CSJ - SC06-29 -1988 0523
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC06-29 -1988 0523
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1988
o lS Y a
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL A O") D) A
Magistrado Pononte: DR. HECTOR MARIN NARANJO Bogotá, D.E., veintinueve de junto de mill novecientos ochenta y ccho.
A o +44 Examinada la procedente demanda sustentatoria del recurso de casa ción, dobe conclufrse en que ínicamente cs admisible con rotación al segundo cargo, puesto en lo que atañe con los cargos primoro y tercero, aquélla no se ajusta a las exigencias previstas por elartículo 379-3 dol C. de p. Cc. En efecto. Uno de tos requisitos formales do la demanda de casación consiste on que se exprese en cada cargo "las normas que se estimon violadas y cl concepto de la violación”, si se trata de tacausal primcra; extgenelas que, por distintos aspoctos, no so observaron cn los cargos anunciados como dofortuosos. Ásf, on al primer cargo, so aluda a la violación de tos artículos 936 y 931cuyos textos se Insertanpero sin que se indique a qué cuerpo de normas o código pertenecen ellos, con lo cual se ha emitido de nunclar do monera concrata la Infracción do preceptos sustanciales; y, en el cargo torcero, se señato la violeción indirccto dal art. 951 del C. C., mas sin que se indique cl concepto de la infracción, esto es, si la ccurrencia do Ósta se dá por falta de apli cación, aplicación indebida o interpretación errónea. La falta de talos menclonos hacon inidánea lo demando en lo que
conclorne con los indicados cargos y por ollo sólo será admitida en relación con el cargo segundo. 0S24 En consecuencia, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, admite la demanda de casación presentada por la parte demandante dentro del presente proceso, Únicamente en relación con el cargo segundo que ella contlene y declara deslerto el recurso en lo que atañe con los cargos primero y tercero. Dése traslado de la demanda, en la parte que fue admitida, a la parte opositora, por el tármino de 15 dias para que formule surespuesta. Notifíquese.
ALBERTO OSPINA BOTERO
JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ
EDUARDO GARCIA SARMIENTO
PEDRO LAFONT PIANETTA
HECTOR MARIN NARANJO
RAFAEL ROMERO SIERRA
Alvaro Ortiz Monsalve Srio.