CSJ - SC19-06-1997 6710
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC19-06-1997 6710
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1997
REPUBLICA DE COLOMBIA Jheretaca 4 Sapsena de Sasticia Dé 132, 000373
- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
. SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA as
Magistrado Ponente: Doctor PEDRO LAFONT PIANETTA
Santafé de Bogotá, D. C., junio diecinueve (19) de mil novecientos noventa y siete (1997)
Referencia: Expediente No. 6710
Visto el primero de los informes secretariales que obra a folio 139 de este cuaderno, según el cual la actuación surtida en este recurso de queja fue recibida en la Secretaría de la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia el 29 de mayo de 1997, en 138 folios; teniendo en cuenta que, según se desprende de la constancia de mayo 21 de 1997, suscrita por la “Secretaria Adjunta” del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto, en esa fecha fueron entregadas a la apoderada del recurrente en queja las fotocopias para la formulación del recurso aludido ante el superior, lo que significa que el término de cinco (5) días a que se refiere el artículo 378, inciso sexto, del Código de Procedimiento Civil venció el 28 de mayo de 1997, y que, en consecuencia, el memorial presentado para el efecto (fis. 135 a 138 de este cuaderno), llegó a la Secretaría de la Sala de Casación Civil un día después -29 de mayo de 1997-, según constancia que aparece a folio 139, como ya se dijo, circunstancia esta en virtud de la cual, conforme a lo
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t Suprema de Jaslicia 000374 preceptuado por el artículo 378, inciso séptimo del Código de Procedimiento Civil, ha de declararse precluida la procedencia de este recurso, se DISPONE: DECLARASE preciuida la procedencia del recurso de queja interpuesto por LUIS LEOPOLDO PAZ BOLAÑOS contra el auto de 22 de abril de 1997 (fl. 124 1 27, de este cuademo, en copia), mediante el cual se denegó la concesión del recurso extraordinario de casación interpuesto por el recurrente en queja contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Parto -Sala CivibFamilia-, el primero (1) de abril de 1997 (fis. 106 a 122 de este cuaderno, en copia), en el proceso ordinario promovido por LUIS LEOPOLDO PAZ BOLAÑOS contra BLANCA ROSERO PEREZ DE VILLETA, STELLA GUERRERO VDA. DE ROSERO y STELLA ROSERO GUERRERO DE SANTACRUZ, herederos determinados de JORGE ROSERO PASTRANA, así «“mo contra personas indeterminadas.
NOTIFIQUESE
JOSE FERNANDO RAMIREZ GOMEZ
NICOLAS BECHARA SIMANCAS PLP. Exp. 6710 2 ¿PUBLICA DE COLOMBIA t Seprema de fusticia 000373 a Mm o c JORGE A s MAAR CSL,LO RUaGEL ES
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