CSJ - SC11-01-1989 003
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC11-01-1989 003
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1989
5-00 3 | 0007
3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL,
Magistrado Ponente:
DR. HECTOR MARIN NARANJO
2 1] Bogotá, D.E., once de enero de mil novecientos ochenta y nueve. + Provee la Corte sobre la consulta de la sentencia de fecha veinte - (20) de Junio del presenta año, proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, dentro del proceso abreviado de separación de cuerpos de matrimonio canónico seguido por la se fora BETTY RODRIGUEZ DE DURAN contra el señor LUIS ALBER
TO DURAN FAJARDO.
PRA < ANTECEDENTES: Según los hechos de la dermmanda con que se instauró el citado proceso, el matrimonio canónico que ata a las partes tuvo lugar el 25 de noviembre de 1956 y aunque dentro de dicha unlón hubo hijos, estos hoy son mayores de edad. Se le imputa al demandado Incum plimiento de sus obligaciones de esposo, ya que abandonó el hogar conyugal desde el mes de octubre de 1975, de manera contraria a la conducta que ha observado la domandante quien ha permanecido al frente de los asuntos da la familia. Apoyada en el comportamiento omisivo de su cónyuge, la demandan te pide el decreto Judicial de separación indefinida de cuerpos yque se disuelva la respectiva soctledad conyugal de bienes. El demandado estuvo representado en el proceso por un curadorad litem, después de ser emplazado en la forma y términos previs -0008 tos en el art. 318 del C. de p. Cc. Habléndole sido adverso el fallo
de primera instancia, se ordenó su consulta la que, una vez diligen clada, debe ser decidida y, con tal fin, se CONSIDERA: El grave e injustificado incumplimiento de los deberes de esposo, - que acá se le achaca al demandado, configura causa; legal de separa ción de cuerpos, según lo que armónicamente ostablecen los artículos 1594-2 y 165 del C. ce. Dicho incumplimiento se evidencia de modo inequívoco cuando el esposo demandado abandona el hogar sin mediar razón alguna que Jus tifique su proceder; él resulta grave cuando significa una ruptura total de la comunidad de vida propla de la pareja conyugal, e injus tificado, porl a falta de una rozón atendible que justifique la ausan cla en la que voluntariamente se coloca el cónyuge acusado. En este caso, las atestiguaciones trafdas al proceso dan cuenta de la decisión que un día tomó el esposo de abandonar su hogar: las señoras Carmen Sofía Suárez de Gómez, Cecilla Mantilla de Ortega y Geny Rodríguez de Olaya, aseverán que ol demandado se fué y no ha regresado al hogar, desde el año de 1975, Esas pruebas demuestran fehacientemente la causal invocada por la actora y, en tal virtud, la Sala estima que deba ser confirmado el fallo consultado, que la acogló.
DECISION: Por lo discurrido, la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, administrando justicia en nombre de la República de Colom0009 bla y por autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia de 20 de
junlo de 1988 proferida por el Tribunal Superlor del Distrito Judiclal de Bucaramanga, en este proceso abrowlado de separación de cuerpos seguldo por Betty Rodríguez de Durán contra sy cónyuge Luis Alberto Durán Fajardo. Cópiese, notifíquese y devueclvasa.
ALBERTO OSPINA BOTERO
JOSÉ ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ
EDUARDO GARCIA SARMIENTO
PEDRO LAFONT PIANETTA
HECTOR MARÍN NARANJO
RAFAEL ROMERO SIERRA
Alvaro Ortiz Monsalve Srio,