🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SC06-3-38-1994

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SC06-3-38-1994
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1994

EPUBLICÁ DE COLOMBIÁ 3 |

038 : U Hefirema de Acsticia

ORT UPR MA_DE_JUSTICIA

Magistrado Ponente : Dr. ALBERTO OSPTNA_BOTERO

Santafé de Bogotá, D.C., tres (3) de junio de mil novecientos noventa e eS y cuatro (1994).- A

Ref : Expediente No. 1281

Era a Decide la Corte sobre la solicitud presentada por el abogado FERNANDO ARTAVIA LIZARAZO, por medio de la cual manifiesta que desiste expresamente del "recurso de apelación” por él presentado contra el fallo proferido el catorce (14) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994) por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, decisión que declaró improcedente la acción de tutela incoada por el precitado abogado contra el Juez Noveno Civil Municipal de la misma ciudad. —— asen an

PUBLICA DE COLOMBIA

ANS 3 039 Seprema de Jasticia CONSIDERACIONES 1.- Que según obra en autos, con fecha treinta y uno (31) de mayo del año en curso se recibió en esta Corporación el memorial, presentado personalmente por su signatario ante la Secretaría del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga el veintitrés (23) de mayo del año que corre, por medio del cual manifiesta expresamente el memorialista que " ... DESISTO DEL RECURSO DE APELACION. (Fl. 4, c. de la Corte). 2.- Entiende la Sala que el peticionario hace referencia a la impugnación de que trata el artículo 31 del Decreto 2591 de 1991, presentado por él el dieciocho (18) de

abril último contra el fallo de tutela de fecha catorce (14) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994), proferido por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga. 3.- Además de las normas procedimentales generales que gobiernan el desistimiento, el artículo 26 Ibidem consagra la facultad, en favor del recurrente, de desistir de la tutela, principio aplicable a su impugnación. Exp. 1281 2 040 Sereno ze Acsticia DECISION Acorde con lo expuesto, La Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil ACEPTA el desistimiento de la impugnación presentado por FERNANDO ARTAVIA LIZARAZO contrá el fallo de tutela proferido el catorce (14) de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994) por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga Notifíquese al interesado, y en oportunidad, remítase a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Líbrese el oficio correspondiente. ES dee PA —Á

E GARCIA MIÉNT Exp. 1281 3

PUBLICA DE COLOMBIA

041 Lpremo de Josticia

CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHLOSS HEfTO 10 2.)

[Prato Chun oras

BERTO OSPINA BOTERO

E PEy ZE SLE rn ELÍASExp. 1281 5

Consultar sobre este documento ...