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CSJ - SC09-28 de 1987 0375

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC09-28 de 1987 0375
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

¿20 0878 Y

(PAPEL COMUN)

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, velntiocho (28) de Septiembre de mil novecientos ochenta y siete (1987).- Como a pesar del tiempo transcurridonose ha obtenido respuesta oficial acerca de la reciprocidad legislativa que pueda existir entre Colombia y Suecia, en punto a la ejecución de sentencias proferidas en procesos de divorcio por país extranjero, la Corte encuentra propi cia la oportunidad para hacer uso de la facultad probatoria consagrada en el | artículo 695 in fine del Código de Procedimiento. En tal virtud, abre el presente asunto aprueba por el término de treinta (30) días, y con el fin de probar la existencia de la ley sueca en torno a los efectos y alcances de la sentencia para la cual se solicita el exequatur, su ejecutoria, y, la equivalencia que le da SueAS cia a las sentencias dictadas en este país para ser ejecutadas allá, ordenaque se libre exhorto al Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, para que por su conducto la autoridad competente del Gobierno sueco expida copia auténtica de las leyes de ese país, que por la época en que se pronunció elfallo de que aquí se trata (20 de Enero de 1981) eran las regulativas de las siguientes materias: A.- La ejecutoria de los fallos judiciales suecos; B.- La fuerza que en dicho país se reconoce a las sentencias proferidas por Jueces colombianos; C.- Las consecuencias que tanto en los órdenes personal y familiar, como en

el patrimonial, se deriven de la sentencia civil que declara el divorcio de matrimonio civil. Notifíquese.

  • RAFAEL ROMEROZSHERRA Alfredo Beltrán Sierra - Srio.: 10.096 - 211-838 - 109, MAL, -632p)
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