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CSJ - SC13097-2017

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC13097-2017
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2017

RepdblicadeColombia OheSupremadeJusticia Salanecasac的hclllI AROLDO嵩紫雲NSAWO 。ie。i業器.C十eintiocho(28)deagostodedosmil Decidese el decasacidnfbrmuladoporlaparte 謡 demandante紅・ente sentencia de31dejulio de2012, Superior delDistritoJudicialde PrOferida por el Cali,Sala Civil,en oceso ordinario de Eduardo Cruz Montesdeoca −dem anteinicial−,COmO heredero de Carlos Cruz Dom y Cecilia Montesdeoca Alomla, CuyOSlitisconsorte Alvaro Velez Alv狐eZy Luis Fidel MorenoRumle,en 丸idaddecesionariosparcialesdelos derechoslitigiosos aquel,COntra Luis Carlos,Maria Teresa,Eugenia y Lria Mercedes Cruz Montesdeoca − hermanos del actl Rodrigo Cruz Losada,las nrmas InversionesyDistr iones Ltda.,Carlos CruzDomlngueZ Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 &Cia.Ltda.,Cruz Losada&Cia.Ltda.,Summa S.A.e Inversiones Regina S・A・−anteS Cruz Montesdeoca y Asociados S.en C.−,aSicomolasucesi6n delos causantes Carlos Cruz DomlngueZ y Cecilia Montesdeoca Alomia, Cdnyuges entre si y padres delos hermanos Cruz Montesdeoca. ANTECEDENTES 1・Delademandaysurefbrmaintegrada(rblios377y SS・delcdno・1),Sededucequeelactorpidi6,enreSumen,a

favor dela sucesidn delos c6nyuges Carlos Cruz Domlnguez y Cecilia Montesdeoca Alomla,de manera PrmCipal,Sedeclarelanulidadabsolutaporobjetoycausa ilicita,laineHcacia einoponibilidad,delos contratos COntenidosenestasescriturasptLblicas:qI3039dellde diciembre de1980,0tOrgadaenlaNotaria7ade Cali,POr medio dela que Cecilia MontesdeocaAlomia traspas6dos inmuebles −unO urbano en Cali y otro rural en el COrreglmiento La Regina del munlCIPlO de Candelaria (Valle)− ala sociedad de fimilia Cruz Montesdeoca & AsociadosS・enC・−ahoraInversionesReginaS.A.;り3156 de22dediciembrede1980,0tOrgadaenlamismanotaria, enla que Carlos Cruz Dominguez enaJend ala citada SOCiedad familiar dos predios rurales,Situados en CandelariaⅣdle);qI3157de22de diciembre de1980, 0tOrgada enla referida notaria,medimtela cual Carlos Cruz DomlngueZ tranS鱒rid a esa sociedad −Cruz Montesdeoca&Asociados S.en C.−e150%de uninmueble denominadoLaCarolinalubicadoenCali;切3158deigual fechaynotaria,enquelaHmaCarlos CruzDomlngueZy Cia.Ltda.traspas6 a aquella sociedad otroinmueble 2 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 situado en el cor車gimiento La Regina,municipio de

Cmdelaria(Valle). Como consecui Cla,Sedisponganlascancelacionesde esos actos,1as pos iores trimSferencias y afectaciones o gravamenes delos redios,que Se hubiesen dado;las ● ′● demandados;tene Cuentaqueenlosinicialesnegocios Cruz Montesdeoca Asociados S.en C.,de quien derivan sus derechos Cruz )Saday Cia.Ltda.y Summa S.A・,nO Pag6dinero alguno los supuestosvendedores;COnden紬 enpeHuiciosalosd mandadoscomoresponsablespordolo OCulpa,COnfbrmeal art.16delaley446de1998・Encaso deresoIverqueCruz LosadayCia.Ltda.ySummaS.A・,nO deben restituirlos ienes,COndenar aInversiones Regina S.A.−anteS Cruz M )nteSdeoca & Asociados S.en C.− a Pagaralasucesi6nc ,tadaelvalorcomercialdelosmismos. Enlaprmera nsidn subsidiaria solicit6declarar que eldemandante uardo Cruz Montesdeoca,reivindica iSi6nnoliquidadadesuspadres,los iulleprPpnOParalaく bienes enmanos de 〕erOSPOSeedoresporlaen劉enaCi6n, delC.C.tiene derecho arecogerla que segunelart・ herencia quele sponde en esa causa mortuoria, COnfbme alaley, PeCtO de todoslos bienes que en diciembre de1980 aban a nombre delos causantes. Secuelas de estapretensi6n,elev6similarespedimentosde

CanCelaci6ndeenaJ cionesytraspasos,reStablecimientos OS demmdados como adqulrenteS y y pago de血utos) 3 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 POSeedoresdemalaft,aSicomolafaltadepago deprecio POrlasen劉enaCiones,Olarestituci6ndelvalorcomercial. Como segundapretensi6nsubsidiariareclam6elactor Se declarela simulaci6n absoluta delas ventas aludidas, PueSlos bienes no salieron del patrimonio delos Vendedores Carlos Cruz Dommguez,Cecilia Montesdeoca AlomiaylaHrmaCalos CruzDomlngueZyCia・Ltda・;las COnSeCuenteS 6rdenes de cancelacidn de los actos o COntratOSdetraspasoysuregistro,lareivindicaci6ndelos bienes;dedecidirsequeCruzLosadayCia・Ltda・ySumma S.A.no estまn obligadas a restituirlos bienes,COndenar a Inversiones Regina S.A.−anteS Cruz Montesdeoca & Asociados S.en C.−a Pagar ala sucesi6n citada elvalor COmerCial;elpa.godelosH・utOSnaturaユesociviles,teniendo encuentaquelosadqulrenteSSOnPOSeedoresdemalafey no hubo pago de precio alguno,ademas dela condena SOlidaria alpago de perJuicios de todo orden,COnfbme al art.16delaley446de1998. La tercera pretensi6n subsidiaria fLle:Se declare que

InversionesReginaS.A.一mteSCruzMontesdeoca&Cia.S. en C・,Cruz Losada y Cia.Ltda.y Summa S.A.se enrlqueCieron sinJuSta CauSa,enlas cuantias que se Prueben,y,enCOnSeCuenCla,Selescondeneapagarleala SuCeSi6nCruz−Montesdeoca,lassumasquesepruebenpor elvalorcomercialparcialototaldelosinmuebles,JuntOCOn losfrutosnaturalesociviles;deestimarsequeCruzLosada y Cia・Ltda・y Summa S・A・nO Se enrlqueCieron sinJuSta CauSa,COndenaraInversionesReginaS.A.apagarelvalor COmerCialdelosbienes;yelpagosolidariodelosperJuicios detodoorden(art.16delaley446de1998). Radicacidnno76001−31−03−009−2000−00659−01 2.Enla caus petendiapunt6el actor,en Sintesis, que Carlos Cruz y Cecilia Montesdeoca contr勾eron matrimonio cat61ico en mayo de1937,uni6n enla que PrOCrearOnaEd ,LuisCarlos,MariaTeresa,Eugeniay Maria Mercedes嵩Montesdeoca.Aquellosfallecieron,en Su Orden,e130 rilde1991yel16de septiembre de 1994,CuyaS SuCeSi ∋Syliquidaci6ndesociedadconyugal setramitaenelJ 08de Familiade Cali. Para bene丘c familiar,los c6nyuges Cruz一 Montesdeoca consI yeron dos sociedades:en1963 a

Carlos Cruz Domin }ZyCia・Ltda・,que adquiridunbien en1979;y en nOVj bre de1980 a Cruz Montesdeoca& Asociados S.en en que ellos eran gestores,y 轟 comanditarios los lescendientes:Eugenia Cruz de Velasquez,Maria rcedes Cruz de Sardi,Catalina y Adriana HernandeZ ruz(h軸S de MariaTeresa‘cruzy Jorge Mario Herna重 yla範rmaDesarrolloAgropecuario 韻 Ltda.,CuyOre叩 ∋eSLuisCarlosCruzMontesdeoca. Falt6 el demm CuyOS hiios(Cruz Garces)podian 麗 ingresar a una vez el,Cubriera unas Obligaciones a en solidaridad con algunos delos h socios dela 麗iedad,OPClOnincumplida pese al 嵐 Citadoarreglo IntOS. 山 韻 d Expres6 1ante que el五n de fbrmar a Cruz Montesdeoca 。 韓dos S.en C.−ahoraInversiones Regina S.A.−, losinmuebles de sus padres, incluido el biden d CruzDominguezyCia・Ltda・,lo que se hizo m& contratosimpugnados.Situaci6n motivada en demandmte adquiri6 varias Obligaciones conI ■ k)de sus padres,PerOlas incumpli6,lo que g ner6connictos enla familia;aSi se 5 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 busc6,COn un Plan macabro,un doble血aude:PnmerO,

evitar quelos acreedores de Eduardo perslgulermlos bienesdesuspadres;ySegundo,quealamuertedeestos, elmismonopudierareclamarherencia. Asi,entre los padres y hemanos del actor, traspasarondemaneragratuitalosbienesalasociedad,de qulenhasidogerentepormasde20ahosLuisCarlosCruz Montesdeoca.Este administraba en1980los cultivos de Ca丘adeaztLCardeCruzLosadayCia.Ltda.,aCuyOgerente FranciscoJose Cruz Losada,enterarOn dela operaci6n, lgualquealde SummaS.A.,AndresSardi,queeraCaSado COn Maria Mercedes Cruz Montesdeoca. Ademas,la SOCiedadadqulrentenOPagOnadaporlosbienes,CuyOValor era superior a80millones de pesos en1980,POrque nO teniacapacidadalgunaparacomprarlos. Como prueba delaintenci6n y actuaci6n delos espososCruzMontesdeoca,detrmsferirlosbienesconlos 範nesmotados,ad可OelreclammtequeaquellosslgulerOn COnla posesi6n delos mismos hasta su fallecimiento,y tuvieron elhogar en uno delos predios・Pero hay otras Pruebas,COmO dos cartas:a)la primera de13de abril 1981,en que Su Padre Carlos Cruz dej6ver que para ayudarle a resolverlas deudas,le podian entregarla herenciaenvida,delosbienesqueestabananombredela SOCiedadfbrmada,alaquele seloshabiantraspasadoun POCOanteS,ydelosquedichospadrestenianelusu紅ucto,

PerO que Para eSO debia el actor arreglar sus pasivos y liberar a sus codeudores; b)la otra carta,de 9 de SePtiembrede1986,enque SuhermanoLuis CarlosCruz, PuSOdepresenteasuspadresquegraciasalostraspasos delosbienesseevitaronlosembargosdeestos. Radicaci6nn。76001−31−03−009−2000−00659−01 Explicd quelo demandados son de mala fも,lnCluso CruzLosadayCia. tda.ySummaS.A.,POSeedoresdedbs bienes que adquiri ron dela sociedad familiar citada, POrque SuS rePreSe tanteslegales,FranciscoJose Cruz y Andres Sardi,SOnf iliaresmuycercanosyconocieronlos Viciosenlostraspas Squelodejaronsinherencia・Poreso todosle causaronl: erJuicios a ely ala sucesi6n de sus Las defensas d tlos demmdados fueron reiteradas al contestarla refbrn a dela demanda porlas misnlas TSS.delcuadernol). PerSOnaS(fblios442 4.Tramitadal〔 prmerainstancla,elJuzgadoO9Civil delCircuito de Cali, mediante sentencla,quefueobjetode 7 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 COmPlementaci6n,deneg61aspretensionesdelademanday COnden6encostasaldemandante. Apelado esefalloporeltlltimo,fue conHrmado porel TribunalSuperiorde Cali,medimte decisi6nque ahoraes

Objetodeestaimpugnaci6nextraordinaria. LASENTENCIADELTRIBUNAL Despues de referirse ala contienda y elrecurso de apelaci6n,el tribunal precis6que enla acumulacidn de PretenSionessieraposiblesolicitarlanulidadoine宜caciay ensubsidiolasimulaci6n)aunqueinterpretdquesepidi6la absoluta,y quela refbma dela demanda me tenida en CuentaPOreljuzgado. Tras resumirlas pruebas recaudadas,eXPuSO quela PretenSidnprlnCipal,denulidadporobjetoycausailicitos, Se fund6enla falta de pago del precio delos bienes transftridos,laintencidn de desheredal∵aldemandmtey de burlar alos acreedores,lacualcarece deprosperidad, PueSnOhubodesheredmientoporfaltareltestmentoque asilodispusiera,queeSdondedebehacersesegtlnlos紺tS・ 1265,1266y1267del C.C.En realidad elinteresado CueStion61asituaci6ndehechoporladisposici6ndebienes desuspadresenvida,POSibilidadquenoesilicitaporque elpropietario puede disponer delos mismos,Sin que se advierta血audealgunoenlosactos,aSinohubiesehabido PagO del preclO;eStO darialugar a una fbma de Simulaci6n,quenOeSCauSadenulidadniseconfundecon 8 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01

esta;ylanulidadpo SuPueStO“alzaTnientodebienes》,S610 POdiaserreclamada 0rlaentidadbancariaacreedora. Agreg6el sente Ciador ad queTn,SObre este aspectd, que asihubieranuli ad,nOPuede aducirlaelactor,dado quenopuedealegar SuPrOPlaCulpa,PueSParticip6enlos hechos,eSdecir,1as negociacionesqueaqulCueStiona,que situvieron una caus ypudoserlameraliberalidaddelos Padresdel haciaalgunosdesush竜os. Seguid 狐血 torno ala simulaci6n alegada,que 。 h recalc6,fue ,ta,aPunt6 quelas pruebas no ∴ 叫 demuestran contratantes hubieran tenido la intenci6n de reali actos sin nlngunaPrOducci6n de efectos,Para CO宣 《《que detrds de ellos no pudiera escondeISe Ot7℃ comola donaci6n,...”.Antes bien, lasparteshicieron vosesosnegocios,que Sehicieron antelasoblig ・ a demandantequeponimenriesgo C l 。 血 elpatrimonio ANDADECASACION En el cargolコ fbrmulado,COn base enla causal e acus61a sentencia recurrida de Pnmera,el deman ecta:POr aPlicaci6nindebida,los quebrantar en arts.1265,1266,12 7,1742y2491delCddigoCivil;POr falta de aplicaci6n los arts.230,inciso 20,dela Constituci6n,2,22, OO(紬t.ldelaley222de1995),323,

822y899,numS・l 2,delC6digodeComerclO716715027 nums.3y4,1013, 1226,1239,1240,1241,1250,1262, 9 Radicaci6nn。76001−31−03−009−2000−00659−01 in・2,1283,1520,1523,1524,1740,1741,1742(art.2de laley50de1936),1745y1748delC6digoCivil,y8dela ley153de1887;aCOnSeCuenCiade ostensibleyevidente errorJuridico de diagnosis equlVOCada,al descartarla nulidadinvocada enlapretensidn pnncipal,PeSe a tener POrCiertosloshechosenquesefund6lamisma. En el desarrollo del cargo expuso el recurrente,en resumen,queCOnfbrmealart・1742delC6digoCiv叫segun la modincaci6n quele hizolaley50de1936,aSi como doctrinasobreesetema,lanulidadabsolutadelosactosy COntratOSPuedeseralegadaportodapersonaquetengaun interes actual,entre eSaS,las partes del negocio y sus herederos,COnlaprecisi6ndequeestostLltimosadquleren ese derecho conla muerte delcausmte,aunque COn un interesproplO,OrlglnarlO,yaqueSerelacionaconloquees Su Patrimonio. De ahi emma el desacierto de fallo impugnado,PueSaSieldemmdantehubieseparticipadoen losactos,010shubieseconocido,tienevocaci6nparapedir

lanulidad,COmOheredero. Anot6 que fue errado el sentenciador ad quem,al negarla nulidad por no haber testamento para el desheredmiento alegado,en tmtO el sistemalegal de nulidades(arts・1740a1756del C.C.y897a904del C・Co・)consagrala absoluta comola smci6n mまs grave, bienseaporfillas defbmaci6ndelosactos,Oelcarまcter SOCial dahino delasilicitudes,COn reglas que son imperativas,POrquealladodelalibertadcontractual,eSta PreVistoelcontroljudicialcuandotalesactoscontravienen lO Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 las normas,Segun riterio.quereiteraladoctrina,de dos fbrmas:una,POr maninesta ilicitud,al tener sus Obligacionesunobje OmOralmenteimposible;ylaotra,POr Serilicitoelacto,au quesusobligacionesnolosem,dado quelas partes,O u a de ella,Se PrOPOne COnSegulr un resultado contrario Z nomasimperativas,alordenpdblico olas buenas costu lbres,Segun Criterio que reiterala doctrina. Controlquee: unaleludidenestecaso,POrCuantO COnmenOSPreCiod normassustmcialessobrenulidad, omiti6analizarla delos m6viles quellevaron alos espososCruz−Mo Ca,SuShijosyotros,aeftctuarlos negocios atacado no haber testamento −hecho no discutido− Para eredamiento,ni ser el actorla

entidad bancaria edora.Asi,incurri6en desacierto )rquelosm6vilesquedaronviciados juridico,POrdesc deilicitud,POrlo a)Es premi cesaria,Omitida porla apresurada sentencia recur que deben ser descaliHcados por ilicitud todoslos DCios prohibidos por especial noma imperativa,y que Llleven fraude alaley,POr PnnCIP10 rts.8delaley153y1887y230dela generaldelderech C.P.),y deben cionarse con nulidad aunque su apariencia sea di porque como explicala doctrina, fraudulentossonrealesindirectos, quesecita,losnc que sellevma 〕On diversas combinaciones de otros ParaObtenerelre doprohibido. 11 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 b)Una sencilla evaluaci6n delas pruebas en este CaSO,mueStran quelos traspasos patrimoniales cuya nulidadabsolutaaqulSedemanda,ylaconstituci6ndela SOCiedadCruzMontesdeoca&AsociadosS.enC.,COnque la pareIa Cruz−Montesdeoca busc6 favorecer a algunos h竜os,rueunaCOmbinaci6nnegocialen血audealaley,CuyO resultado practico es unal増uSta desheredaci6n del demmdmte,PueSSOlosepodianvincularlosh竜OSdeeste Sielcancelabalas deudas adquiridas solidariamente con Cualquleradelossocios,a鰹LVOrdeterceros,locualromplO

laabsolutaigualdad deloslegitimarios(arts.1239,1240, 1241y1250delC.C.).Lacausadelos actostambienes ilicita,COntralos arts・1262−inc・2−,1283y1520del mismo cddigo,POrquelas partes estipularon un acuerdo CuyOreSultadoprまcticofueunpactodesucesi6nfutura. C)Segtln el art.1524del C.C.,la causa esilicita Cuando es prohibida porlaley,COntraria alas buenas COStumbres o al orden ptlblico,PerO el tribunal d匂6de atenderesailicitudenelcaso,PeSeaquenOeSnihasido COnductahonorablequeunempresariosesustraigadesus haberespatrimoniales,Parammtenerlosalmargendesus acreedores,de manera que ademas de ser esos actos impugnablesporn・audepaulimo,Puedepedirsesunulidad absoluta,POr tOdo el que tengainteres en ella,POr Ser accionesdistintas,COmOhareconocidolajunsprudencia. Resumi6elcensor quela ausencia en elactor dela Calidaddeacreedordeftchamterior,nOJuSt綿capasarpor alto que nle PrOP6sito delos actos cuestionados de 12 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 traspasos,血ustrar Sderechos,deeventual匂ercicio futuro,delos a S PerSOnales de Carlos Cruz Dominguez. expreso, deteminmte e intencional重nente )rdenado para concertar esos

negocios,que eS itutivo deilicitud enla causa en tanto contrario a buenas costumbres tutelares del Creditoylosnegoc tguladosporlaleymercan皿. El error .1“Jurid deltribunal,agreg6elrecurrente,lo COnd可Oain血inglr normasinvocadas,unaSPOrerr6nea ・falta de aplicaci6n,y aSin.ustr61a aplicaci6n y otras de nulidad,COmO tambienlas PretenSi6n prln acumuladasenfbrr SuCeSiva.Yerrocontrascendencla,ya aplicaci6napropiadaalasreglas qlle que dehaberle dad gobiernm elcaso, bria concluido de manera contraria, detalmmeraque decisi6ndebeserinhrmadaparaen Sulugar,POr Via apelaci6n,reVOCarla de prlmera lasexcepclOneSdelosdemandadosy instancia,desestim acceder alas pret一 克ones,eSPeCiHcamente ala pnmera PrlnCipal. Los demandj Inversiones Regina S.A.S.−mteS Inversiones Regin .A.−,Luis Carlos,Maria Teresa y Eugenia Cruz M sdeoca,Inversiones y Distribuciones S.A.S.−anteS Inv 止ones y Distribuciones S・A・,C,ruZ Losada S.A.S.−an Cruz Losada S.A.−y Rodrigo Cruz oportuna replica ala demanda de Losada,PreSentar( CaSaCi6n(rblios8「 s.delcuademodelaCorte). 13 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01

CONSIDERACIONES 1.El negocio Juridico es concebido como el instrumentoinsustituible parala comercializaci6n y,en general,elintercambio de bienes y servicios,Cuya importmcia en el mundo modemo ha requerido de Variaciones para adaptarlo alas nuevas y cada vez mas CreCientes necesidades dela comunidad,desdeluego que Sin desconocerlas bases que desdelamtigtiedad se hm trazado por el derecho prlVado,entrelas cuales cumple destacar,POr COnCernir a este asunto,los requisitos de existencia y validez.Eso sin mencionar otros temas de Vicisitudnegocial,COmOlaineHcaciadeplenoderechoylas COndicionesdeoponibilidaddelosnegociosma−Salladelas ParteS,entreOtrOS. Unadelas consecuencias paraelincumplimiento de losrequisitosorbrmalidadesdelosnegociosJuridicos,eSla nulidadque,desdesuconsagraci6nlegalbasica,COntenida enlosarticulos1740yslgulenteSdelC6digoCivil,amaSde OtraSregulaciones,SeClasihcaenabsomtayrelativa,fbma deextinci6ndelasobligaciones(art・1625,num.8,ibidem), queconllevaaladestrucci6ndelvinculorespectivo,COnlos eftctoscorrespondientes. 2.En el caso,fLlera de discusi6n que elrecurso de CaSaCi6n se rlge POr el anterior C6digo de Procedimiento Civn,POrhabersepostuladoantesdelodeenerode2016, deconfbrmidadconlaspautasdetransici6ntraidasenlos

articulos624y625,numera150,del C6digo General del 14 Radicaci6nn。76001−31−03−009−2000−00659−01 Proceso,que entr6 reglreneSafechal,Obs rvasequede 1aspretensioneses nidas,enParticularconlarefbrmade lademanda,elreme io extraordinario se centra en atacar la sentencia del mal,POrladenegaci6ndelanulidad 霧 absoluta delos ciosiniciales−de diciembre de19810− por o的to g 1ilicitos,POStulada como petici6n 。i.。。芸議=器霊S詳霊宝詰 de segundo grado, dela pretensi6n de nulidad termin6por aceptarlos supuestos absoluta,en facticosenque eldemandmte,aSihubiesesidocon 雪de雪enCia甲eCentr誓「te誓三幸:三三: de sus padres yher anos de dejarlo,haciaelfuturo,Sin alosacreedoresquetenimcreditos herencia;yb)burl COntrael,enlosque upadrelehabiaservidodecodeudor・ Recuerdesequ alrededordeesost6picoselTribunal, derar que de aceptarlos hechos a vuelta de con〔 fundamento dela emanda,CareCe de estructuraci6nla lArticulolodelAcuerdoP AA15−10392de2015. 15 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 nulidad por obieto y causailicitos,enla transftrencia de los bienes quelos padres delactor hicieron ala sociedad

CruzMontesdeocayAsociados S.en C.一IuegoInversiones ReginaS.A.− Descart6eldesheredαmiento,COnbaseenque no hubo testamento que asilo hubiera efectuado;y POr OtraParte,Seha16quelanulidadporelsupuestotraspaso 血audulento delosbienesadichasociedad,S6lopodiaser reclamadaporlosacreedoresbancarios. 4・Con criterio sem部mte,Ciertamente el ぬllador distorsion61avoluntaddellegisladoryaplic6alraciocinio 16gico elinfbrtunio de unyerrojuridico dejuicio(iurisin judicando),Cuales puesto de presente por elrecurrente, todavezque,enPrlmerlugar71asituacidndehechoqueen tLltimas tuvo por acreditada,nO POdiaJuZgarSe COnlas nomas del desheredamiento sucesoral y que se instrumenta por medio del testamento,COnfbme alo regladoenlosalticulosl265a1269delC6digoCivil;Sino lasrelativasalanulidadporobjetoocausailicitaconbase enlaintencidn−Oelm6vil−depnvaralactordesuherencia que,en teminos prまcticos,Surgla de los actos CueStionadosparaelmturo;ySegundo,nOeSCiertoquela nulidadabsolutadelosactos,POrlaeventualburladelos acreedores,S6lopuedaserinvocadaporestos. 4・1・ En tomo alo prlmerO,indudable es que el actorno cuestion6un acto de desheredamiento,PueS SuS

PretenSionesestandirigidascontraunosnegociosJuridicos distintos,quefueronlascompraventaseftctuadasporsus Padres C甜los Cruz DomlngueZ y Cecilia Montesdeoca 16 Radicaci6nne76001−31−03−009−2000−00659−01 Alomla,afavor del 範rmaCruzMontesdeocayAsociados S.en C.,ademえs d OtraS tranSmisiones posteriores que estatlltimahizo ate CerOS. Amen de era imposible atacar un desheredamiento q en terminos directos no existi6,de atender que nunca hizoporelmediolegalqueloharia 業嵩器鴬霊宝霊宝詰窯 葺 1265y slgulenteS el estatuto civil. La confusi6n del tribunalradic6en a icaralasituacidnfacticainvocadaun por todo elque tenga intereS en ello》,eXPreSi6n esta que SuStituyd ala delaley95de1890(art・15),que impedia suinvocaci n paraくくelque haq/eCutado elacto o celebradoelconl加ato sabiendoodebiendosaberelz)icioque ioinUalidaba…》. 17 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 De ese modo,eS eVidente quelas partes,O SuS herederos,nO tienenimpedimento para alegarla nulidad absoluta del acto o contrato; desde esa ficeta,Si el demandante tieneinteres enla destrucci6n delos vinculos

encuesti6n,dadasucalidaddesucesormortiscausadelos Vendedoresoen劉enanteS,aSicomosuvocacidnhereditaria −que deja ver uninteres econ6mic0−,me desatinadala anmacidndeljuezdesegundogradoconsistenteenquela nulidad s6lo podia ser alegada porlos acreedores,que eventualmenteseriimburladosconlascompraventassobre losbienesqueestabmencabezadeloscausantes. 5・Contodo,reVisadoelataqueencasaci6n,eStimase qlle al範naldevieneintrascendente,POrque enVerdad,aSi fueraviableladeclaraci6n de nulidadno podriatenerlos efectos retroactivos econ6micos que pretende el demandmte,yqueSOnlosqueenbuenascuentasledmel interes patrimonial parainvocarla anulaci6n delos negocios,Obstrucci6n que emana del articulo1525 del C6digo Civil,que PreCePtda:《Nbpodrd r写Petirselo q叫eSe haya dado o pagado por un 041eto o causailicita a Sabiendas町 Convienerecord紬,COmOhareiteradolaCorte,quela Vulneraci6n delaley sustancial puede denunciarse en CaSaCi6nporlasvias directaoindirecta,COntemPladas en elnumerall delarticulo368delC6digo deProcedimiento Civil(art・336,numeralesly2,delnuevoC6digoGeneral del Proceso),PerO en ambos eventos el cuestionamiento debesertrascendente,Valedecir,COnduciralainvalidacidn

18 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 que de no haberin urrido en eltrasple,Otradebi6haber Sidolasoluci6npara elcaso2. De esa manera nadaganaelrecurrente conmostrar la in血acci6n de la ley,en SuS mOdalidades de 、interpretacidn err6 ea,aPlicaci6nindebida o falta de aplicaci6n,Sialcab laresoluci6ntienequeSerlgual,PueS manda elprecepto 75delpnmer estatuto citado,quela Corte《nO CaSardla entenciaporelsolohechodehal rse errbneamente mOtiu da,Sisuparte resolutiua se qiusta a derecho,perO ha d∴j厄 cornespondiente recttficacibn doctrinarta〉主 Precisi6n que iene a esta especie delitis porquela declaraci6n de nulid dtieneefectoretroactivo,PerOeSteeS inviableporelobjeto ocausailicitos. Orde conlo mmdado en el articulo Justamente,a 1746 del referido e tatuto sustantivo,la sentencia sobre ese pronunciamient da derecho alas partes“para ser estadoenquehallartansinohubiese 7℃Stjtuidas a!mismo existido el acto o contrato nulo;Sjh pe両icio deIo preUenjdo sobre cI O匂わもo o cαuSαiZtcitα”(inc・10・Se rop6sitocadacualdeberesponderpor resalt6);ParaCuyO

laperdidadelas es ecies o de su deterioro,delos frutos, 2Sobrelatrascendenciae lasviasdirectaeindirecta,Puedenverse,entre −2006(Exp.23001−31−03−002−1996−00076−01)y otras sentencias:SC−30−0 SC−28−05−2008(Exp.251 1−3103−001−2003−00100−01). 19 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 meJOraSydemasprestacionesmutuas,Sinexcluirloscasos fbrtuitosylacalidaddelaposesi6n,COnfbmealasreglas generales(inc.20). Es de verse,PueS,C6mo en elcitado precepto1746 hayunareglageneralpararestituirloI−dadoopagado一一Por las partes del contrato cuya nulidad se declara judicialmente,a mまs delo relativo a fhltOS,meJOraS y demまs prestaciones recIPrOCaS,COnCePtOS tOdos qlle Se enmarcan dentro delasllamadas restituciones mutuas; PerO eSaPautaeS Sin desmedro delas secuelas previstas Paraloseventosdenulidadpor《0却etoocausai施ta”,que remiten al articulo1525y subsisten en el sistema del C6digo,aPeS紬delayavistamodiHcaci6nde11742porla ley50de1936. De donde emma que si bienlas partes estan legitimadasparaalegarese defecto devalidez,nO Pueden tener derecho alos restablecimientos mqos,Cuando el

mismo emana de un obieto o causailicita que ellas COnOCieron,POrquelarestricci6n dispuestaen aquel(art. 1525)alno perm誼r que puedarepetirselo que se haya dado o pagado por un objeto o causailegales,COmO ha dicholaCorte,eSdeungrancontenidoeticofundadoenel PrlnCIP10Clまsicoqueimpidesacarprovechoorepetici6nde Su PrOPia torpeza o d0103・ElordenJuridicoimpideir en COntraViadelareglamoraldelasobligacionesquedesdelos rommos enseha quelaJuSticia se nlega a dar proteccidn 3Casacidncivilde22deenerode1971,GJ・2340,P・50・ 20 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 叢書曇龍器楽誓書SmmOS ejecut60dioentalcbmetido・ lnequⅣOCO COnOClmlentO delos contratmtes,POrque tuVO OCaSi6n de precisal esta Corte,talexpresi6n,entendida en su sentido natu yobvio(art.28delC.C・),quedebe Ser el delalengua やahola,SlgniHca《de modo cierto,a CienCiα Cierta〉),y ,POr COnSlgulente,《Se requlere un COnOdmient0 0年ie o un COnOdmientO一柁aiidad j浸れte.a deteminadohecん 6.Dentro esos supuestos de hecho que COntemPlanlas noi Comentadas,en elcaso subjzldice

tienese establecido e en elactor concurre elingrediente departicipaci6na− iendas,yaque,POrunlado,derivael derecho reclamado oheredero desuspadres,quienes, Segunelmismoinvdca enla demanda,fueron conscientes 4Citada enla sentencia e esta sala de14de Octubre de1982,CLXV,P. 215. 5Asiseexplic6enlareftri asentenciade22deenerode1971. 21 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 alefectuarloshechosjuridicose増uiciados que cal縦cade Objetoym6vililicitos,yde otrolado,eltmbienparticip6 en algunos aspectos delas negociaciones para crearla SOCiedad que,ahoradice,fue conlaexclusiva正nalidadde traspasarlelos bienes de sus progenitores para eludirla PerSeCuCi6n de acreedores,de talmanera que no puede Pretendermostrarsetotalmente劉enOaeSaSaCtuaCiones. 6・1・ Enefecto,nlngunadudahayencuantoaque eldemmdanteacttLaeneStePrOCeSOCOmO SuCeSOr mOrtis CauSade suspadres,PueS aSilo anunci6enlademanda, CuyaSPretenSiones,POrCierto,eStaneSgnmidasafavorde lasucesi6ndeestos血帖mos,yaSilosefectosdeobietoy CauSailicitosqueelatribuyealosrereridosactosJuridicos iniciales de traspaso,tambienle son aplicables a el,de

recordarquelosherederossucedenalapersonadifunta,Si es a timlo universal,《en tOdos sus bienes,derechos y Obligacionestransmisiblesoen言LmaCuOtadeellos...‖inc.lo delart・1008delC・C.);reglageneralqueluego reiterae1 1155paralasucesi6ntestamentaria,alcontemplarquelos aslgnat狐ios atitulouniversal,aligualquelos herederos, representmlapersonadeltestadorentodos susderechos yobligacionestrimSmisibles. Con raz6n ha dichola Corte que es su範ciente《la Z)OCaCi6n helでditaria de he7℃derosjbrzosos,O SiIIPleTnente legalesotestamenta7わS,paraquequlengOCedeellatenga interesJurtdico paTa qerCerlas acciones q叫e tenia su antecesor ypueda qeTCitarlas enIas misTnaS COndiciones que este podrta hacerlo si uiz)ieln..”,COmOla acci6n de 22 Radicacidnne76001−31−03−009−2000−00659−01 Simulacidn(SCde2 demayode1987),doctrinaqueopera Paralasotrasacciot S,POrqemPlo,ladenulidad・ Enelpunto bien ha sentado autorizadadoct血a, ideradoparalosagentesopartesdel queenverdadlo( negociocuestiona( ∋nulidadabsoluta,SObresuinteresy legitimaci6n para la,《Se predica respecto de sus nenede7℃S,pO S,COmO COntinuadoreS dela

pe730nalidaddea lesuceden en todos sus derleChos 飢αnSmisibねS,ent7 queestdeldepedirladeclaraci6nde れ諦idad;pe7℃COn CCi6ndenOpOder7・学Petirlodadoo pagado por su薗 c e,a Sabiendas delailicitud del αCtの6. 6.2. Pero Lbien debe tomarse en cuenta que el actor particip6 Lgunos aspectos delas negociaciones que ahora cuest ,POrque en COnCretO,elprop6sito de SuS Padres y her議s de constituirla sociedad Cruz Montesdeoca y A OS S.en C.,Se aPunt6 en su asarlelos bienes que tenimlos demmda,era traS enla posible persecuci6n delos PrlmerOS,mOtivado acreedores de elpor obligacionesquehabiarespaldadosu PrOgenitor・ Por cierto que sobre este particular t6pico,Puede VerSequeenlasent nciacombatidaseeftctu6unJuiciode Valorprobatorioen umtoaquedelascircunstmciasque rodearonlasnegocia iones,《Sei7萌ereporloやiqIloslnisTnOS 60SPINA FERNANDEZ, illemoyotro・Teoriageneraldelcontratoydel negocioJuridico・Bogota: mis,7aedici6n,2015,P.445. 23 Radicaci6nno76001−31−03−009−2000−00659−01 hechosnaTTados,laparticをaci6nactiz)adelactoryelplelW COnOdmientO deio rea舷ado,de manem que aan∴de

predicalSelanulidad,dichapartenopodrtaalegarla・・・”・ Enrelacidn conesto t6mese en consideraci6n que el CenSOraCePt61asbasesfacticas del細lo controvertido,en tmto eldebate aquiplanteado esporviadirecta,mndada en elyerro de negarlalegitimaci6n delas partes para reclamarlanulidadabsoluta,Cualfuedilucidado,PerOnO en cumto ala ya vista restricci6n de secuelas dela eventualdeclaracidndenulidadporobjetoocausamcitos. AsiconindependenciadelyerroJuridico encuanto a quelosparticipesenelnegociorespectivonopuedmalegar lanulidad,POrCuantOyaSeeXPlic6quesitienenfacultad Parahacerlo,laverdadesqueentodocasoelsentenciador de segundainstancia tuvo como probado que el demandmteparticipdactivamenteenlasnegociacionesen CueStidn y que tenia pleno conocimiento delo que se realiz6,aHrmaci6n factica que esintocable en esta via extraordinaria,PreCisamenteporquelare血iegadelrecurso tinicamenteesporlaviadirecta,enlacual,POrdemasse explicita alli,Se COmParte el analisis fictico de dicho JuZgador. Ysoloporabundareneltema,eSOShechosrelativosa laconfbmaci6ndelasociedadyeltraspaso aelladelos bienes delos causantes,nO eran aJenOS aldemmdante・ Cuandomenosconstaenunac紬taSuSCritayremitidapor

elalDr.Alberto BonillaArag6n,Paralaelaboraci6n dela 24 Radicaci6nn。76001−31−03−009−2000−00659−01 minuta de la soci dad,que Su VOluntad era que se incluyeracomosoci SaSuShijos,nOael,yqueadjuntaba unassugerencias(fb ios40y41delcuademo3)・ Tales docume t

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