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CSJ - SC17-10-1990

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC17-10-1990
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1990

s6. Secta TT

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION “CIVIL

Magistrado p¡ onente: Dr: EDUARDO GARCIA: SARMIENTO Bogotá, dlesistote dé octubre de-mil noveclenES Se decidi el recurso de apelación interpuesto por: da parte demandante contra sentencia de 7 de mayo de 19 90 proferida por el Tribunal Superlor del Distrito Judiciót de Iba= : gue, en este proceso abreviado promovido por JORGE: ELIECER BASTIDAS VARON frente. a. MARIA NELLY ALBA. | | - 1 - ANTECEDENTES - . : Y y a o + En escrito preseritado el. 30 de junio de: 1989, Jorge Eliécer. Bástidas Varón, por intermedio de apoderado Judiclal demandó. a. su cónyuge Marta Nelly Alba, para: que, previo el trámite del Proceso abrevlado,. se décretara la separación Indefinida de cuerpos de los cónyuges, se declarara di- Ñ Ey e . suelta la socledad' conyugal y sé. ordenára él registro, de, la sentencla en los follós de matrimionto y de nacimiento. de cada uño | de los consortes. —. . o 0 O

2. Como sustento fáctico $e expuso: a Los contendientes contrajeron mátrimonlo católico el a de enero de 1967 en la Parroquiá de, Sah Júdas Ta=. = 2 o | | | Ot 534 . deod e Ibague, procreando a Marisol, Jorge Eliécer y John Jalder Bastidas Alba, este én la ectualiesd amedno,r.

DD Las Salsas de separación de cuerpos son; ta. El grave. e injustificado Incumplimiento de los deberes de esposa, por cuanto: desde hace aproximadamente trece años, O sea por la época en que. -el menor John Jaider Bastidasse encontraba de meses de nacido, ta demandada abandonó absolutamente sus debsres de esposa para con: su cónyuge. Po > o Zas Los ultrajes y el trato cruel.” "3, Adímitida la demañda, se ordenó corrórla en traslado a la demaridada, quien se optisoa las pretenslonas ; aceptó: unos hechos y negó otros y señaló qué “quien abandonó el hogar fuo. el demandanteo: c omo se de] moA s tra ara ". +. 4 Tramitado él proceso, el Tribunal dicto sentencia desfavorable a las pretensiones. 4 - LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL 5 Ela que, luego de "resumir las. pretenslones y los hechos, dé hacer referencia a la posición adoptada por la demandada y el trómito que se le dió. al proceso, advierte que el matrimonio entro las: partes en contienda no ofrece duda 'alguna, ya que emerge dal registro 'notarlal adjunto a la. demanda Introductorla, o o o | Y tras señalar que están satisfechos, los prestú- +00 535. puestos procesales, asevera: -REJ artículo 60. de la loy la; de 1976 (artículos 156) disporio que el divorcio sólo podrá ss er demandado por al cónyuga Iriocents, es decir, por el que 1 no > haya dado lugar a los hechos que la motivan, ordenamiento este aplicable” Igualmente. a la separación de cuerpos por “mandato. - del artículo 18 de la misma ley". : > Seguidamentedico que la demandada al darla contestación al _pllego demandatorlo, niega: las inculpaciones que le hace 'el demandante o sea el abandono de. "sus deberes da esposa y el trato. cruel: «para. con: ésta, afirmando. que: fio: el demandante quien abandonó el. hogar, trayendo. como respaldo las declaraciones de Mara. Bertha Valanela -de Chiribl, -Blanca Isbella Manriquedo Gutiérrez, -Nally Valero vda.de González. y Dloselina' Murillo «de Celemín, "quienes dando razón de sus dichos, como que fueron vecinas de la demandada. cuando: convivía con su esposo el demandante. y algunas; la 'brimera y última como. 5 arrendadoras, deponen sobre-el comportamiento del demandante para: con su esposa que no. era el.correspondiente a. un esposo: cumplidor de sus deberes, ; "como que la. maltratada: de palabra Y - obra y no le daba to ' necesario para. sl. sustento, dejándola, “ábane donada y obligada a dejar el sitlo donde. wvlvfan -porfalta. de-paContinuando. en su análisis probatorlo,cli5Ael Tribunal los. pasajos más Importantes de. las declaraciones recibidas a. los testigos. ya. menclónados «Juego de lo cual sostiene: “Como puede apreciarse, los. testigos. referenciados ' ponen: de presente un “manifiesto. Incumplimiento de sus. daberes de ésposo y2 536. padre de parte del demandarite cuando convivía con la deman dada, como que resaltan su Irresponsabllidad y el mal: trato » que dispensaba a su esposa, legando a abandonarla con sus hijos en todo: sentido; pues ni el arriendo le pagaba y asf tuvierón que abandonar en dos oportunidades la habitación que ocupaban". Ye al referirse a los elementos de convicción prosentados por la parte demandante, precisa: Por su parte - al actor trao en su apoyo las declaraciones de Lillana MarfaDíaz, Orlando Sereno Vela y César Augusto Ramirez (cuad.2 «del proceso) quienes. expresan que los esposos: en-contlenda no viven. actualmente juntos perque. hace. doce o trece años. la demandada lo abandonó y.se fué con otro hombre, agregando, que peleaban' mucho y ella lo tratába mat, suponiendo que, este. fue el motivo para no vivir juntos hoy far. %4 "Ante estos grupos. de testimontós prosigue el a quo -aprecta ta Sala-, que mall puede predicarse ta Indcencla del. demandante Y por el contrarto se vislumbra clerta culpabilidad de su parte. en la situación de hecho planteada en la: de- “manda, al. menos, una circunstancia justificativa de la conducta atribuida a la demandada, es decir, que, si en verdad resulta establecido el abandono físico. del hógar por parte dé ésta, dicho abandono encuentra Justificación en parte: por ta conducta del. demandante de que da cuente la prueba testimonial aportada al efecto Y por sabido se tiene que el incumplimiento de dos deberes conyugiles emanados del matrimonio. (art. 113. del C.C.Jpara que habilite la "separación de cuerpos, requiera a más. de ser grave, que sea injustificado, circunstancia ésta que no se, estae blece a satisfacciónen el evento en éstudio%,. - Y en respaldo de su aserto transcribe en lo pertinente la providencia de esta Corporación de. 01.12.87.

Con relación a: la otra. causal invocada en la demanda, afirma: “El trato cruel y maltratamiento de obra a que se hace alusión en el pliego. Introductorio. 4 num, 30.del. . art. 154) sin determinar fecha de los mismos, «según la ver -.

A a sión de los testigos. aducidos por la parte actora se súcedleron: hace. más dediez años, por manera que ma) pueden ser, tenidos en. cuenta como fundamento de la. “separación: suplica da, pues bien. puede: “decirse que se ha operado: la caudicad, en relación a dichos eventos". Concluye señalando que como por rilngúna” | parte. de la demanda" se atribuye a la” demandada relaciones AN sexuales. extramatrimontales ( núm. lo, del arto 154) comó - parecen darlo a y entender los testigos aportados por el deman" dante, ninguna: consideración cabe al réspecto,

MK LA: IMPUGNACIÓN. ss eN la inconformidad del “Impugnante. radica cardinalmente en lo .slgulente: A Qué la pretensión principal se fundó en estos hechos:- el grave. e injustificado Incumplimiento de. los de- : beres de esposa por. parte de la demand tada; los: ultrajes, ela a A trato cruel y los maltratamientos de obra, poniendo en peligro la salud y la Integridad. corporal de su marido. - bJ Que el abandono de los ¡deberes que se le imputan a la esposa, lo mismo que los ultrajes y maltratamientos de obra, están plenamente probados 'en el proceso mediante los testimonios de Liliana Marfa Díaz, Sereno Vela Orlando y Cé- sar Augusto Ramirez,- quienes. señalan quel a demandada abandonó a Jorge Eliécer Bastidas yéndose a vivir: con un hombre hace 13 años, que en la actualidad convive con el mismo, habiendoprocreado una hija. de este hombre y que ahora viven los tresbajo un mismo techo. Y que los testigos afirman que “Jorge Elté cer: "Bastidás desde el abandono por parte" “de. su “mujer viene viviendo con sus padres. de a c) Que. también. aparece.. de las declaraciones, a que orga. Ellécer Bastidas cumplla con 'sus obligaciones de espos0y padre por. la época de la separación: y aún “vela económicamente por sus hijos, cumpliendo de esta manera a cabalidad con los deberes. de padre. aj Que al “abandono de lás : obligaciones de esesposa por parte de Marfa: Nelly" Alba se le suma la infidelidad, lo que hace: que los “cargos con 'que se sostiene la contestación de la demanda plerdañ el carácter de prueba: suficiente para decir. | que. tanto el uno como el otro de los protagonistas están en Igualdad de derecho ó por el 'conitrarlo el que ha: ocasionado la causal para la separación es el demandante, a quien se le resolvió. en - - forma desfavorable las súplicas de la démanda..

AC + Ed dl - o ee Re mk sai he 5 a 1 >, 0 4 + El señor Agente. del Ministerio Público, tras el Juiciosoestudio que presenta. pide la confirmación del pronunclamiento atacado. CONSIDERACIONES DE LA ¡CORTE . To Los presupuestos procesales: de demanda en forma,: capacidad parsa. ser parte, capacidad procesal y competencia no admiten. reparo" alguno; por. ende, procede a la Corte a: decidir. el mérito. de este asunto, e La “Tegitimación en la causa y la existencia de > . y a a. ner la sociedad conyugal. quedaron debidamente. establecidas con el e ci acta notarial de matrimonio aportada al proceso, Bs . no. + nos o as El Agénte del Ministerio Público. conceptuó «e n forma desfavorable. a ta separación: - o E Dos “fueron las. causales. invocádas Por la parte: actora, para: suplicar la «separación: de cuerpos: el grave e injustificado Incumplimiento de los deberes de esposa, y los: "ultrajes y trato cruel por. parte. de. ésta hacta su. esposo. E A, El a quo o estimó Que se habla operado |l a caducidad respecto de los ultrajes y trato cruel, Y como el recurrente no atacó esta. conclusión del Tribunal, sígueso que por lo dispositivo del recurso de apelación la Corporación carece de. competencia para asumir. el examen de esa causal. A - Són cáusas de divorcio 8 y de separación de cuerpos por la Fémisión del artículo 165 Ibídem) ....2. El grava e injustificado Incumplimiento por parte de alguno de tos cónyuges, de sus deberes (de marido o de padre y de esposs o demadre”. Acerca de esta causa de 'separación, tiena dicho la Corporación, debe-anotarse qué se refiere.a la omisión de uno o más deberes que. cada. cónyuge, tiene para con el otro o para con. sus hijos, con la exigencia: perentorio de que éste Íncumplimiento debe ser. grave e injustificado, por loque, a contrario sensu, no satisface. las previsiones de ley el “abandono momentá- peo por razones que: carecen de gravedad o la incapacidad para atender esos deberes por causas ajenasa la voluntad de cualquiera de los casados; además. debe ser Injugtificado el comportamiena to, porque es. apenas obvio que si fue el otro cónyuge guien obli- | da su consorte a incumplir con. sus obligationes: por. actos Imputables a aquél, mal podría. valerse de tal situación para demandar

a quien si bien ha incumplido sus deberes lo ha hecho por esa razón. Y no por su propia voluntad. o "Cuando el confileto ¿onyugaltdena origen en la conducta de uno de los. esposos -tlenodicho . ta Corporación, - Éste será responsable - del decreto de “soporafibn de cuerpos,sieste comportamiento. tiene por causa da actitud del otro. cónyuge y asf se pros uce el problema, éste será- Fospensable, de la medi- . da, PUES. el incumplimiento. de os. deberes. del segundo ha 'sido” | provocado. por el comportamiento del primero, caso en el que se: estructura una. justificación, no atendible respecto de la obligaES ción recfproca de fidelidad: de aquellos «c uyo cumplimiento consiste en una abstención, pero. si respecto de los. demás, como la cohabitación. t art. 178 c. E. J Igual solución habrá de darse cuando uno provoca. el Incumplimiento del. otro y simultáneamente falta a sus deberes con conducta diferente . eo.” (Cas. Civ, 7 noviembre de 1986).

Na . EN : asi bien es cierto que cualquiera de los cónEN mm > yuges: puede solicitar la separación de cuerpgs -háse dicho también: por la Corporaciónfundado. en una o varlas de las especificas causales señaladas por la ley, no es menos ciertos que ta titularidad. de dicha acción radica en al cónyuge inocente, o "a - sea que. solo puede demandarle el cónyuge que noha dado lugar a los hechós que ta motivan, pues que el derecho nl la mo- , según lo tiene dicho le doctrina de de Corte, pueden autorizar al cónyuge culpable para suplica la separación con fundamento” en la flagrante violación que éste ha hecho de sus de- » . beres conyugales" (Sent. a de octubre de 1980).

A e + “9, Enel caso sub análisciomso ,l o póne de presente el sentenciador de primer grado. y lo observa “Igualmenmente el Ministerlo Público, la demandada dal “como se presentarón loshechos en da época, en que cónvivia con sú. esposo, se: vió compelida a abandonar la morada: que en ese entonces ocupa ban, pues. el comportamiento del actor, sel: trato que le: daba a su. cónyuge Marla Nelly. :Alba. su incumplimiento e' n el pago del. arriendo y propiciaron que ésta. buscara otro. ¿lugar a donde vivir Y vive actualmente con sus hijos. “Esto. es “lo que. se > desprende de: ta prueEba testimonial practicada a instancias de la parte demandada. > - z o 24 Ñ Ao. o, , IN . . si las cosas. así sucedieron y a la parte: A o demandante ee n el escrito de sustentación. del recurso 'no com- % bate esta “apreciación del Tribunal, como. tampoco lo dicho por los testigos. presentados por la parte demandada, se _Impone conclutr que el fallo del a que. resulta Intocable. en cuando a ese extremo de la decisión se reflere. o EN " |

Bien. es. verdad que Ullana , María Diaz, Orlando Sereno Vela Y Césars Augusto Ramirez «son enfáticos. = en afirmar que: María Nelly Alba abandonó: la. su esposo Jorge.

Eliécer Bastidas. a: ralz de que se consiguió. otro. hombre. Y también. lo es, :que' MarfaBertha, Valenela de Chiribf y Dioselina. Murillo Celemfh, declaran: oe yo, le arrendé un apartamento, |e stando. ya casados! en mi: casa ivieron .cuatro AÑOS...

Pues yo a veces los ola discutir. ¿por ahí por las noches y ella. me decía. que era que él no le:daba nada y yo si creo porque en realidad pues ella. se, vino haste debiéndome, dos meses, de o arriendo Y. la: quer me pagaba. er oña AN elly ..-- Ella fué la - ! que trastes sola, como él no vivía «constante. con ella sino que venía. por: las noches y. discutlan y volvfa.- «y se > Iba. A, ev. vierón ellos en “mb ¡casa ubicada en. la Cra. 2a. No% 29- -64, ocu paron el apartamento No. Y vivieron ahí unos elnco años y se -= fueron: de ahTÍ porque el señor Bastidas dejó. de pagar el arrlen- | “do, yo en varlas ocasiones pasé: a la Universidad a cobrarle el | arriendo pero al no: me pagaba y entonces" se fueron de ahf ... El le pegaba, la ultrajaba ee n palabras y le pegó y hubo que In.

543 tervenir y él era más bien un irresponsable. Ella si era de hogar, permanecía en su casa culdando los hijos. fué una señora que levantó sus hijos, sola io.” No señor ella mo, to abandonó, | e fue el que la abandonó y y “esto me consta porque silos vivían en mi casa y er se fue y no volvió por eso , fue que yo tuve que ta In a cobrarle después el arriendo que no. me pagó. A Marta Nety me tocó pedirle al Apartamento y perder los. meses que deoa < bla cota 1 y da ys No.3). o ES A? AS >. | | o : Los, ariteriorós cisinontos colncidantes y responsivos. en los aspectos más. Importantes: ¡de 'sus. declaraciones, como que: provienen de las. personas que más cerca: han. estado de Marfa. Nelly - Alva, ora: porque. vivían, én. elo mlsmo: inmueble: a - donde residfa: con su marido; bien «porque: existía, una relación contractual. que las, unta, viene a demostrar. que en la. época: en que convivlan consu cónyuge, éste: Incurrió en un. maniflesto. incumplimiento. de. sus. deberes de «soga y padre, ya que no provefa a la subsistencia económica del. hogar, desatendía elpago del arrendamiento del. Inmueble. a donde habitaba con su - % familia al punto de “que. lo abandonó sin satisfacer las. rentas co7 tf. rrespondientes,. ultrejaba de. palabra Y. de obra. a su esposa.

sé a PA mNo Sa . 10) | De esta manera, cabe precisar, que Como, - como. aplicación - de las: reglas de la sana “crítica en' la ponderá - ción de la prueba testimontal debe dársele mayor. «credibilidad al testigo que percibe: directamente. el hecho. Y, señala las clrcuns=- >, tancias de tempo lugar Y y modo en: que e h9a : surrido. ¿ 544 los testimonios. de - Ullana María Díez, Sereno A Vela Orlando. y Augusto Ramirez, no desvirtuan lo dicho Por. María Bertha Valencia de Chiribr Y Dloselina Murillo. Celemín, en “relación con los. motivos que dieron lugar. a la separación de hecho. - entre los cónyuges en razón de que no fueron exactos Y completos, ya que las respuestas dejan clerto margen de Incertidumbre en cuanto al hecho mismo .del abandono del hogar por el simple. deseo de compartir su vida on otro. hombre, siendo asf que existían otras causas "probadas para hacer dejaclón de aquél, y además se omiten circunstancias fácticas que eran influyentes, o relevantes en da cuestión. Iitigada, tales como. so | viviendo en. una. ¿casa en alquiler cubría en oportunidad: los arrendamientos, o siendo morador de éste dlarlamente se roynía con su esposa e nijos, o yendo en plan. de visita observaran un , comportamiento contrario al que señalan las declarantes Valencia, de ChiribT y Murlllo: Celemín. | "Como ya lo. ha. dicho esta Sala. en, providenclas varlas, según el sistema de la persuasión racional el poder.

demostrativo de la prueba testimontal se examina en función de ser las declaraciones. responsivas, exactas y completas. Es res- -ponsivo el testimonio, cuando cadá. contestación se relata: dando la razón: de la lencia de lo dicho, con. explicación de las circunstanclas. de tiempo, modo. y lugar: en que haya: ocurrido cada hecho y de la forma como llegó al. conocimiento del deponente; exacto - - cuando. la respuesta no > deja lugar a Incertidumbre; y completo, cuandó la deposición no omite circunstanclás fácticas que pueden: ser influyentes o relevantes. en la cuestión iitigada" (Cas. Civ. 28 de marzo de 1988 G.J. No. 2195 pág. 123). 3. - - Según. el dicho de los testigos presen= tados por la: parte actora, la demandada habria Incurrido en. relaclones. sexuales extramatrimonlales al estar. conviviendo, conhombre. diferente. a.su marido. Empero como. la Infidelidad precitada ho fué hecho sustentátorio de 18 demanda, esa razón de=. termina que la sentencia no pueda edificarse sobre ese extremo fáctico. e | Señala el recurrente. que el demandado por la época. de; Ja. separación: cumplía con sus obligaciones. de esposo y padre, y aúnvela, económicamente por. sus hijos cumpliendo a cabalidad con, los deberes de padre. Empero cabe, advertir imporie a los ebriyuges. un , conjunto. de obligaciones «q ue deben ser observadas en su totalidad por éstos, y que. Incumplléndose una de ellas, se Incurre en abandono. de los deberes conyu= % gales. respectivos. o o N o k - Desáhf, que si el esposo cumple parclalmente. ¡unas obligaciones. y deja de atender otras, cae necesarlamente en Incumplimiento de. los. deberes de marido. o seo no es 'necesarlo para. que se _coñfigure la causal precedente “dico la Corte refiriéndose a la causal la, del artículo 154 del C. .C. + que el demandado haya incumplido. conjuntamente los deberes. de marido y de padre: o de esposa y madre, tampoco que haya omitido. cumplir con todos. y cada uno. a de los deberes. paternales. El incumplimiento de uno. de los. deberorse s.” ya en su condición de - cónyugo ora en. calidad de padre 9o - . 5 4 6 madre, pueden abrirle paso al buen suceso de la pretensión de separación" (Sent. de 23 de marzo de 1982). o Tiénese entonces, que el. fallo apelado debe confirmarse, .con imposición de costas a cargo del recurrente. Í. DECISION | Por lo expuesto, “la Corte Súprema de Justicla, en Sala de Casación Civil, administrando Justicia. en nombre de la República deColombia y por “autoridad de la ley, CONFIRMA la sentencia proferida el 7 de mayo. de' 1990 por el Tribunal Supertor. del. Distrito Judicial de Ibagué. Las costas del +r ecursó son de cargo de la parte demandanto.. Liquidense. A »

Cóplese, notifíquese y. devuélvase oportunamente,

RAFAEL ROMERO SIERRA --

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- EDUARDO GARCIA SARMIENTO

“CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHLOSS

A A A AA e

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- PEDRO LAFONT PIANETTA

HECTOR MARIN NARANJO -

- ALBERTO OSPINA BOTERO

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