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CSJ - SC07-22-400-1994

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC07-22-400-1994
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1994

p-232

REPUBLICA DE COLOMBIA 0 INCOySiheLke 400

ES Ponte Sefrema de HJasticia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Santafé de Bogotá, D.C., veintidós (22) de julio de mil noo vo e cieE ntES o so noventa yA TA cR u aT trA o (A 1A 9A 94 )a . =— ra q

Referencia: Expediente No. 5049

Toda vez que dentro del término señalado en auto del veintidós (22) de junio del presente año (£1l. 12), la parte interesada en el recurso extraordinario de revisión no prestó la caución exigida para que éste fuera tramitado como lo manda el primer inciso del artículo 383 del Código de Procedimiento Civil, SE DECLARA DESIERTO el recurso mencionado, interpuesto por ANA BELEN MURILLO ALVARADO contra la sentencia proferida el catorce (14) de a ener o de mil novecientos noventa y cuatro (1994), por una Sala Civil de Decisiódnel Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santafé de Bogotá, en el proceso ejecutivo singular promovido por HERNANDO MATIZ contra la sucesión deJOSE ANTONIO TRIANA GARCIA representada por su menor hijo extramatrimonial JAVIER ANTONIO TRIANA MURILLO, representado a su vez por la recurrente en revisión. Sin costas en el recurso.

REPUBLICA DE COLOMBIA 1

| 401 Conte SL pema de Alicia

Referencia: Expediente No. 5049

Notifíquese

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