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CSJ - SC11-11-1987 0522

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC11-11-1987 0522
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

A7RY v0522

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D.E., once de noviembre de mil novecientos ochenta y slete. TP MARAA, U AT UM O HH En el examen preliminar de que trata el art. 358 del C. de p. C., se pudo observar que en la primera instancia se incurrió en lacausa! de nulidad contemplada en el art. 152-6 fb, por cuanto se omitieron los términos para formular alegatos de cohalusión. Dado que dicha nulldad es saneable, de oficio, se ordena poner en cono cimiento de los apoderados judiciales de las partes la existencladel vicio procesal para que dentro de tos tres días siguientes alde ta notificación de este auto manifiesten si la sanean o no, con las consecuencias previstas en el art. 157 fb. La notificación aludida se hará en la forma imdicada en el art. 205 del C. de p. c. y para su práctica se comisiona al Dr. Evelio Mo ra Gutiérrez, Magistrado Ponente, integrante de la Sala Civil del Tribunal Superior de Cúcuta. Término de comisión: 10 días. Lfbrese despacho comisorto con tos insertos pertinentes, Es demandante, el señor Luis Antonio Galvis Paredes, quien tlene a al Mz A como apoderada a la Dra. Herminda Bohorquez Aparicio; y es demandada la señora Asunción María Botfía, quien actúa representada por el Dr. Pedro Rafael Camperos García, en la calldad de curador ad jltem. Notifíquese.

HECTOR MARIN NARANJO

Alfredo Beltrán Sierra Srio.

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