CSJ - SC19-11-1997 6687
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SC19-11-1997 6687
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1997
y ó m 24 DE COLOMBIA DSima2 de Justicia 000238
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA
A Santafé de Bogotá, -D. C., diecinueve'(19) de noviembre de mil novecientos noventa y siete (1997).-
Ref: Expediente No. 6687
Cumplido el trámite de rigor, procede ahora decidir lo pertinente en tomo a la“ solicitud de pruebas, para cuya práctse idicspaone del término de quince (15) días, así: ' - vA:- Pedidas porl a parte recurrente: 1.- Documental: = 1.1 Con el mérito demostrativo que le corresponde, téngase como prueba el' documento visible “a folios 12 y 13 de este cuademo. 1.2 En razónde que, obviamente, se ha de tener como prueba la actuación de que da cuenta el expediente contentivo del proceso ejecutivo objeto de ta sentencia acusada, hácese innecesario ordenar que en particular las piezas procesales de ese expediente a que se refiere el demandante en el numeral! 5.1 de su escrito incoativo, sean tenidas como tal.
11 Df COLOMBIA
NA 000239 RRS. Exp. 6887 2 r mo — 1.3Así mismo, por ser obfigación del Juzgador ta verificación toda de ta actuación surtida en el aludido proceso ejecutivo, resulta por completo fuera de propósito exigir que por ta Secretaría de la Corte se verifique si a obra constancia de'tas gestiones a que se refiere el recuren eeln ntumeera l 5.4 de su demanda.
2.- Interrogatorio de parte. 2.1.- La representante legal del demandado debe absolver el interrogatorio de parte que se le soícita. Por consiguiente, teniendo en cuenta ta residencia de ta misma, líbrese despacho comisorio con tos insertos del caso al Juez Civil del Circuito (reparto) de Villavicencio (Meta), para que, dentro del término de diez (10) días, practique dicha diligencia. A 3.- Testimonial 3.1Armi Devia Acosta, Hermes Mojica Amaya, Pablo Emilio Cabra Alvarez y Amadeo Rodríguez Rojas, rendirán el testimonio que de ellos se requiere. Para tal efecto,. con arreglo al tugar que se indica como de su residencia, comisiónase al Juez Civil del Circuito (reparto) de Villavicencio (Meta), a quien se enviará el respectivo despacho comisorio con los insertos a que haya
"A3LICA DE COLOMBIA
000240 RAS. Exp. 6887 3 menester, con la advertencia que el término de comisión es de diez (10) días. - 4.- Inspección Judicial. 4.1Resulta superfiva y por ende debe denegarse, ta práctica de ta inspección judicial solicitada sobre losfolios de: matricuta Nos, -230-0060.073 y 230-0051.588, documentos estos que hacen parte del proceso ejecutivo cuya sentencia se impugna. — EN B.- Pedidas por la parte demandada. 1.- Documental: o o -4.4Téngase como prueba, en cuanto to sea, el documento visible a fotios 32 y 33 de este cuademo. a _. ya > bos US - Porto demás, ordénase agregar a los autos el oficio y tas copias anunciados en el informe secretanal que antecede. £ > on Notifíquese