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CSJ - SC06-04-1961

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC06-04-1961
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1961

AA 2 qx AA IA A >” A ÁÉ A ma a Ñ A A A > ASA

— SA E: l SI Fo reCoLo | , NN 3 <uk o CORYB SUIRIMA DE JUSPIOXA SALA DE CASACION CIVIL; MAGISTRADO PONENTES ARVURO C, POSADASBogotás abril séis de mil novecientos sesenta : y UNO. Ea Socicdad, Haciendas Puerto Uésar > Limitada sdo mandó por medio de epoderado ante 61 Juzgado del Circutto do Hurdo a fercsa Cárdenas áe EX1¿Eduardo H1 enao Abad y Rubén. - rr G11 Gonzáles para que "se declare lo siguiente”: A]2,.- Que, por estar comprendidos dentro del. po = rímetro de las fincas denominadas La PatriayBarrocolorado y Zo 011701 donánio y propicdad de los terrenos adjudicados = i nAA sarE AS AA q o e a a A a A Z a bajo los nombres de las Puentes, los Almenéros y La foresita, hr conforme a la determinación que de ellos se háce en las reso luciones Nos.99,100 y 101 de 1,952yemanadas del Miniopterio de Agricultura y por los ¿iideros que en las mismas resoluciones so expresan)pertenece a Haciendas Puerto César Limitada, t122.Quo igualmente perteneco al dominio y propisdad de la sociedad que representosel lote de terreno en que = los €: enandados han puesto mejoras¿ate poseen en comúnyloteque se determina bajo el hecho 50, de esta demanda, por estay

en Zona comprendida dentro de las finens de propicónd de Hacien | das Puerto César Linitada, llamadas ha Patria; Barrocóloraéo y ! Ho 631 | O | + , 432,0 que los dcnantados. están obligados a resti e túír dentro del término que usteá señale a la sociedad que Fe. presentoyia sona de terreno que vienen ocupando y en la cual poseen las mejoras énunciadas en el punto. 58, de la demandas lo te determinado como allí se expresas : 4 149, Suboldiariamente a la potición primera, que son inoponibles al dominio radicado en la sociedad Haciendas i

— Ñ E ; Xd 2 873. 3]

E 1: ; 5 Mo + = - Ñ po Puerto César Bimitada, some las fincas La Patria,Barrocolorado ) y Po 011, las adjudicaciones hechas a favor de los demandados AL a según las resoluciones 99; 100 y 101 de 2. 952. A aga, Que los demandadós sean condenados a pagar las costas de este juicio y 10s frutos a partir de la notifica ción de esta demandado. N "Los hechosd e que se derivan las súplicas; son en resunent 8,» Lá sobiódad actora és dúeña por aporte áe sus fundadores de las fincas úbicadas eñ el Distride.t oPBu.rbo , denominadas, la una, La Patria, y Barrocolorado y fío 611, la otra, detormínadas separadamentpeor los siguientes linderost Gha Patricoan sun a superficie aproximada de =

4.945 hectáreas, líndas Partiendo de la boga del zÍ0 Curruleo, | por toda la playa en dirección norte con diez y 'ocho grados > (18),a1 esteymil doscientos cincuénta (2.290) de este punto, línea recta en dirección de gente a Este,zcinco míl doscientos metros (5.200). Ésta línea pasa desás la orilla de la pla Pr ya por pantanos -a cada lado, con cincuenta (50) metros de => | ancho que hacen la longitud de cincuenta y dos (52)hectáreass para 61 camino de hierfo, de aquí en línea recta hacia el Nor= | tez que mide cuatro mil seiscientos metros (4.600) y que cru ga la quebrada Arenas y el camino para Purboz de aquí en lfne0 . sa recta hacia el Este que míde tres: mál cuatrocientos siete me» : trog y cuatrocientos setenta y un mílimotro (3.407.471) des = pués én línoa recta en direcéiósnuy oneo grados (19) al Oeste, dos míl ciento cuarenta y ocho metros (2.148) de este punto en línea recta hacia el Estey. sefe mil ochocientos no > o evento y nueve motros (6.699) y erúsa aguas Prictas, quebrada Areña y tna olénaga pantanosa, de aquí oñ lánca resta al Sur; oingo mí2 -motros (5.000) cxu= zando el río Curmiso y las quebradas Caravallo y Congo; as aquí en 1éínóa recta al Vósté, de tros mil seiscientos

otros (5,600) que erusa el sÍ6 Currulao; de este punto hasis Morte, línea recta quines grados (15%) al Ocstop que mite míl dosgienton metros (1.200) y es colindante con Vazir Y. Yabar; de aquí en Girccción Sup, setente gratos (70%) 61 Oestos Má» diendo tros mí1 trescientos noventa metros (3,390) y crúsa el camino para furbo y colinda con Nágiy E; Tabu» al ledo Surzdo esto punto iínoa reóta on dirección Oeste hasta medir qúuinion» tos motros ($60) de aquí en línea rocta en Airección Norte sesenta y 805 grados (62%) al Oeste; que mido dos mi1 quinientos sesenta motros (20560) y cruzando el Curruledito, fespués una l1ínoa recta en dirección Norto que máde mil trescientos metros (1.300) y orúzanto un brago del Fío Currulao, queda cerrada la figuras Barreolorado y Gío0-c11 ; de una extensión suporficia = ria aprozimada do trescientas vointiuna hestáreas (521) lindas Paytiendo as1 punto As en la margen de la quebrada Arena, en > 1ínos rocta con Funbo Sur. sesenta gratos. (609) Esto y dos ki» lóneteos vójnticinoo metros (2-025) so llega al punto Bospar ticndo do ósto punto on 1fnga recta cón rumbo Ya vointicoho gra dos treántá nínutos (280304) Este y un kilénotro novecientos | veinte notros (f1-920) so llega al punto 0%; partiendo de este =

punto on 1fhea rocta, con rumbo Horto¿ secenta y ún gradog (619) 0. y custrocientos cincuenta notros (450) us ilega al punto Do en la quotrada Arenas de este puñto 00m rumbo Sur¿ ochenta y cinco gratos (85%) 0, siguiendo por toda la margen isquiexh de la quebrada Arona ábuas abajo y don un kilénetso diles y seÍs -: notros (1=016) so encuentra el punto Des de esto punto con rulo bo Norte veinte graños (20%) Oeste y siguiendo sáempre las vuei, tas de la quebrada, aguas abajo con potecientos treínta.y un >. . 5 it - e Ñ a $ y o. -. Ñ A sotros (731) so llega al punto Dos de esto punto cón tumbo Sup cuarenta grados y treinta minutos (20%50) Ooste y sí » guiendo las vueltas de la quebradas aguas abajo y Gas kidd> | notros doscientos ochenta y oruateo notros (2284) s6 Hgo ad : punto As punto de partidas 2% Los socios de Haciendas Puerto César Linítada adquirieron estos inmiebles api; $1 cincuenta y ciaco por ciento ($54)» <n común; pór conpra al Fondó de Estabi» lización según escritura 2434 de 1,935, otorgada én la Nóta» ' ría segunda de Bogotá, y ol cuarenta y oineo póx ctento (453) restantes también por compra de Coulson a Cia. a Enrique y »

Vicente Yabur Calo; conforme a la escritura 10277 pasada en la Moteyís segunda de Cártagena el 16 d6 septiembro de 1,954 y y a faniós Yabur al tenor del instrumento 5726) autorizado el 31 de agosto de 1,954 por 01 Hotario tergero de HodolI4n. NE 32 la finca ía Patria había sido adjudicas 8a for el Gobierno Nacional, cono terréno taldlo aus cra, ses | l són posolución do 15 de junio de 1,911, e la entidad Consom ñ cio Albingia de Hamburgo? y da de Barrocolorado y blo 611, a ozáir % Tabur, sesón Fosoluolén ds 214 de junio de 249120 Es tos títulos fuoron dsbitamente registrados. | ¡ 424% la Sociedad Hanburgo Columbien Bañanen ! action Gegodicohaft, gutosora de Cofisoroio Albíngis, y Vasip | Pa Yabur, por esorítura 2204 de 16 és octubre de 1,9235 ex. - > tendita én la Jotaría primera de Bogotá): tz insafen un litigio : existente entre o11os y declararon que: 145 fincas nencionadas quedaban en conúns asís una cuóta del cincuenta y cinco por -— '' ciento (95%) para la Socicdaé Alemanes y una del duareñta y" ” cánco por ciento (455) para Yabue on cada úno de los dea in- > tusbles. cn forosa Cárdenas de > Gido. Biuerdo Henao + | Abad y Eubén 641 Gonzáles vieron ocupando úna zóma de terros a

no dentro de las fincas de propiedad de la sosicgna demandaneA: A AS - pun yg toy "locsliseta ad guy de la quebrada Parrocolozaño, al 1060 y lado de la carretera al mt) entro dos = 1 hilónceros 23ed15 a 26s5É5 do dicha casrotora diga cisado partienáo do la Punta d6 Lás Vacas, posesión | que se conorota en unas mejoras: consistentes: en una casa pajis 28s ap: OR: nadanonte veinte heotárcas de pasto yeragué Úribes = | tres hostáréass aproximadamente, en rastrojo y dnce hectáreas | | aprozimaitanentos plantadas de máís y arroz" 62,2 "ha posesión de 169 dotiandados és en conún en | tro ellos, cono una sona continua) bajo una sola aúministración | y proviene de que silos obtuvieron dsd Gobierno 2a adjudicación | tde treo lotes cels£icados de barafon asíe Bavón Gi1 Gonzáles; | ol denominado Las Fuentes, Eduardo Henao tad; éR llamado Los. ] Almenásos y Teresa Cáráonas de 013, el dononinado la Corecitas Según la dcternánación de tales adjudicaciones, los tres lo - IN tes sotán comprendidos. Sentro de las fines úe La Patria, da > rrocolorado y Pío G11” coño io ostá 1a posesión, o mejoras que: " los dementados tienen en conún iniciada a consecuencia do la = í expodición de los talea títilos”?; que acompaña en copias

Min SLa sona de mejoras qus los derandedos osu e l. pañsy 7 que so determina bajo el hecho quinto áe la demandas no correspónde exactanente -6n: su asterminación” á los tres mencio> nados lotesy pues és eha “dsupación en común pares comprender Solo el ldamado | Las Fuentes y una extensión mayor. que ño Co rresponde a le ubicación de los otros dos; pero. como ya ho cio / o. cho a ese título 20 ocupante | 80,= las adjudscnciones de los tres lotes, que 29 | fueron por Jas Yegolucionsa 99 109 3 101 de ¿unio 3» lao dos » | primeras, y de julio 5 2a ditinay todas de 1.952, mo son títas los oponáblca al de la parto adtoras porque "fueron otorzados : cono 2ájuttcación de valagoss sobro tiorras que ya erañ titulas das logalnento", Se hallan viciatos “de aul46sdy fado que fueron expóúiaos con viblación de divervas diopogiólones lcgaleso cita» AAA A AA AAA e o E Se das en sl Lábolo. - | 92, En cuanto al título do dominio de da A scoicdsd dcnandanté "es pleno, no ha perdido en modo alguno Ñ du eficacia logai, ya que por resolución 143 de 13 de agose to áe 1.933, procedente del tintotorio de Intustries, Se dés= % 0 claró extinguida la conúición resolutoria que pesaba sobre la M cájuiicación de esas tierras, por Haber demostrado que se ha» o y (

día efectuado la posesión materísl: 'en la forma provenida en E la loy%. o OS i | Los demandados dóscorrieron el traslado ll | noganto los hechos y oponiéndoso a las declaraciones impotras des. Tereya Cárdenas de 041 insisto en que no tiene posesión > finsuna en común ni exclusiva de “coma reolamada por el actor", o p Rubén 641 expone que ao tieno ocupación ninguna en vomáaz. ale». : gan las excepciones de carencia de acción, prosortpoión adquis ' sítiva del dominio conforme ad artículo 12 de la 1ey 200 dé — | 1,936 del terrono Lao Puentes; cl primeros y Los Altondrops61 | segundo, en razón de úna posesión de más do dtez años; y extán É ción del derecho de dominio a favor de La Nación por no haber» : - se ejercido posesión material en lós predios rurales que úico l . , | el demandante le portenecóny . | Ba Juzgado del Circuito en sentencia devcinticioto de agosto de mil novecientos cincuenta y sefa, he= g6 las deolaraciones solicitadas) aboolvi6 a los demandados y condenó en contas a la parte demantente, | la apelación en que acudió estas la deseas a tó el Fribunal Superior ds Hledollán por fallo de oohs de agos to de mil novecientos cincuenta y picte, en que resolvió 3 610 > Se Geclararn no probadas las extepcio | neg propuestas. | "20, Lós terrenos Genomínados "Las Puen»

tes'!s "Los Almenárga? y "La Poresita?y adjudicados en calidad de dalálos a 10s demandados¿ están comprendidos dentro del pos rínotro de lao fincas "la Patria, "Barrocolorado y ¿Lo 611%, de propicdaé de la sociodad “Haciendas = Puerto César Lánitada” y porténeten por tanto, a > dicha sociotad;

50. Popteneto también a la sogicdad "Haciendas Puofto César Timitgla” ol loto de torzeno que loo denandados « doctor Rubén 611 Gonzálon y don Eduardo Henao Abad poseeñ y han nejorado en conúñ localizado al cur de da quebrada de Barroio loradoo al lado y lado de la carretera al mar, éntre 108 Ei=- iómotroo 23,415 a 24.565 do áicha carrotera abseisadó partien» - do de "La Punta de las Vascas", y cotán en la obligación de rep titufrsclo a 1á cogicdad demandantes 040,+ Cono la señora Poresa Gáracnas de 011,4amdién doranádadas acregitó que el lóte de terreno deneninado “La Peresita? lo onajonó al señor Henao Abad, quién a su Yes 10 + transfirió al doctor C11 Gonsálos, y que no poses porción de = torreno alguna comprendida dentro de las fincas "La Patria" y OBarrócolorado y Mio G11%; no es el caso 8s bácer y no 36 haceñ, contra ela, las doclaracionso doprecadás en el 21bolo;

05%, Como poscodores de buena £ó7 los demanda» d0s Dre 611 Gonzáles y Henao AbaG, sólo responden de los frutos civiles de los tófrenos que ecupon á partir de ía contestación Go la domanda, Menen derecho estos demandados a que se les pas gue el valor de las mejoras implantadas con antorioridad a la conteotación del libelo y que czástan el hatorse efectivo el follos Para presisar el valor de las nejoras; se procederá por 109 trénitos del arts 553 ác1 Os Judiciol; : tg2,¿a So so hacen 1as ácnás denlaraciones solis. l gvitadas?. ha motivación del Tribunal radica en ques ejercio tándose la acción roivindicatoria de dominios la titulación prye sentada por la societad aotorá es anterior a la de los denande» dos y provalece sobre estas en que con la inspección ocular y >» ol dictamen do lóu peritos se eotablcctoren 18 sBcntitad de loo inmuebles teolanadosy la posesión de 105 nisnos por la parto demandadas Los ftonanádados interpusieron. cóntra la deci» ción áci Pribunal el recurso extraoráinario de Gnsación, que la Corte proceds a decida toda Yes que su tramitación so = Mí halla agotadas Benanda de casación $ Funtados on la eousal 10; del artículo $20 > ádc1 d, Judicial 109 recurrentes la formlon sefs dargos a la sentencias abla el primero por error de hecho en 1s aprecias ción de la denanda en cuanto en esta ño so enumpieron 108 +

lándoros de ninguno de, los cuatro inmuoblós seslamadogo El segundo por error de hecho en la apreciación de la inspección ocular y el Gictámon pericial practicado para óstablecor la igentidad ds 1o0s mísmos bienes: El tercorós por error de he» ého en la apreciación de los tnignos ncátos probatorios y de la declaración de Hugo Henao acerca de la posenión de 108 preáloso Bl cuarto por error manificato Ge hecho consisten» to en no haber tentéo én cuentas o habex apreciado nal la re» solución núnoro 71 de 1%. de febrero de 2.95% debidamente » rogintrada, por medio de la cual el Minsoterio de Agricultu> Ya declaró oxtinguiós la conóición resolutoria del dominio do los terrenos aújudicados a Henao Abaé y vo hace conotar = también la presunción do haber dido talatogs El, quínto por error evidente de hecho en cuanto 61 fribunal consideró quo la Resólución V%. 143 do.11 do agosto de 1,953, 'meútente la cual 61 Ministerio de Induotrias declaró extinguida la cone aición resolutoria que afectaba el dománio del torreno denos h Mi in na id so t erL ia o Pa dt o ri Oa bs r asa sú Pj úu bd li ic ca ado s a el 2 C 13o ne do o rc ji uo n ioA bi don g 1i .,a 9 1p 1o r tae nl = = i bión establocía la misma presunción de derochos Y vi úl1tinos. :

para el cago de. que oí haya apreciado el jusgador la resolu» ción número 7A de 1.9557 por habor incurrido en » toñeca en error de derechos puesto que ño dió a la ánéicada presunción todo $l alcanco que la ciencia | probatoriay la ley 1e estignán a esto medio do dex tozas Obcácciendo a lo procoptuado en el artículo $38 del 0, de 59 considera. 01 Segundo cargos Resunióndolos está expuesto on 2os viguientos tériio 1009 Error de heoho manifiesto en la ¿preciación de las pruebas concerniontes a la oingulorización e 4dontificación > tanto del terreno que sé dice oóupan 6 poseen 109 donandados)y cono de los lotes La Zerenátay Los Almendgps y Lao Puentes; añ» a ellos cono baldíos, juticados Se roficra ol recurrente a la transoripción que él Gribuñol hace de la primero parto de la diligencia de inspec= ción ocular; practicada en la segunda instancias úe la cual aparece que poros de la carrotera que conduce de Hedcilín a Zur» boy a ttincuenta (50) metros de la quebrada de Barrocolorados y. a unos sesgcientos (600) 401 punto dondo se druzan dicha vía y la barica por dondo oxtetió la 1Ínes férreas. construída por la compañta alemana Consorcio “Abingias está situada una casa 00U= pala por el doctor Rubén 612 Goneslón; que Emilio Urrego Mayor :

dono de 168 denandadonytiene en gus contornos una plantación de mafs; y ántonio Horenoy: otra; que pe encontraron también ve» | - tías reses del Fondo Ganadoro de Antioquiay senbratos de naía y yues pertenegiontes a la socicdad demandante, Varios puentes, así cono también úña Cása pajica do da pistas todo ollo en la parto Roto de 1a carroteras pues eñ la dtrocoión Costos y a U> hop seteoiontoo notrosy na116 61 Príbunal una cerca de alambre 4 : que soyara 109 predios de los demandados. y 109 de la sociedad 4+ 4 actora, la ques segón inforuación del trabajador José Valderas | 1i3p: tiene alg varias roses én un potrero de 15 hoctáreao» - J i l = | mal .—= ZAR AA — DK “EN E? ca a E - ÓN tr e PES! o Ls | ción núnoro 71 de 1.9553 por habor incurrido en » tonces en error de derechos puesto que.no dió a la ánóicada presunción todo sl slcaánco que la ciencia probatoria y la loy de cstenán a este nedio de cer tezas Obedeciento a lo preceptuado en e1 artículo 538 del | ? Os Ja 80 considera. el segundo cargos Resuntóndolos está oxpuesto on los viguiontes téris noot Error de hecho manificsto en la ¿preciación de las pruebas concerniontes a la singularización e itóntificación = tanto del terreno quo sé dice ocupen O poseen los donantadosy

cono de los lotes La Teresíta, Los Almendgoo y has Puentes, als Jugiícadoy 4 ellos cono balálos. | So rofícre 01 recurrente a la transcripción que el Tribunal hace de la prinora parto de la diligencia de inspec=- ción ocular practicada en la segunda instancia, de 1s cual aparece que cerca de la carretera que conduce de tieacilín a Zur» dos e útincuenta (50) metros de la quebrada de Barrocolorado; y. a unos sessoientos (660) del punto dondo se drugan dicha vía y la barca por dondo existió la 1Ines férrea, donstruída por la compañta alemana Consorcio. “Abingcias óstá situada una casa 0ch= pata por el doctor Rubén $11 Conzálon; que Emilio Urrego tiayors dono de l6a denandadosytiene en gue contorios una plantación de maf5;. y intonto Moreno, Otras que se encontraron también va» - rías reses del Fondo Ganadoro de Antioquia y sembrados de mata y juez perteneciontes a la sociedad demandante, varios puentes; ' así como tambigs una cása pajága do la nismos todo ello en la parto Este de la carfoteras pues en la dirocoión Vvetos y a Us, ños setecientos nstrosy no116 61 Fríbuna) una cerca de Slembro . , que sopara 103 predios de los demandados y los de la socicdsd actoras. la ques. según información Gel trabajador” José Valgorras' M3p; tiene aldí vartas resós en un potrero do 15 hectáreas.

: AS y cs - . ? Ñ : z Ñ pr AAA __ ro Do esta relación confusa y contradictoria so+ bre la sóna de mejoras a queso refiero el hecho 5%, do la = denanda, no puedo desprentergo: va singolarización o identificación de la porción torritorial sonalada en la demanda eomo la nisha que el Sribunal expresa habep reconocido en el terre n05 y la cual describe el acta de la diligencias pues careto de toda baso sería la afirmación al doopeoto hecha por la «c he tidad fulladoras fesdo lego que falta en absoluto el alints» miento d6 106 predióa que e étcon poronocidos e idontificas

809. En el líboló so habla de unn sona ubicada a uno y otro » lado do la carretera al nar, cuya extensión es de 35 hectáreas en tanto que en el acta de inopocción dejó. úe soñalarse la Sús por£ició ocupadas Y si e la falta do alinúersción se astega la de ha cabida, "es obvio que aquel terreno ho esté determinado ná muchos henos identificados cd se entiendo por identificación la correspóntencia entre los datos 4ó la demanta y los de la realidad topógráfitcs, cono tantas veces lo ha enseñado la Corte" | . FA Sribunal ná oíquiéra reconoció por sus lino deros las fincas de Barrocolorados La Patria y eto 64%, con lo cual regubta más el error manifiesto de dar por comprobado que la gona de terreno indicado én el hecho - -5%, do la demendas está

comprenátdo dentro el fundo de > propietas de la sociedad de » l manténto» Hi acota ettada en porto Aguna rolata que clpersongl. de la diligoncia hubiera regonocido 0 recorrido 109 límites de tales pretlos; vino sólamente que tuvo e la vista = S EY los planós de ollo, Pampoco cónata que so. hubieran sonparado loy límites que encierran los bienes rafcos de la sociedad ac» tora com Las que Expresan los -planog examinados por el P$FIDU. » nól, Pero áunquo tal hubiera sucedidos ho soría monoy el yerro que afocta las convlusionea de la sentencia, ya que de tal + confrontación no potía resultar la idontidad de los inmuebles, LAA _— o _— A IS E e dado que la permanento doctrina de la Corte roóhaza cate modo de indentificación; Y, "en su 3ugar exiso perentorianento | la exacta conformidad y concoráaa» , cía de los olenentós £ormalos «densntas planos y otros elemóntos» con la roaligad material o gcográs ca del terra 109 Y fue esto precisanente lo que dejó ds hacerse en la díli » gencia qué se comenta” y : flenos contribuye a iúentificor y locslizar la zona que según el hecho $%. possen los dsmantañosy da deolaración de Húgo Henao, el cual, como antiguo dántniotrador de las Hacien » das de Puerto César Limitatsy: expone únicamente que en el efuos

de la garrotera con ol entiguo ferrocarril construléo por Consor ció Albingis, los demandados Goupan matorialmente un loto de tos Freno qué se halla úbicado al lado y lado de dicha vía y gu ná» yor extensión está hacia ox orto del exruca anton dicho hastallegar a la quebrada de Barrocolorado? De gu partes los peritos quo asistieron a la inopog ción en su dictánen se refieren a la zona ocapada por los deman» datos "como la que partiendo del curso de la quebrada de Bar: colorado hacia 6l eur avanza unos 2,750 tietros por la carretera al nar desde el punto de dicha quebrada hasta la llamada caga de gzínó con una profundidad variable a catá lado Ge la carrete» | ra entro 650 y 1,200 motro9%; | Péácilmente se súávicrte que la dosoripción y locális zación dadas por los expertos solo tiene de común eon la del ho» cho 52, do la demanda el quo ambas dicen que la porción ús terrs no suya teotitúición so Solicita; está al sur de la quebrada de Barrocolorado a uno y etro lato de la carretera al mery, poro en l lo denás tificren fundamentalmente, pues el paoo ques los perátoo. setablecgon que la ocupación tione lugsr desde aquella quebrada hacia el sur; "conprondíiento unos ní1 sotenecientos cuarenta no= tros por la carretera al tar deste el puente de dicha quebrada hayta la llenada casa de zángy la demanda habla do que la sona

G so halia ¿ntre 109. válénotzos 23.415 y 240565 de dscha carrós tora partiendo de "le Punta de Ser Vacas donás, Hicñtras em — la demanda fheoho8$ 99 .) so lo da al terreno ocupado con mejoras ua cobiús €6 $5 hootáreas, el diotánen considera que tiene 35, dirounotancgía que acusa falta de ándiyidualización e iden» tificación) pues ná en los hechos 5%+ y 7824 de la demanda ai on la inspección ceniar se hizo la demarcación adecuada por nedlo de límites cono sra de tigoPrp Mi se consignó “dcsorip » ción o áato. que en otra fosua pornita deternínar la porción too torritorial reglenada” Pransoride el perígrafo de 1a sentencia en el cual . el Gribunals 0c0o no conciución dol copátulo sobre identi» ficación ac la copa denantadar gico 2 “El porconal do la diligencia sobre 61 terros no, después de jaentáficar las fincas "La Patrias “Barrocolo» sado y eró G11%, y 40 teborror dos terrenos que actualmente » .7 o posten los demandadody 211086 a da conclusión de que tanto los predios Gcásninados, “Loa Almendros) “has Puentes" y "La Teresita? que en validsó de balálos los adjudicaron) cytén tomprer”-. didos, 1o másno que 1as porciones ás tíocrra en donde tienen en la actuslidaú algunas mejoraba: dentrYo de 108 inmuebles que la

covicdad PHnoiondas Puerto César Linitada? reolama como pro = piags Las planós agguntos a los autos fueron confrontados 9u» rante ia aí1agencias con la renlides 'fágica de 1ós predios que dGcbían 16ontificarso y por esto medio también so persuadió +1 personal B; otetonto a la Gilágonoia de que 19 eggudicato. y 10 pasetéo por la parto denandaday queda conprendido dentro de la propiedad ds "Haciendas Puerto César Lánitacda” s Insisto sobre 1a equivocación del dribunel alday por probada la dotorninación e Sientidad de la porción o sona de mejoras rolecíonadas en "los hechos 5%, y 7% 4e la donenta tanto por ingetorminación o falta de cingularización on esto6s cono en las pruebas srolatávas a sa identificación. po o 3 “e. > Otro tanto ocúrre on lo ques respecta a los lotes de La gosositas has fuentes y Los Almendross sobre 109 cuales Se Zoraui6 una potición as domi- » - nio ácocrotada por el fallador+ A las afirmaciones del fríbunal en 9l parágrato trans» erito, opone el impugnado? estos roparosa 19 ¿o En ninguna parte de la ánspección ócular se recoge el hecho de haberes identificado las fincas La Patria, Bagrocolorado y Pío 4115 pues para elto hubiera sido necegarió «+ reconocér sus lándorós y esto no ce higos de seguro por faita

do tiempos Ya que era ánposiblo efcotuaz tal trabajo eobre5.000 _heotáreaSs, más o menogy en un solo ála. n> 22, En el acta solo consta que 61 apoderado de la parte demandante. presenté el plano de dicha fincaj y quos to” niendo en cusita: 108 planos do adjudicación y los ánfornmey de los vecinoso el pozsonal de 4a diligencia pudo darse Cuenta ás log tres lotos congoidos son los hombres de La Zefevitay Los» | Almenéros y las Fuentes. Agrega que dcsgues de. convidorar los planos y croquis rolacionados con Haciendas Puerto César Limis tada y con las adjudicaciones heohás e los demsndados en caldo dad de baldlos "Se aló cuenta del lugar por donde Giccurren las aguas de las quebradas Barrocolorado y El Medio designados én las resoluciones de adjudicación a los denandados de dos res» psetivos ¿o0teos de terreno%. 32 ¿= Tampoco se hizo la confrontación de los lin doróg de la finca de Hsotendas Puerto César Ltdas y de los teTrenos La Foresitas Los Almendros y Las Puentes, en razón de que era imponible, dado que la Somanda omit16 los Jlinteros de los últimos y en el aota no hay rolación pánguna de ellos, - Lo dícho basta, para der por demostrado el error do hegho en que incurrió el Pribunal en la ayrectación do la » | | | prueba testimoniales

La equivocación tambión proviene. de que deseonos ASA = E AAA APTA HA ATE 1 ER MH Otro tanto ocurre on lo que respécta a los. a lotes 8s La corosita, LLaass Fuentes y hos Almenáross Ñ Sobre 109 cuates 3e Sormó una petición do domi » 0 A . A Ú - nio decretada por el faldedoys 4 A las afirmaciones dol fríbunal en el parágrafo transe Il crito, opone el inpugnador estos roparóss 10 ¿o En ninguna parte de la inspección ocular se recoge el hecho de haberse identificado las fincas La Patria Bas rrocolorado y Plo 041, pues para élló hubióra sido necesario » poconocér sue lánderós y esto no se hiz0s de seguro por falta do tiempos ya que era ámpogiblo efectuar tal trabajo sobre3.000 _heotáreass, más o monos, en tin solo día, ro: 287 En el acta solo consta que 01 apoderado de la parto denandante presenté el plano de dicha fincas y ques to» “niendo en cuenta los planosd e adjudicación y los infornes úe 108 vecinon el pozsonal de 4a diligencia pués darse cuenta de los tres lotos conocidos don los nombres de La feresitaz Los» Almendros y Las Fuentes.' Agrega que desgués de considerar los planos y croquis rolaciónados con Haciendas Puerto César Hámi tada y con las agjudicacionos hechás a. los demandados en cali= dad de baldfes "Se dió cuenta del lugar por donde Gisourren las

ogues de las quebradas Barrocolorado y El Moódo designados | én las resoluciones de adjudicación a los demandados de los res» pectivos lotos de, terveno?. | 352 ¿e Tampoco se hiso la confrontación de los 21m dorós de la finca de “Ráoíendas Puerto César Ltóa" y de los to» frenos la Poresita, los Aimonéroa y Las puentes» ea razón de quo era imponibles dado que la domanda omitió los linteros de log últinos y en el aota no tay rolación nánguna ás éllos, Lo dícho basta, para dar por demostrado el error de hecho en que incurrió el Tribunalen la apreciación do la =: pruota testimoniales UD LA O equivocación LabisR provieno? de? qué” doscono» 83 i c 016, ignoréndola en absoluto» la pruoba pericias qué aconpatió a la inopección ocular. | Sobre ella obsorva el imfugnador qué 206 cmortos concoyptilan que "ed la posesión cumple la conáición de cotap locslisada al cur de la quebrada ús Barrocolorado, eóeúa 103 circunotanoias de ocupación que tienon alí los demandados osirda aceptarse que elta ticno relación con la parcola o lote dorenánado bas Puentes, 6 Do la euporfició do los fundos Barrocolora» do, La Patria y Lo G11), que es de 4.997 hectáreas, del entudío te los planos de los másnos levantado por ol Gobierno y de los em yM títulos de doy tres 1otos sdjubscados a 10s demandados “estiman

loo perátos que cestos últimos están comprendidos dentro de 2es fineac de la sociedad actóra?.' Considera el recurronto que esta dcduo => ción la hacén los porátos, basados en los planod y títulos + coro no en el resultado de su confrontación con la realiasa tio oica del torrent. ya que ellos nmismop hacen constar que para la localización exacta de "los intoreses de la parte demandada dontro de los de la demendante se requiere un levantamiento re» - £irenciado a éoordenadas geográficas de un punto de la región” si los peritos, con la sóla hase de pla » sop y de títulos, so declararon incapaces para dotexminar sí - tay o no uña superposivión de los predios de que $6 tratay es 1» rónisible que el sóntengintory; profeno en la ctencia de la ineco aloría civil; hubiera Aegado ton los mismos datos a la "oortega mecoárás para. dolares cingo rizados € Jaentificados los fiñ» doo en cucotién,Con sazón tantó n: yofy: sd se. Considera 61 punto d) del exporticios en-61 cun se dico que 108 lotes a que so ró» fioren Zap desplucionse 995 100 y 101 “no son. ddcntificables en | ol terreno porque no cstán relarionaños 6. puntos 6 líness ár

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