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CSJ - SC09-09 de 1987 0302

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC09-09 de 1987 0302
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

al A oP—P — ———— AOÍ “-0302

REPUBLICA DE C 1, “MBIA

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HU RA (LS e:

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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL aninan”.

Bogots D.E., - Y SET. 1987 Se resuelve sobre la admisibilidad del recurso de casación interpuesto por la parte demandada en el proceso ordina rlo de OCTAVIO VALENCIA MORALES contra JORGE ENRIQUE GUTIE ¡AA RREZ STERLING, contra la sentencia, de 6 de febrero de 1.987, pro- | ferida por el Tribunal Superlorgat Distrito Judicial de Nelva. | SOsn Precótúa el artículo 370 del C.P.C., que - "cuando sea necesario féhor en cuenta el valor del interés para recu rrir y este no apar Code determinado, antes de resolver sobre laprocedencia del recurso, el tribunal dispondrá que aquel se Justipre cle por un pokito) dentro del término que le señale y a costa del re currente. ar culpa de éste no se practica el dictamen, o no seconsigna honorarios de! perlto dentro de la ejecutoria del auto que los señale, se declarará desterto el recurso y ejecutoriada la sen tencia ..., En el asunto que aquí se estudia, hubo nece sidad de designar un perito con el fin de establecer el valor del in terés para recurrir. --:0303 REPUBLICA DE COLUMBIA y G Hara Jrs -2El dictamen periciai fuo rendido por aloxperto que para el efecto designó ol tribunal, sucedido lo cual

se ordenó corror traslado a las partos por el tórmino do tresdías y en al mismo auto se sefialaron como honorartos para al pe rito, la suma de CINCO MIL PESOS, los cuates conforme a la loy y a la providencia que tos señaló, debían consignarse dentro del término da su ejecutoria, La providencia anterior fue notificada en el estado del 17 do Junio de 198“y 7qu,ed ó ejecutoriada el día 20 del mismo mas. ” No cumplló la parto rocurrente con la car ga de consignar dentro. dal tórmino legal los honorarios del porito, circunstancia quá,_además de fácil conclusión, consta en alinformo secrotarla! que obra a folio 44 del cuaderno del tribunal. 9) Asf las cosas, ha debido cl ad quem como lo impera ode rma procesal citada, declarar doslerto el racursoy ejecutoriada la sentencia. Como to anterior no so hizo, la Corte inad mito el rocurso du casación y dispone la dovotución dol oxpadiento al tribunal de ortgon.

  • 0304

REPUBLICA DE .l: CMNBIA

Y Y - Prna Pur .

  • 3Notifíquese

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

EDUARDO GARCIA SARMIENTO HECTOR GOMEZURIBE e e)

HECTOR MARIN NARANJO

SS

ALBERTO OSPINA BOTERO

RAFAEL ROMERO SIERRA

ALFREDO BELTRAN SIERRA

SEcretario

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