CSJ - SC17-11-1961
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC17-11-1961
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1961
3 Arras oi 892 GOD GOENDIA 1 SUNZICIA DALá 13 CAJAOI07 CIVIL | [ Cogiotralo ponontos doctor CUNTAVO PASADO e FM2Ci ) BogotDáe ,Le s diccisde tnoovtiorobr a de oil novocientoo cononta y “no. So dacido0 1 rocurao do casación internucosto» por la parto denmmárda contra la contencisl e sogunda inotensia proferipodr ae l ?ríbunel Cuporior dol Motrito Judicial de Tha gué, con fooha 7 de novicnbro do 1959, en 0% juicio oráínario. ceruito por Bronia fedríruca on prod e loo inmpúberos Daría sio Ascongién y Inig Rotrígues contra la pucenión ilfquida do Or = londo Modina Modinas ” o | 2.” Ante al Jues Civil Gol Circuftod e Guaro y Lirouia fodríguess en eu calidad do usáro notural de las inpúbe roo Ularía Ancengión y Inia dol mieno apollido, demandó a la o coción 1líquida4 0 Oriondo Codina Doddna on lap porspenos da ya cónyuzo cupératito, Flor Alba lsrtinos, y do su inplbor hija logftima, Dioy Piodad Codina Nartíines, para quo sc hielcron «+ dico oícuientoo declaraciones: Cuo lao iomíboroo Daría Acconsión Roárígues y £nág Rolríguocson bájos roturalos 801 finado Oricndo MadinaPotina y do la poticioraría Lrenta Todríguos, pronroadas cuan= do al prácoro so hallaba en optado do noltorfas quo, Gcncocuonoialnento, los roforiáno ronoroa ticnon dorccho a intorvonir on el julciol o suecnión de Orlanse do Dodira Todino, on colianá do hijas naturaleo de Écto y DO -» partitipas do cub bícrose n da notída dogol5 quo ve ordeno 61 notario sontar en el iibro do +eciotro Gol cuotado civil, 129 dilinonaian cofrospondiontao a la rocolución fovorablo quo rocaicas : 1 N I +2 893 quo eo Gicponza ol rogíctro de la contereiagy ] quo 20 condeno a la denondada on costag, olc0 opuotaro . | Zen Toto pedimonto so asontó cobre leo siguio, tes MUCHOS: | | Quo dondo ol año de 1946 hapta el do 1954, = Orlando Codina Podina y Dremía Fodrícues hicioron vida marital econo marido y rmajers on contínuso rolacienoo coruales, on ol paraje Dl Suspiro, fracrión CGuimbayo, corroginiento de Poyorad, jurisdicción dol finicipio de San Luto, on casa de Coforino na Aricuos y Purificación Codina, radroo do Urenia) - quo de talos rolecíones soxualoo, frecuentes Y eotabloo, fueron hijas noturaleo las menores María Asconsién y Eniá Roárífuos, nocitap cn Poyaneé, 01 15 do agosto de 1950
y e1 10 do narso do 1953, roupectivanente; quo pruota do ello con lag partideo de noel a cionto de la manorog, on que sparoéo que fue procinanento Ur lando llodino llogino guion hiro las donunetas respoctivasf. que Órlendo “odino Hogina, dendo quo dnició a los rolacionoo pexualeo cón Erenta Dolríguos hasta cuando $0 » tao torsinaren on ol nilo da 1954, vivió mnrítalmonte con olla, on easa do log padreo do la oiomo y cón ou consentimicnto; y » Qquas si on un principio no la uvotenta dol todo, aín ombarco e frocucntonaánto lo punániotrabo prondas de vosti» y lo prodiro. ba teda clage de atenelenon; quo cuando lao nonbredas menoreo nacioron, ca casa do los padres de Trenmás, Úfiendo aterdió do Qu potrimento a los gaotos de nacimiento yy leozo, de menora conptanto a les úo crimmza do lao otorgo, a quienos rogaloba son sun caricico, gocendo de los placoros de la paternidad; ques etondo do lan denuncias de naciolentopor $1 afeotuadas anto lao oficina orgnrgodos del rogiotro '» dol astado civil, lao astas de bautiano do lan niemas ronorco rr 894 «Je fueron patrocinadas y footejadso por 01 propio Orlando, on ou condición de padro natural de » ollast | que Sromia, on qu colitod de ocopofera do
Oricndo, frecuentodala esca de log padron y » hermango de Soto, en la hacionda 22 Zonarindo en Payandó, done do ora atendida por aquéllcoen forma cordial y gonorova, pri. moro nola y pontoriormento con gus menores hijas; - que la fomiília de Orlanáo no cólo recibía on gu casa a Eremta y a qua diehas nijas, elno quo las ayulcta e con regalos y sincoras manifestaciones de afastos | quo Úricndo contrajo matrínenio cn Ibarud Ole 6 de onerade 1955, con la noñoráta Flor Alba Martires, do cue yo mstriconio so hájo lopítina Dley Plodod llodina Unrtinos) quo Orlando falleció intoctado en Fayondó ole 25 de marzo dol siena añde o195 5, on quo quelaren su cónguro y Ou hija legítára roncionadas on ul punto insodiatanonto anta rior, eomo roprocontantoo de su gucenión, cuyo juicio adn no « to oido4 nioicdos y | | ques sl morir Orlando, dojó varico fincas y » ccnovientosde qu pertenencia, an 01 caserto de Payandó, de la jurisaleción Municipal do San Ius. Coco fundanentos do ÉLMIORO sustancial co ile vocaron los artículos 1494 y ciguientos dol Código Civil y los portinontoo do la lay 45 do 19%. 34 En su contestación, la parta docaréada contradigo o denconoció los hochos funtorentalos de la acolón, )+ nogó el dorocho alogedo por la netora y, en cuna, dijo menorca
33 a gus pratengiornos.,, Con producción de pruobas, solicitados Única. sento por la parto doronárnte, dooorroliése la prinoro inotene cia, que culninó con fallo por ol cual, acorióndosloas poti » siones do la Soncnla, se doclara lo giquiontos 1 bien CEBO: lo Jue los monoreo inyúborop Corría Anecn me cién y Entá Rodrfcuoa con hijos dol causante sodor Ortondo gw dina Mlodiny ad o Eronia Rodrigues, engendraádoo on ontrdo de .» boltoría los progenitoros Í oie. )a | 12%, Guo los menoras laría Ancenoión y Inia _Nodráguos tiénoñ dorocho a intervenir en 01 juicio de susonién do cu finado padro notural, en tal calidas y a participar en e la proporción establecióan por la loy do 1lón bienon dol caunan» o Griando odána U. "30. lo ordona librar dospacho al soñor Jota rio, a fin do que tomo nota de cota sontoñoda y haga los anica tos del cano on loo libros pertinentan. | "4%,S o ordena Igualmentos el rogintro do ey ta contonoein al a Ofidce Iinstnrumaont oo Públicos y Privado do cute Giroútto, | 52,4 Condónago on costas a la porto dorandas da". | | 4 Da ol pogundo grado dol juicio, tramitado por bpolacióndo la parto domandadas 01 fribunal profirió la e sontenetad e 7 do noviendeb r19o99 , por la ounl so GEJPIMNA
la tol inforior y se tondonaon las gogtas correppondientos a la parto vencidas 0 54. Bccurrpoir dooll a on cancción onto pro » nunsiantonto, procodo la Corto a la definición del caso, JA BRUESTOIA IMRUCNADA El Fribunal, luegod e proponorso la pauta del _Oxtraordinorio cuidade «on que el jusgadorha de procodor onlap cousas sobre indogoción do la poternidad natural, ronitión - doce on al puntoa la doctrina do la Gorte concigmade tongio do espación do 16 de octubre de 1943 ( 191, páno. 202 3, adviorto quo en 01 easo del pioito so imponeel hocho 4e que » entro Órlcndo edina y Drenia oy Trenta Rolrímos 20 anudaron jr 296 “rolscionos coxualos cotabico y outensiblos, de índolo ccrcubinaria y dentro de las cuales so oriciné la exiptencia de las niños Carta Aneen ción y Timid Totríruos. im el ostatio de la pruobos clasifica lon ES testimonios, por la inportoneia do loo puntoo EDDFO QUÍ VOFZIMS poís 31 grupo de arco £e Acoota, Arturo Sutlorros Sapata, leidora Alvío via, do Peña, antonio Cuico y Abacue Op pina, quienos otootiguaron cobre las rolecioneo pricero do auipted, luego de anor y finaleento gormuales que se trabaron en
tro Urlondo Llodina y Zronia Podríguen y 4o quo nacieron Usría Asconsién y Ini4 Rotríguez, poro, del cuni conjunto de decla rentoss dico cl jugador, que "no señala un tienpo prociso a e coreá del notorio y ostengiblo cencubinate que forcaron 0020 a1 fuoson nario y mujor Mlchos cancubinos. porque corón ellog do loo amoríos de la juventud pagaron vin solución do ccrtinui, dni a la vita coritol y a las roleciones corusles eatablos, que tuvieron vigencia hasta poso entes %0 morip el sazor Orlendo = Codina Msdina, Útro grupo formado por los testicoo Efraín Ola Yas Pastor Toconogra Banfros, Isafeo Cuóilar y Plinto Sanyedra Potia, quicnos, adezdo de puninistror irferroción táéntica n la dada por los anteriores, ofirda el Zritaral » "of coñinlen cía e menos una época Gantro de la cual taloo atontocántentos 2000 » cioran”, es a cobor: que, según Olaya y Bocanegra, equollas rg laeciores soxualeo duraren on forma contínua unos celo años7 ay ón Cuéllar, unoo dica años ás e nenoos y sorda Cagrodra, sá de soío años, época concubinaria dentro de la cual nacioron procícacento lao nenoros de que s0 tratas En estogoría especial, conpídora ol contenciador , das Gcelarcrliones de lao hormonas do Orlando, colorso DÍanca =
Codino de Dodríguos y Oliva Todina do Dotrípuos, quíenoo, fu9e e PE qm Co oB97 ra de dar tootironio cobre sus mmorfos y relacícnos soxuslos » ontavleo con Lronáas roleciones Sota quo duraron hanta OU Ajo | €o Orlando murió", ateotisuan tonbién quo “lag dos poquofinabregucto do aquella barraganta nucicron dentro de la oxriston = cía y vigoncia de la vidn marital que hicieron Orlonto y ErQbla, y coanifioston esas soñoras que reconocen a las dos hidao de Brenia cono a 2uo Gobrinass",, Pnalmento se ocupa del conjunto constitufdo por Bolén Oopina do Liévano y Rosa Boraúdes do Serna, parterao que atondicron rorpoctivanente a Ercnía en los elunbranientes de cun dos hijas díohao Y que, al deponer sobre anta cucatión, ronifliostan haber cido cun sorvicios retrítuldas por Orlsmto Cotino. 4 que ce egrogo la declorseión de Pugenta Villanueva , quicn montfonté haber cyudado a 201én Ospina ón eu dolícado a nontor. Seta 00, en síntecio, la visión por 61 Priby nal, de los tertinentoo aducidon al debate y sobre cuyo poter de convicción ce expreca asts Wales taotirontos cenvergon a la domontra vién inobjotable do que cvitontomonte oxteti6 91 cencubimatoostensible entro aquélico ciudadanos y de quo evidentemente «- las rolaciones gorua] toyercn un acontecámion to protuborente o inocultado dontro de aquel pequeño conglonen rato special conptitufdo por los habítantey 801 cas orto que us 01 oceoenario on dende Gcurrioren talos AC re 9.uos "Por otra parte, eo muy oignificativa la ciy cunotaneta do que hubioro sido el propio Orlando Hodina quien acuélora anto el Inspector do Poltcta de Poyandó, en el muni » típio do San luis, a regiotror el necimiento. do Wmrfa Asconotón oe 1c uo q uih ni cj oa n doa tu ar ga ol s tod e deD re mn áli o noL vo ed cr ií egu no ts o, s n ca ic ni mn ui eno tn at o (q 1u 9e 5 0a nc ),o di Yó el nicro triondo ante el mismo Inspector an ese lugar hiso ro. ciotror ol nacinionto do Enia, hija notural de Urenta Borg . guez, quien nsció ol 10 de narso do ie roo 11 baraja probatorio dem antra puc, da » nenota indubitabio, eos rolecionop soruslca » cotables y el nocimiento de las púrvu! que aquí so trata, dentro de la vtigerneía del concubinato, y por conciguionte había cobrado ragón pará que » cl Juzgado dol conocimiento hiciera len declaraciones do filia ción natural que lo fueron impotradas on la Gonantas, El recurrentos aítuéndoco en la órbita de la
tegucol 15 401 artículo 520 del Código Judtcial, hochas las alo gcelones que ge verán luézo, oostieno que fueron infringidospor el centenolador los artículos 665 y 702 ibÍdon, 4% de la a doy 45 do 1936 en su munoral 40, 393 dol Código C1vil y 18 de lo loy 45 do 1936, la cuogtarcía da qu disertación seusateria 00 rogunzo fiolrento, así: Quo tades los declarantes, a oxcopeión de Rosa Porrádos de Sorma, "coro si ostuvioran recitando una lección . aprendido de antonano, pero sín dar la ranén conorota do 0U8 » dichos, ná sspresar o precisar oiquiera la época en que enpeseron a Tornalícaroo les relacionen, prinoro do anistad, luego cmoreseo y por último carnales, entre el causante Orlando Lodi no y Lronia Hodrígues, afirsan do mato amas | : z £on hoga en lag ronoron , Anconción y nia Sodrfguos, 159 ques una vez mur to su proounto padro, disque fueron ayudadas on la oríanea por lao hermanas de dicho caucantot; ques sogún algunos do los deponentoes, la vida eoneubinario do Orlendo y frenia se llevó cani toda en la f4n ea “Bl ?amarindo y, según otroo, unas vecós On essa de lap» prárea de Dronia y otras en eoga de los padroo de Orlando,pore |
pa "899 sin procicor los fcchas o épocason quo tales kccton nusodios » Tang que aigunen do loo tootigoo tratan de roferir que Orlando tezaba dineros on préptano para atender a los soptos de su con, tubinato, no obstante quo figuraba con fineno y era honbre de norocíoof y ques adoráa, ¿icon que Orlando presentaba leo rong rep Accongién y Iniá cono híjao suyao, a eun feniliareo y Onis ges. Es decir, que oe ka protondido establecer con talos tocta mentos la postsión noto; : dichas toneroo, rospocto de Orlando, ain porcatarso de que pa ra la ceooproboción do eos cotodo se noceniten dica ( 10 ) aos continuos? - | quo, sin enbargo de afirmarso on la dencia que Oriando y Irenia Ficioron vida nmaritol en el parejo de "ml Suopiro", fracción "Guimbayo, corregimiento la Poyandó, de la juricdicoión runleipal de Son Lais, on cosa do los padres de = Urouia, ecn todo, al formulírsolos por el apoderado de la pare to denandante a que testigos 01 intorregatorio, 08 les propone que fué on 01 caserío do Payaneó donto se roolicó aquella vída | tcnoubinaria; do que rooulta que ei ql opedoradodo la donmon » danta no lo cupo a cicnola cierta, nenoo pus leclar los cuales Barco As ñconta y árturo Cutierres Zapata, al CXPTS
sor que ollo fué on la finca “Dl Pamarindo, dicons 01 príro = ro, que data oa do propiodnd da Criando y ol sogundo, que por teneco a una su hernoras Dicerepancios dotes que, siendo muyoignificativas "reston a los tostimenios veracidad en euanto a un hecho tan trascendental en osto debate do filinción, cual = es 01 de precigs” siquiera la época on que ss enposaren les re lacioneo carnales entro los conoubinos y 01 lugnr dondo ca Me cieran notorias u estenaíbles y ostables"5 que la testigo Isidora Alvio ws de Poña, clficclarer que, en cierta ocación fué opreniada por Orlando Legi na para que lo peeaco $ 5.000,00, valor do una letra de cambio no vencida, por tenor 61 dontinado ose dinero a lau menoreo. = Jm "00500 áscorsión y Did, úlco que 6lle ocurrió on 01 nos de mayo de 19563 poro qua an imponibloque Go%o haya oucciido, hxbiondo fallosido Griente 01 24 de nayo de 19559 y que "con in. , dicios do tal fntolos no so puote formar una convicción judicial"; quo, cono loas tostigos Cutlorzes Fapata' y nas vodra Peña, ol reforir que Alberto Zosocso, mandado por Flor = Alta Y, do Codina, lo ofroció a un hormeno de Eronía llamad alo Rogrígues $ 5,000.00 por 3a horencia de las uonoroo Aycon ción y Undd, no cxprocan cuándo ni cóno se hizo tal ofrecinten
to, gus Glckos clglados no constituyen progurciones dignos de rocibojz que la cireusotancia de que el causanta Orlane de fiodina hubiera hecho la denuncia do los nncinicntos de Ascon sión y Untá Rotríguos ante la autoridad etvil, no puedo tomar» 00 "m4 siquiera cono proowoién atontible p ra ontablecer rola cicnes poxual ca, notorias y eotableo, entro el donuncionte yTrenía Rodrígues; Y que "el por una circamstarcio tal fuera na pitle progunir paternidad natural, ningón varén apto so atreva fía a preotor un corvicíio hunanitorio genejanto"; que "3i olgunos declerantes hoblon de que ol causante y Eronia Rolríguos vivieron on concubirnato duranto cás de solo ( 6 ) años antoriorea a la cuerte de aquél, on 24 de Larzo do 1955, ova olrounstencia tampoco puede tenores on cuenta pora coneluir quo las ronordo Ascensión y Enióá, hubioran nacido dontro de los términos legoles provigtos en 01 nunoral 4% dol art. 42 do la Loy 45 40 1936, que coro no vib, oxigo — prueba plena conoiptento en hockos incontrovortibleo, que noprocina: los ácclarentos citados”; quo "lap doviarasiencoo do las cefloras DlencaSopina do Tíévono, Duconia Villenumova y 2008 Bornúdas de Sornú,
cobro que atenticron lea partoo de Tronis Rodríguos por cuenta «10m “59801 del cxucnnto Criando Fotina, corían atendibles 52 hubicran pro vácado, d0 otro Icte, la focha o píguila oSproeaa en que preg torn cuo rospootivos sorvícion de conadrena y que los tostinonios de las hormonasde Orlon dos soloras1 1 ca y Oliva Medina, cobre haber dotos prestado ayuda a las nenbrados menores, desprdée sl a suerte de aquér , tonpoco se rofieren al hecho fundmentol de las relecionossoruoloo exigcoino dpruocbas p or la ley. Contenplean desota forma por el recurrente ol material probatorio, contiene que el Tribunal, al atribuir. lo loo néritos quo ou docicién consagra, cenotió "error oviden to o ronifiestoe n la apreciación de talos elenenprtotoatos = vigo”, puos ccoptó cono ciertos él hooquke oSot os no aoreditar, de lao rolacionos voxuales, noteriso y estables, contre. » Oriendo Eedina y Trenia Podrfguos y c1 consigutento kochod e la concopción y nacimiendet olas menoros kscerción y Enid Ro» drízues, dentdre olo s tórninoa logules provioan telo snur seral 4% del art, 42 do la Loy 45 de 1936, sin la denostraciónplendeo l a focka e Épocen aqu e tales relaciones hubioran c0monzado", | Y con apoyo en cotas alegaciones, imputa 21 centencicdor la violeción de los preceptos legales atrás i0d1 cados, cate la dol artículo 665 del Código Judicial, cuyo tere to se limita 01 inpugnento e reproducir; la del artícu7l02o me ibicen, "1 der valor € testinontos contradictoricnotsro oí , aobra el punto e materia fundorental dol dobato"s la 801 nurow val 42 dol artí42 dco lua lloy o45 de 1936, “pues con una prue ba indiciariod e tan frangíble colídoad, ge dieron por eotablg eidao las relacionos sneexntrou Úorlonldo eMedsina y UrenisRp ártevos en lao condicioneo roquoridas por esa norma legolj la dol artículo 399 dol Cádiso Civil, en evento se 016 por eota » blocióa una posesión notoria de estado civil, "que no pudo cun blirson oc l esso de autos"; y la del artículo18 de la loy 45 ET co08 - — 0 1936, por cuanto, 21 rovenecorlos 2 gen bo | ción y Eniá Rodrígues el corfotor 40 hijos na tvrales do Orlando fotina Cotino, ce los haco concurrár con la hija logftins del mieno "on o detrimento de la legítina rigurosa que sín exo reccnociziocnto le correcpondo”, de Dnáupión y resuslts esta sección Le doclora ción do patermitad natural en el ámbito de la couonl 40 dol Ex
tículo 42 de la loy 45 €o 1936, tocaba al acusañor en 01 Fonz So extraordinario decestrar que esa preciso regla, cn termo da la cual ha girado todo el 1444 0. $06 violada por la conton ota de vomimdo greóo, ya ipdirost » O suas do errodra = hocro canificato o de derocho en la entirnoión do las precbzo de que se valdocra el Critunal para dor por estoblocidon loanprosupueoton do la eamgol micras ya a nctenonto, porque so ht bicra aplicado la norma, Gin haborzo verificado el eoncurpo do tales procupuentod. 2e= El recurror ta so ha todución a costencr que do los toctirenion en quo ss basó ol Tribunal paras der por dorsotradas 105 rolccioneo perualos egstobles entre Urlendo os úisa y Erenia Dcdríguos, no resalta cstablecido el que lés top | tícos cepan on qué lug Jr? oias o0 tonliczaron, pues al pago que en la denanda so exprosa qué fué on ol parajo de 1M Suspiro”, £frocoión Cuinbayo del corroginícnto do Payondé, wnow doclorca» tos afircon que ollo ocur rió en el cagordo do onte Sitizo 1:00)» bre y otroo on lo finca dae "21 Pornríndo”, lo oual «¿icon los roots erodibilidod a los togtizonicas y que toripoco precipn» | les declarantos ol tienpo en que enposoron teles roelacionca »
malods 0 504 que no demvcotran ol hecho de que los ronoren Aeconsión y Imid “hubioran nacido Gontro de los téruinoo loza leo provisteo en o1 numeral 4 gg1 art. 40 €o0 lo loy 49 do 19369, «Lan rc 203 Fee En cumnta o lo práícoro, cato obsoryar que el rojaro flsquoa por ou baso, pues sá bien 01 2eclorento Ting 20 A. Acooto emifienta que fué on la cosa do lo firea do «A Gcnarirdo on lendo ve denldcéó la onad toteligc8 de la vida » concubinoria de Úrlando y Brenio, puso on cuy raros oonolenoo co ¿bon a ontar en la coca de la vatro de la fiiticos y do la » declaración de Arturo Cutícrros podría tenbién Ceduciros que la ópoca de aquellas relaciones trancewrrió on la coca do 10 roforida finca, la noyoría do los doblarontes cn ol perticulor o 000 Hirofa Ólaya Puetiido, Pastor Bocanogra Remiroz, Guiso Guucán, Teclas Cuólicr, Lióvonos, Enconia Villanueva, Plánio Saavoéra Peña y 01 : na (o Todrígeos afirman que Orianto y Erenia convivieron en el conerío da Payontó, en dando traboren que rolocicnos par estar las casas on que habitoban próxicao contro oí, tontinonioa eon que erconican los ús Íoidora Alvio v. de Pola y Mierca Codina
da la: rígaos ques 01 referirsa al oocenario £s ocao rolosianeny sí no hablen dol escorfos dicon que cito £ul on Fayones, Lo néáss la divorgídad don exprocién entro les taptilgoo £caenta y Cutiérros, de un lado, y ol rooto do loo do. olarantes, dol otros eá conto a la índiccción dol inplicorio contrediceión, dedo lusgo que, no aparcoiondo dd mostrado que la ldmnda por los des priczoroo finca de 21 Tara vínto” no tosa con 01 cogorío de Payontd, bien polría sourrir que la cana de la dicha finoo a que £o0tos so rofioren cstuvio» ra sito en tal casorío, cono onbría doducírio dol eonjunto do cue nimmas doposiciones. Eso, aunque c0Í no fuera, os decir , pi oxisgtiecso la diseropencia quo protanto ver 01 rocurronte y pudo bien cl Rribunal atonorco a lo quo resulta de la cayoría toal12c4 So lon tontinanicn ( arte 702 De -A de sinircuyris por ollo en orror do hooho alguno. d0. Toa os monoo infundala la inputoción da » que lag pruobao agueldao por la parte sotera no denuagtran quo E “ 0904 la conceopolón de las níñap Agcenpión y Enid Je ht biora ofoctuado dontro del tiempo da las relacio » nes ocoxualeo estables y notoriao que rmentuviorón + Orlando llodina y Brenia Rodríguos, porquo los tot.
tígos no hutioran dotermínado una oxtrenos cronolégicos. Pues » banta coordinar log dichoo de Pastor Bocanegra Remíres, Plinio Saavedra Pofía o Yoafas Cuéllar, con las foohos de los naciniene too do laos impáberoo y 8o la muerte de Orlanáo Uodina, para que el cargo quede dosvanocido. im efeetos Refioron las testigos Docanogra y . Saovodra que la vida concubinario de Úrlando y Erenia go lovó unos vocos en la casa de la madre de aquél y otras en la deloo padres de duta, "durante un lapso de voip ( 6 ) años, Cc tando heota 01 momonte on ( sic. ) nurió el sorñor Orlando”, ey gún cl pricero y eán gopararso duranto río de solo añon, hasta la muerto dol coñor Orlando Dodima lodina”, sogíín el segundos » Por ou parto, 01 tootigo Cuéllar nanificata quo csa vida concu». ria "Lué poreanontos unida, conptonto y sia ningún contra tionpo do ninguna claco, Gduranto 10 años náo o nenop, hasta ol vocento do corir". Tentirenios fetos A que podría punarso ol de Bfraía Olaya Caotillos quion, cán procicar la focha terminal da aquella convivencia, oxpreva que ¿ota se realdcó unas veces ón coga ds la matre €e Orlendo y otras en la de log padron de Eronios y que "cota vida pormanonto y unida la Ilovoron duran»
te sels añoo, cín pepararso ni el unó ni el otro, dentro del = Suficiontes con leatres Prinerao de lag dotla” rcolenoo a quo cs acaba de hncor roforencla pare demostrar que la vida conoubinaria do Óylanto y Erenio duró no nenós de seis años hinata 01 día do la muerte do aquél. Ls decir que, el Ur» lando murió ol 24 de marzo do 1955, tone rosa au partida de de función ( f.2, cel ), enao rolocícnos ooxuales extatían elorta monto para ol día 24 do margo do 19493 y 01 María Ascensión na A e oM e «905 c16 01 15 de asootu 8a 1050 Y Imiá 01 10 de Haro da 1953... (flo. 3 y 4, 05 ÍbI0, de quioro necopardarogte docár que lao roupectivos Épocag on que mudiorensar concobidag fatas nono rob co encontraron Intozparogte cooprendidas. dentro de la ox tóoncia do lao diehao relaciones soxualen. | | dew Sratándoce do lo donostración de Mévroo . que 00 doconmualven en la cucegaión dol. tionpoy para coratituir. una entidad do contensas eronolégicos nad. podría oxágipoo la + extotenoia de piuobos de autonenía sincul 5 - quo adpladamento. dorupotren
por sí oslos la totajtgad de-loa susegos pOr gatable core Plffodimontana emeontrartan tostígos acada uno de 109 w. te un aa cl ioo ó n 1 8 o eo lan rp gt oa co trl aa c toc ,a do tn oa n tod e oue cu pr rr ie nn cc ii pa is o hg aue v taA nf co ur -g fa inn . un Pa n. t o0 g3 . e09s log dictados do la lógica exigen quo On tales capos, odos. loa olonentosde prodoción, -doounontalos y Stentisenialos; pue» dan conplonentarao entro af, conourricndo cata entidad probato» ráa a donontrarc,on errogio. 0 aun propiag nora) - la poraión do loo hechos quo ha caído bajo mu dominio. o 6y Mn cl caso do 2utoo, bubiera vigo OLD. trorio O: xasón oxdcir que a dos tegtigos len constaco la Spoca en que s9 intodaren las rolacicnos. gomuales eontempladap en 01, dobatoj puena sí ro comprobó que éstas ya exigtían on dotermina + eérputo. dol. término legal do Aa concopeión, con cio queaó entáciccha en lo sortáronto la extcenaia dol 9rdinaj. 40 del | Ape título 4%.0o lo Joy 45 00 19364 quo no otra copa oispificos ol Pasión cemotituyo un:e plao nr t ead mo id eo nn t8 oo y
e ríon t ics ou z den l.t hoe ul g l pi rbe ol bo a tod ro i o e9y y de lap ooncgruootas dol niczo dofucitoo, sogán ol ortterto del inpugnanto, para contrapororlo al jutoto Mel contontáalor y Cb 0d 10 rrotenátoge que 01. Áltina coda do mm sitioa aquél . ollo nn as da reciba on esto FO9uroo extraordinario, el quo, no alentó ma tortoro: dnotencios deja intecto ol. £ojlo dol Tribunal, 99086 cuendo $0 lo ataca por violación do la loy oucton cial con base on el cupuonto do erroresde hooko evidente o do derocho on la catinmosón do la prug ba, sí ol yerro de cuya inputación so trata no co dermmontra £abalmonto. |
8. En cate mismo orden de ideas, scgún lo = tiono reconocían la jurisprudencia, el friíbuanles autónomo, » esf on la concidoración de lop ciracteres, ya de necesidad,ya do gravedad» Pluralitod, procición y coroxzidod de los indicio
(artos 663, 664 y 665 €, y, ), cono on la apreciación de las tondicionos de rogponsivicsd, exactitud, integridad, concoráon ela y Jerarquía do loo testimonios ( orta+ 688, 697 y 702 1018,), hara deducir de unoo u otros los tiáritoo probatorios que én cua
Correnpoñdiocntes casos los Gtribuyo la loy, de nodo que la Cor to en casación no puedo Vordar el concepto quo cobre toloa 00 lidaden de hosho as haya formado e1 centonciador de instancias tiienteaqsue 6poraciónos mentales al respectono soan convícten do monificoto error de costa sopccios | 9e» Pudiendo atribuíreo a cimple yorro no0% nográfico loa cireunotoancia de que, on la doclaración de Ynidow Ya Alvig Ve d0 Por, aparesea onerita on nunerga la cita dol o año do 11956%, cono tiermo on que la docigrente £ué aprenmiada por Orlando Modina para al pago de una cantidad de dinorto, sícn do at que Goto hobía fallocido on el mes de marso de 1955, hay que ouponor que el centenciador ontondió como tal Srrata aque lla incxootítud. Aániquilor por un detallo equívoso y racional sento en licablo la ercátbilidad de tods un teutínonio, cín q tro notivo que Jjustifiquo tal invaligación, corfa contrario a la ldórica probatornienaa : progun: 10 ROCÍVrUs e
10. Vano on el cargo porvlolación dol artí culo 399 dol C, Civ, precoptivo de que, pora que la posesiónnotoria del cautado civíl so reoiba como pruóba del mícmo, doba rá habor durado dios alos continuos por lo monos, Porque, no e - so LE (207 £ug on osto rotivo on ol quo se fundó el fo110 rocurrido¿cuya
columa fundarontal, ccno largamento está visto, os lo causal - Cde Prelceionos soxualeg", 11l¿+ $1 01 Sribunal formó argumento de loo ha chos de habor Orlando lledína Modina denunciado para ol reriptro civil el nocíniento de las nísas Marta Aucongión y InSg Rodrf guos;s de haberlos presontado o pus parientes y sruigos cono hijay 6uyadi y de hebor gue hernánas Blanca Todina de Rodríguos y 014 va lledína de Roérfgues manifostado que los roconocfan por sobri nod. basado ol sontonciador en los olenentos probatorios que gy bro tales circusntoncias arroja ol proceso, Slaro aparoce qua no de sirvió de votos hechos colatorales, ni por vía de tema de pococión notoria dol estuto eivil do las ¿npúberon, ni para eon figurar cor 64 aporto la caucal de lan aluátéas rolaciones SOxXYA les, para las que 61 encontró propia y adecuada denootración, sá | ño a aefocto de corroborar éstas Ho DEADpOrSny puos, 100 cargon. A nárito de to expuoto, dá Corto Suprena 40 Justicia, on Sala de Csorción Civil, adnintotrando justicia en _hénbro do la Ropíblica de Colonbía y por autoridad de la loy , YO CAGA la sentencia de fecha aioto (7) do noviembre do nil noe _ veclentos cinsuenta y nusyo (1959), proferida en el progente 14, tígio por el Pribunal Juporior de Ibagué,
—Coptas cn oaeución a Cargo del recurrento . Publ£quene, cbpicso, notifíquoso, incérteso cn la Gacota Judicial y vuélva 01 proceso al tribunal de origen,
EMMIGUA OCRAE VIBASCO QU32 5vO VPAJARDO PINZOJ
IGHACIO OCLEZ POSgD 4015 BERNADDDZ ARBOBADEZ
SIMIGUD BOPDZ D3 LA PAYA. ARTURO OS POSADA. mo
21 Dom. € ÍS q, > “ secretario, | FPragroo Hiera ErÉLICNRDO RAMIREZ L, o e P