CSJ - SC14-02-1997 135
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC14-02-1997 135
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1997
> > .BLICA DE COLOMBIA
000135
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA Magistrado Ponente: Dr. Rafael Romero Sierra Santafé de Bogotá, catorce (14) de febrero de mil novecientos noventa y siete (1997). Expediente No. 4756 Encuentra procedente la Corte el desistimiento que del recurso se formula en el memonial anterior. Ciertamente, tal solicitud la hace el apoderado de la recurrente en revisión, asistido de facultad expresa para hacerlo; el desistimiento de los medios de impugnación está autorizado por la ley (articulo 344 del Código de Procedimiento Civil). Habrá de admitirse entonces el desistimiento, lo cual trae consigo la condigna condena en costas para el recurrente, dado que no se está frente a ninguna de las hipótesis exceptuadas para tal efecto en el artículo 345 ibidem. Por lo tanto, se resuelve: Primero.- Admítese el desistimiento del recurso de revisión interpuesto por Nini Ortíz de Rosero contra la sentencia de 27 de noviembre de 1991, proferida por el Tribunal Superior del Distro
¿,BLICA DE COLOMBIA
000136 2 de Judicial de Ibagué dentro del proceso ordinario promovido por Yesid Guzmán Durán contra Nini Ortíz de Rosero. Segundo.- Por consiguiente, respecto de la mencionada recurrente queda en finme la precitada sentencia. Tercero.- Por la Secretaría agréguese al cuaderno principal del expediente copia de esta providencia, o alli mismo siéntese la respectiva constancia sobre el contenido de la misma
Cuarto.- Condénase en costas a la recurrente. Tásense. Notifíquese.
JOSE FERNANDO RAMIREZ GOMEZ > l
NICOÑAS BECHARA SIMANCAS
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JORGE ABI O RUGELES
: ZA DE COLOMBIA
Ñ 000137 ; hiprema de Justicia Expediente No. 4756