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CSJ - SC13-06-1985 123(2)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC13-06-1985 123(2)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1985

S-123 pue . EN . . 13 DE JUNIO 185 '

SEPARACION INDEFINIDA DE CUERPOS “Causal 2a. Art.154 C.C. - Abandono e : Lo corrobora el hecho de haber tenido que emplazar al demandado. NN Cuando es menester.emplazar al demandadoen los términos del Art.318 del C.de P.C. y no se presenta al'proceso, esta conduc ta procesal constituye indicio en su contra. (Art.249 C. de P.C.) bos to AS 7 A . Ñ + SS Y 7 CORTE, SUPREMA, DE JUSTICIA, A P > et o ¿SALADE CASACIÓN: CIVIL, Crap - Bogotá, trece: de. Junto. de mil. novecientos: - ochenta y cinco. A | aa EA CA aa a A CS Se decide .Ta ¿consulta de la:sentencia proferida por el: Tribunal: Superior: del: -Distrito Judicial de Bucaramanga 5) 28 de roviembre de 1984,, en el ¿Proceso abreviado de: separación. de cuerpos promov tdo. por. Esther. Ranfrez de Fonseca contra. Custodio Fonseca ' Quintero, ¿por medio, de Ta. cual. se :decreta-la separación in definida de cuerpos entre Tos. mencionados ESPOSOS: Se; declara disuelta: la respectiva: sociedad: conyugal; se ¿ispone que, los “menores Favio, Ane Esmith: Marfa: Elizabeth. y Luis Orlando, hijos: comunes. de: los citados cónyuges queden! al cuidado. de la _demandante,.- quien ade nás ejercerá exclusivamente: Ssobre' ellos la, patria: potestad: Se. se

hala en siete mi1 Pesos. ($7. 000. 00): la cuota, alimenticia con. la cua] el demandado. debe: contribufr. a Vos. gestos: de crianza, educa-- ción y establecimiento. de. los citados —Menores,-. respecto de quienes conserva el derecho. de visitarlos: una vez:al:.mes; ordena la -: Inscripción de la Sentencia. en los Folios; de Jos correspondientes libros. de. nacimiento Y Je: "matrimonio de, Tos, «cónyuges. separados: de : cuerpos, y% finalmente condena: en costas al demandado... Para, ello se considera; a Sa _La! ¿consulta se originó. en eT.hecho de - e haber sido Ta referida sentencia desfavorable. al «demandado, «quien estuvo representado por. curador. adlitem,- por. cuanto. fue. emplezado pero no compareció, al proceso. La, ¿epánión., del Procurador. Delegado en lo civil, ofdo, en. interés de los hijos. menores ya menctoidos, es que, el. fallo consu] tado debe confirmarse. a at tr e En. el proceso se. reúnen los presupuestos e te para dictar sentencia de mérito, Pues la _Jurtsdicción civil. ¿es . al een competente para conocer de la separación de cuerpos de, matrimo oo: AE S y EN EN do an nos celebrados conforme a1 rito católico en conformidad. con lo dispuesto” por los. artícul2 osp orn 7os 0b . » F 3i 0o .n a y,

é 2l 0 . dela ey 20. de, 1974 sl BaA N 4l SESS ñ He. CELO L AL Haro. eórraonal Lola demandante” -há comparecido en el proceso a través de apoderado legalmente -c onsti tuT do” y. el démanidado 1o ha sido a «traves. de cura: dor. ad:14temyUdesignado!. con: Tas” formgT1dades legales y Ta demanda en sí misma considerada, reúne los requisttos fornalez. exigidos. - porel: Código: de' Procedimisnto: CAviT E o o Po Y a a Tampoco se advierte: Vició >racesaT “capaz de. invalidar. parclalmeate E lar actuación, a” rafz del enoTazamtento ver e rificado para: convocar” al” proceso al demandado, por Cuánto dicho. trámite” se: llevó” a: cabo” “una vez cumplidos" Tos” presupuestos reclamados -por:e] “inciso” primero del artículo: 318 ibidem, ya que. la AS parte-actora afirmó bajo la gravedad: del “Júramento” que 1gnoraba-. -. la dirección: donde al. damandado podía recfhir: Ptflcactones per sonales; circunstancia que preve” y. reguTas eL -a nuñeral ”n del. “artícu; lo "75 como' requisito: formal. del Tibelo; Ancostorto. al preceptuar que deberá conténer: "la dirección de Ta -óficina. o Mabftación donde:

21 demandante: y:su apoderado, rectófrán notificaciones | personales. - y donde han: de: hacerse al: demandado; o a. su representante. atentras, estos no' Andiquen' otro, o: la dfirmación de que. se 1gnoran, bajojuramento-í que: se considerará prestado” por Ja: Presentación de la. - demanda,” que' cómo podrá obseM rx v arse constituye uno: de los supue 4 stos previstos, porel” “arttculo? 318 para que “proceda” el emplazamiento % "de quien daba ser notificado personalmente" [se subraya). Desdeluego,-que el numeral ' segundo. del precitado artículo 75 tambiénexige” que la” demanda contenga "el nombre, edad y domtefIio del de mandante” Y der" demandado; a falta de' domiciWio se expresará la re. sidencia; y si se. ignora la “del: demandado, se inc: rá esta cir Ñ cunstancia bajo” Juramento que se entenderá” prestado por. la: presen tación de la demanda" “pero tal preceptiva: no. úátlénce al Tugar. en que el: demandado deba” recibir motificactones personates, sino, ala competencia” por ej. factor territorial a que ar: 2 Jos nuperales 1y 2 del artículo 23 delL os c ódigo “ettado.= UN CT Liar E oo HEREa LA. O st,bE os S“y ÓN “o, el del matriñonTo Católico A ce leb o rn ad o”l a e

n“ td re em an ld aa s pse a rtp er se ,s cy1 86, la. prueba. la del nactmiento dentro del matrimonto de Tos me Ana Esmith, María Elizabeth y Luis Qm] nores Favio, ando Fonseca . ES se recepcionaron Tos testimonios de df ea s FoV nda s. e ca de y oC Já oc s se er fes i, n a A Al fe aj na N an i dd or ri na. de T Sr ii la vn áa ' d (e 3 F oiG oóm se z, 40D 2lH oe sr em le il ni an da TorD ru ee s el dem,» and de a docu yo a bad ni dc oh no ó co eln j Eu hn ot go a r,s e ded se ad tuc ee n dii en nc du oe st ni do un sa t ib fl ie cme an dt ae quel noa s soo lb . o l ig fa rc ei nto en es a lm : aa te cr ói na yl ue gs e. y s inm oo ra a le TÑ s o s i mm ep nu ce is ota ns a d: osP Or hie j] os ma mt er ni om m 4e r on ent sie o E]- y que auncuando r | egresa E esporádicamente. no lo hace remediar esa situación. '' con el fin de 5.- Este abandono es causa en que la causa probada del' divorcio o de la separ la patria potestad. de Justiciaen Sala deE n Casm aé cr ii ót no Cde i vil lo , e ax dp mu ie nst io s,

t ranla d o Co Jrt ue s tiS cu ip ar em ea n nombre de la, República de Colombia y por autor:dad de la ley CONFIRMA la sentencidael Tribunal Superiodrel D4s de Bucaramanga. trito Judicial —Cóptese, Notifíquese y Ll vulva 2 Tribu nal de ortfgen, =:-.. . SS. io = = E ? A "HEDRaR ANDO: pT AhPeIrA S ROCaHA . Ñ S -S £ Cri, ó2s "Ñ gOSE : ALo E JA: N! D: R O ora B Oy N IVENC Te O FERNe ANDEZ ( E ¿raro ter 5% HORACIO MONTOYA GIL. | HUMBERTO. MURCIA BALLEN _ E a a no => : + EN E Ñ : y Eo.s E. ; Ca E - AeX | oo o E - Ñ a iio HECTOR -GOMEZ «URIBE o 0 LIN .. Go E E A xo Ñ Ela ata Po e A SA ES pr A, : MH EA o O o A : ass Cade ho EAALBERTO OSPINA. BOTERO | e : eS ES NL pa 00 Er z La De A 5 Ca ps . ] . .. a o o 14% Ñ z = - 2 DU » Ñ : 2 > A_ Z o. - =- _ 20 "Ines Galvis de Benavides o : a dh E A eN E o OS Secretaria. j co E e ra it o r L . q, 9 . ma E 7 " A pos Da a a E>- PE AS ] Z 4 o. : . ] ] cs - . po Da z EN A A. 5 Ñ . - “e p e _ Ml : a oye eos . :Z i . o. - ; .

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