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CSJ - SC19-06-1987

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC19-06-1987
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

ZST A.

REFUBLIZCA DE COLOMOIA -1272

Pear DA Clin al

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA vE CASACION CIVIL +

. Bogotá, D. E., 19 JUN, 1987 .> Hagistrado Ponente: JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ. » , . . rt UR I. . Ne 03 ES > a , 1Mediante consulta examina la Corte la senten e . > cla de 12 de diciembre «d e 1936, , Proferida por el Tribunal Superior del Dis trito Judicial de Barranquilla, dentro del proceso abreviado de separacióndo cuerpos, promovido por ALICIA BEATRIZ ROSALES DE SUAREZ contra

GUMERCINCO

SUARn Es.. Z.

GARCIA. x o. Tos A“" 2 : ; tos! AS aANTECEDGENTES . . EEN Y -, » y E IS N/ od _Pidió ta démandante el decreto de separación ,tl e - . a .d noo. EE ve or de cuerpos y la disolución de la sdclegad conyugal. A CON tungamento de lo pedido, la actora dijo que había contrafdo matrimonio católico con el demandado cl 27 de marzo . ) ! de 1971, según rogistro God expedio por el ttotario Público Segundo Encar gado del Círculo de Barranquilla, que después de un mes de casados el de mandado. se trasladó. al Perú sin que se hayan tenido noticias de él, aban-- donando as f en foro definitiva el hogar e incumpliendo sus obligaciones —

., de esposo, que dentro de la sociedad conyugal no se adquirieron bienes. o. We Admitida fa demanda, se emplazó en legal for ma al demandado, quien fue representado en el proceso por curador ad liES A. an- . 3 +. : IS noo. ad. tem. - a Co. s Co e. l 7» ae ñ”r 1 Vi, oa ” ”. LT e La primera instancia culminó con fallo que - - Roms aceptó las pre tensiones de la “demanda, providencia que se : ordenó consulco yO. " - AS. -t . tar por las razones aquí expuestas. ES CONSIDERACIONES e a sby “ 5 .ne DS AF ? > 4 o Como no se observa causal de nulidad capaz da invalidar to actuado y los presupuestos procesales concurren a plenitud, es de rigor decidir el asunto en el fondo. | cl matrimonio católico se encuentra acredita4 . y . . oy EfeAr ,

FONDO ROTATORIO 061 MINISTERIO DE y'USTICIA

)- (273 do con el registro civjl que obra a follo 2 del cuaderno principal, La corte encuentra que se halla demostradoel abandono de los deberes de esposu, por parte del demandado con los tes timonios de: EDGAR CACERES PEÑA y ULGA ESTER HERNANDEZ ESCOR-- CIA quienes respectivamente hicieron las siguientes declaraciones: ",.. Áctualmente no existe ninguna relación en el matrimonio Suárez Rosales, pues, aproximadamente en un mes después del matrinsÓnio el Senor Gumercindo --

Suárez regresó a su patria, Trujillo (Perú), sin que hasta la fecha se ha-- lla (sic) sabido más nada de él y en ningún momento ha cumplido con susobligaciones conyugales ...” "... Actualmente 110 exdste ninguna relación en el matrimonio Suórez Rosales, ellos están separados desde que ellos se casa ron al mes. El señor Gumercindo fe prometió a la senora Beatriz, que Él se toba para el Perú y mandaria por ella, pero él nunca no escribió, ni regresó ni ha mandado por ella, ni ha cumplido con sus cbilgaciones de esposon El a quo halló que se tipificó y acreaitó lacausal contenida en el numeral 2% del artículo 153 del C.C., para decretar la separación de cuerpos, conclusión que comparte esta Corporación, porlo cual resulta imperativo confirinar el fallo consultado, adicionándolo paracondenar en costas al demandado por ordenarlu así el artículo 392, reglala. del C.P,C. RESOLUCION En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casación Civil-, administrando justicia en nombre dela República de Colombia y por autoridad de la ley, CONFIRMA la senten-- cla de fecha 12 de diciembre da 1988, proferida por el Tribunal Supertordel Uistrito Judicial de Barranquilla, dentro del proceso abreviado de sepa ración de cuerpos, promovido por ALICIA BEATRIZ RUSALES DE SUAREZ contra GUMERCINOO SUAREZ GARCIA, pero ADICIORANDOLA para conde nar en costas de primera instancia al deman«iado. 3ín costas en la consulta.

COPIESE, NUTIFIQUESE Y DEVUELVASE el -

-1274

REPUBLICA DE COLOMBIA

Ly ] OOO.

ES AHurisdiccienal expediente al Triounal de origen. 4

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ o e o. Lie

EDUARDO CARCIA SARMIENTO

HECTOR GOMEZ URIBE

Ny

HECTOR ¿RIN NARARJO

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(Ay2ErTO OSPIHA BOTERO

Sh RAFAEL ROMERO SIERRA

Y

ALFREDO BELTRAN SIERRA

Secretario

FONDO ROTATORIO DEL MINISIERIO DE JUSTICIA

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