CSJ - SC06-28-248-1994
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC06-28-248-1994
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1994
p-210 a
- 248
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA : SALA DE CASACION CIVIL Santafé de Bogotá, “intiocho (28) de junio de mil novecientos noventa y cuatro (1994).- Sometida la anterior demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión al examen de admisibilidad, se obser varon los sigulentes deficiencios de tipo formal: a.- No se presenta demanda contro todas las personas que fue ron parte en el proceso cuya sentencia se revisa, por cuanto según se deduce del escrito respectivo, el municipio de Chfquiza ( Boyacá)- es apenas parte, como denunciado del plelto. b.- No se allega copia del acta de matrimonio de Belarmino Re yes y Bolvina Cuervo, para establecer la calidad invocada por los co
demandantes Fabriciano, Publio y José Andrés Reyes Cuervo. TR c.- No se señala la fecha de ejecutoria de la sentencia recurrida en revisión. Así que, con arreglo a lo estatufdo por el artícu lo 383, inciso 3o. del Cédigo de Procedimiento Civil, la demanda debe ser complementado y subsanada en tales aspectos; entretanto, seinadmitiró. Por lo expuesto, se resuelve: Inadmítese la demanda de revisión aquí presenta da, a efecto de que los recurrentes, en el término de cinco (5) díasy so pena de rechazo, alleguen el documento indicado y subsanen los defectos anotados. Se reconoce ol doctor Miguel Arturo Morales Ro jas como opoderado judicial de los recurrentes en revisión, en los tér minos y para los efectos del memorial-poder visible al folio 1 de este cuaderno. Notifíquese.