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CSJ - SC16-12-1991. 713

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC16-12-1991. 713
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1991

E A E GN CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Santafé de Bogotá, dieciséis de diciembre de mil novecientos noventa y uno. mm Se decida el recurso de roposición interpues» ta por la parto demandante contra ol suto de 2 de diciembrede 1993, wadiente el cual se ordenó correr trastado del escrito de fulldad presentado por la contraparte. t. Se apoya la Impugnación e que el Inciso ño. «del artículo 143 del Código de Procedimiento Civit, dispone el rochazo de plano do la solicitud de nulidad cuando s6 funda en hechas "quo pudieren slegargo como extepelones previas u u ccurrieron entes da promoverss otro incidente de nulidad e que sa proponga después da sapasdo?: que el motivo alegado cómo nulidad podía habersa presentado como excepción previa y que la porte demandada ya había propuasto otrog incidentes «de la misma clase f flo. 5 de esta <cgno,). 2, La parto pelicionarte solicitó que so manten" ga al guto.

CONSIDERACIONES

3. Ciertamente el stmeral citado dispano el rechazo de plana del escrito de nulidad, entro otfos casos cuando sa fundamenta en hechos que pudieron alegorse como ex E ciones La nulldos aquí afegada se apoya en la falta y 000714 eoroncia abuoluta de podor, hecho que el timos de lo pro» vista on el punaral 35, del srtícuts 97 de la esclficación enotada, puedo dlegórgs como excepción prev

ploro el incidente do la auib sústre que, cono lo sota el recureente, ls demandados ya habia promovido otros Incidentes de nulas, Eh fundamente do lo expuesto, la Corto Su» Hovucilve

REPQUER para REV

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ESLARDO GARCIA SAMISENTO

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

¿Y UPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION Civ. : VODF LS - o - Santafé de Bogotá, dieclsels (16) de diclemo ER bre de mil novecientos noventa, y uno (1991).- Examinada la, anterior | demanda de tutela, - CA . | halla la Corte que ella no se.aviene con los requisitos formales que para su ejercicio consagró el decreto 2591 de 1991. . “o Mr o y. En efecto: -. as, Dispone el artículo 14 del suprocitado decrer to, que la solicitud dicha, expresará, con, la mayor claridad posible, la acción o la omisión que. la motiva,:e l derecho que se considera violado. o. amenazado,” 1 el nombre de la autoridad pública, si fuere posible, -o del:órgano autor de la amenaza o del agravio, y la descripción de las demás circunstancias relevan - | tes para decidir ta solicitud. También contendrá el nombre y el lugar de residencia del solicitante” (inciso primero) [Subrayos de la Sala]. _ Requisito con el que no cumple el libelo analizado, comoqulera que su lectura pone de presente una serle de actuaciones

ludicloles que, anuncióndose como sucesivas, no se exponen con la claridad y precisión deseados al omitirse señalar las circunstancias que se estiman trascendentes para decidirlo; hácese Ininteligible, , verbji_gratia, el paso de - ' una a otra actuación, sin indicarse cómo, de qué manera y cuél el contenido ss y la razón de la decistón cor que, concluyendo cada una de ellas, justiflcase el advenimiento de la siguiente. | Á folta de puntualización sobre el particular, lo que ofrece el escrito es una yuxtaposición de actuaciones que, por lo mismo, denuncian incoherencia. Si, como lo dice el petente, la regulación de perjulclos cuya condena se impuso el juicio ordinario, terminó denegándose, tórnase imposible entender cómo se pidleron luego caplas para con ellas "insistir en su cumplimiento” ente otros funcionarios. Tanto, que el escrito no permite descubrircuál fue la razón para que se hublese denegado la ejecución Intentada anteotro funcionario, Todo, claro está, pugna con la norma trascriUUNTLR ta. Es Impertoso. por: consiguiente, ordenar que se hagan las correcelenes atiNS Pa rierites' al punto (artículo 17 ejusdem). En consecuencia, se resuelve: Ta 1.- Previénese al solleltante' de la tutela prenombrada, Serglo Camargo, para que dentro del término de tres (3) dfas, so pena de ser rechazado, corrija: la solicitud corréspóndiente, con el fin de qué

arroje la claridad y precisión echcdas de «menos según lo explicado en la parté motiva de este provefldo, y asf dé cumplimiento al artículo 14 del decreto 2591 -de 1991. yA Za 4 ro. 2.- Notifíquese esta providencia por medio de. telegrama,..aa .la. dirección indicada -en.la..susodicha. petición, y a partin.de. doo. fecha de su envío correrá el término concedido. t. la 4 “Notifíquese. » A mr .a |

“RAFAEL: ROMERO SIERRA 4 o ad o

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