CSJ - SC19-01-1993 001
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC19-01-1993 001
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1993
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
" SALA DE CASACION CIVIL
MAGISTRADO PONENTE: ALBERTO OSPINA BOTERO
Santafé de Bogotá, D.C., diecinueve (19) de enero de mil noveclentos noventa y tres (1993).-
Referencia: Expediente No. 3908
Decide la Corte lo pertinente a las solicitudes del señor Miquel Antonio. Novoa Puentes. contenidas en memoriales de 11 de diciembre de 1992 y 12 de enero de 1993. ANTECEDENTES En el primero de esos memorial refiere Novoa Puentes haber informado a la Corte los numeros. de los procesos que abundan contra el demandante Santos Darío Sanchez Guarin y algunos Magistrados del Tribunal Superior de Santafe de Bogota, informacionque, é>d ice, esta Corporacion pone en duda, violando asi el principio de la buena fe en que 3e encuentra amparado el informante. como su deber de "ordenar se remitan copias a la justicia penal ordinaria para que ce inicie y perfeccione la investigación respectiva"; motivos éstos que llevan al citado señor a solicitar a Ja Corte "se repase con cuidado tal providencia (se refiere a la de 26 de noviembre de 1992,-se agrega) y se ordene lo contrario de (sic) lo allí resuelto...”“. 2 En el segundo memorial. pide el mencionado Novoa Puentes la suspensión de este proceso, acompañando los documentos que, en su concepto. ameritan tal determinacion. CONSIDERACIONES 1.- En lo que toca, doctrinalmente, con el
tema de la suspensión del proceso, la Corte 1iljó ya su posicion en autos de 27 de agosto y 16 de septiembre de De 1932 (flo. 23b a 42 y 91 a 55 de este cuaderno), a los cuales se remite. 2.- Relativamente a la concreta petición de suspension elevada. es pertinente notar, como ya la le manifestó esta Corporación en autos de 28 de septiembre (TL. 70), 15 de cctubre (11. 24). 27 de octubre (f)s. 94 y 25). 26 de noviembre (fls. 124 y 125) y 3 de diciembre (tls. 131 a 153), todos de 19292, que el peticionario Novoa Puentes no puede ser oido por cuanto, careciendo del derecho de postulación, actua personalmente y no por conducto de su mandatario judicial, "reconocido en el proceso. DECISION En armonia con lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia se abstiene de escuchar al solicitante Miguel Antonio Movoa Puertes.
NOTIFIQUESE.
ALBERTO OSPINA BOTERO
CORTE SLPRIMA Daz JUSTICIA
SUSRITARIA SALA DE CASACION CIVIL E Santafí de Pogotá,...... 2.1. ENE. E E. poi Ei cute entericr se notificó por anojación. on ESTADO de esta fecha. j o | | AoZ k po | El Secretarlo Po