CSJ - SC08-09-1986
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SC08-09-1986
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1986
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO OSPINA BOTERO Bogotá, _scptlembro ccho da mil novecientos echenta y scls.- MI ro a Por consulta, procedo la Corte a revisar la santen cla de 19 de abril de oste año, proferida por el Tribunal Supe rior del Distrito Judicial de Bcgotá, en el proceso abrovlado - =Í y CACAO A de separación ga Cuarpos adelantado por Alfonso lópez Alzato Ss contra Fablota Soto. > 7 ¿Antecedentes 1) Por demanda presentada el 24 do enoro de1909, solicitó el mencionado dessóndanto que con audiencia de su Cónyuge demandada, se decrotasó la separación indefinida de cuerpos, la disolución de la socledád conyugal y se dispusleso, ademas, que la hija menor Glorta Patricia quedase alcuidado de la madre. 11) El demandante apoya sus protenstlones cn los hechos siguientes: a) Que contrajo matrimonto católico con la deman” dada el 30 de noviembre de 1958, en el Municipio de Fresnoht O O (Tolima), do cuya unlón nacteron sus hijos Marleny y Gloria Pa tricla, en el mismo Municipio. b) Que los cónyuges Psoe separaren de hecho" alos dos años do celebrado el matrimonto; luego volvteron a con vivir, hasta que la demandada “decidió abandonar al hogar mar chándose con la menor hija...tncumpliendo asf con sus obligaclones y deberes de esposa", desconocióndose su paradero,
AN) Emplozada la demandada y provista de curador ad litem, allez respondió en el sentido de desconccer los hechos y de opencrae) aa las protensiones, la primera instancia terminó con sontencia/de 49 de abril do este año, mediante ta cual se despacharos: taCopabiementa tas súplicas de la demanda.
- Con respaldo ¡en el artículo 386 del C. de P.
C., el Tribunal dispuso consultaF con el Superior la decisión precedenta y durante el trámite y la tolsma, se pronunció el Ministerio Público en el sentido de solicitar la confirmación del falto, por considerar que el demandante, con prueba testimoniat, demostró los hechos alegados.
- Tramitada como so encuentra ta consulta, pro cedo ta Corte a resolver.
Consideraciones : 1.- El demandante ha alegado en su demanda, como causal de separación de cuerpos, la segunda do que trata -
] ASMDJCDO 30 ADIGBUIZA vu 0632 coa. QU Nos say, - 3el artículo 153 del C.C., o sea, el Incumplimiento de la demandada de sus. deberas da esposa y “de medro, pues" aunque menciona en el hecho cuarto que también incurrió. en-lá causal. ter cera, lo clerto.es que en el cuerpo dol libatlo no. exterioriza.- loz supuestos fácticos que «la. estructuran» - 2.- El Tribunal, en el fallo que se revisa, concluye que so abre paso la pretensión de separación de.cuerpos. porque tos “testimonios rendidos són-cláros y explican
por qué. Megarón a su «conocimiento tos hechos”. £ rtamento la: parte demandanto ha demos3.- ta $ a trado to siguiente: . > a) Con ta oda documenta! pertinente, actedita el vínculo inatrimonlal con fa-gemanda«yd a«é l naciailento de sus hijas, de las. cuales Glort an €s Menor. b) Con tas declaraciones rendidas. por AmaliaAlzate, Arcesto Lópsa y “Roger López. Alzate, se establece. - que la vida conyugal de los litigantes se vló.interrumpida. - “en varlas ocastones por ausencia..de la. demandada, hasta que Ésta decidió alejarse ace unos 15 años, desconccióndose su paradero. 39.- Lo dicho es suficiente para concluir que eldemandante ha demostrado los: hechos alegados enl a demanda y atinentes a la causal segunda da separación de cuerpos. Por a yE AN ) AlI8MOJo3 20 ADIJGudaza y 4633 RÓS . . . y E Na MOV SANS DINO NS - 4tanto, habrá de confirmarseel fallo consultado. Y, respecto do la conducta: en el proceso del curador ad fitem , de ta cual seduele la Procuradurla, el Tribunal tomará tas medidas conducen toS.
Resolución: t En armonía con lo: expuesto, la Corte: Suprema do Justicia, Salá de. Casación Clwil, administrando" justicia en nombre de la ¡Befública. de. Colombla y por autoridad de ta ley, -
CONFIRMA fáSsontencia: consultada. us ÚAN CópiesgS notifíquese y” devuélvase el expediente al tribunal de orígen.
JOSE ALEJANDÉO-ZONIVENTO FERNANDEZ
C
HECTOR: GOMEZ URIBE
HECTOR MARIN NARANJO
ALBERTO OSPINA BOTERO
GUILLERMO SALAMANCA MOLANO ¿a A pojs e AÍSMOJ059 3q ATUGUAZA
- 0634
Xy da US AÑreW Sa > RAFAEL ¡ROMERO SIERRA inás Galvis do Benavides Y > Secretaria M > 5 IR
MO eS ES
A Z o o CC SH » MN ¡ e no -b