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CSJ - SC11-25-1987 0571

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC11-25-1987 0571
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

A PA 40571 | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CAZACION CIVIL Bogotá, D.E., veinticinco de novlembre de mil novecientos ochenta y a a siete.- o Según el informe: de la Secretaría de la Sala de Casación Civi!, obran te a follo 14 del cuáderno respectivo, el apoderado de la parte recurrente en casación devolvió el expediente que le fue entregado, mas to hizo de manera incompleta, pues de los cinco cuadernos que integran éste entregó cuatro, faltando el cuaderno Nro. 2, constante de 7 foilos, del mismo que da cuenta no sólo el Tribunal en el oficio remisorio de aquél sino el recibo suscrito por el apoderado. En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el art. 129 det i C. de p. Cc. se señala una multa de $250.00 diarios que debe pagar el apoderado de la parte recurrente en casación, la que se causa a , partir del vencimiento dei término que se le otorgó para la presentaclón de la demanda y hastá el día en que se haga la devolución de la | parte del expediente que hace falta. | igualmente se ordena la devolución de la parte del expediente no re tornada, dentro del término de tres (3) días, para los efcctos previs pl tos en el mencionado artículo. Con tal fin, esta providencia se notificará por estado y por avisoque se entregará a cualquiera persona que se encuentre en el lugar que el apoderado haya indicado para recibir notificaciones. Notifíquese.

HECTOR MARIN NARANJO

Alfredo Beltrán Sierra Srio.

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