBIA vu: 0247 - e 5 “eP d

E NSE N rrist,.c carad O Como se afirmó bajo Juramento Ignorar el paradero del rermandado, se tramitó el emplazamiento en le— gal forma, se j2 dozioró curador ad litem quien contestó la deenda. Yramitado st. proceso se produjo el fallo que se examina en el que se acoptaron laz pretensiones pero no se impuso condena en costas, No intervino el Ministerte Público por no haber hijos en el matsicicntode los contendientes. ,os A I C S A CONSIDERACIONES Y a Se encuentran satisfechos tos presupuestos procesziós, demostrado el matrimonto católico de losesposos en confiicta (fÍ. 2, Cd.1) y no se observa causal denulidad que inv:!i4a lo acosado. QÍ Ma Con tos testimontos de Pilar del Castilo Perilla y Jezús Martínez Brochero, el a quo encuentra deesostrada la causa! 2a da separación de cuerpos consagrada en el artículo 153 dei Código Civil, conclusión que la Corte compar te an esta oportunidad porque al demandado incumplió el deber da cohabltación a abandonar el hogar, y de paso tos deberes I E do secorro y ayudo (arts. 13, 176, 178 y 179 C.C.), hechoA qua clertamente azares corroborado por los testigos menclona- . É$0So Como se estrulac ctausualr 2aa de separación de cuarpos se confirmará es fallo consultado; empore sa revecará ti atsolución en cuento a costas y se condenará ol demsndade 3 pagar los causadas en la primera instancia fort. 392 C.P.€.?, Ñ REPITA CE UTLOMBIA v10248 ñ ti, 0% rherínal h ? h h DECISION e En mérito de to expuesto, la Corte - ! Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil-, administrandojusticia en nombra «2 44 República de Colombia y por autori— 4 dead de la ley, CUNFINMA la sentencia de S de febrero de_ 1986, proferida ¿or e! Tribunal Superior del Distrito Judicial ] s u de lbaqué, en el proceso abreviado de separación de cuerpos ] ed promovido por AJG£LA MARIA HENAO BADILLO contra JESUS J FERNANDO BORRERD, excepto el numeral QUINTO que se revera y en su lug«" «s condena al demandado a pagar las cos- ¡ tos de primera inztarncia, o Ñ / xs b 7 x <¿Eplese, notifíquese y devutlvase el | expediente al tribunal de arigen. ! O a ]

NA JOSÉ ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ !

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