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CSJ - SC2-04-1984 0215

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC2-04-1984 0215
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

e e An =J REPUBLICA DE COLOMBIA ge 7 Y Parra Auvisiliccion al Us 02 1 7

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL “Macistrado ponente: Dr, JORSE SALCEDO SEGURA 3ogotá, Abril dos de mil novecientos ochenta y cuatro .s” Se examina la demanda de casación presentada porla parte demandada para ver de establecer si reune los requisitos formales. Al rompe se advierte que en ninguno de los cargos formulados se expresa la causal alegada, como el recurrente debe hacerlo en cumplimiento de lo perentoriamente ordenado en el numeral 3 del artículo 374 del C. de P.C. Tal circunstancia implicaque el libelo examinado no cumple las formalidades exigidas porla Ley, motivo por el cual se declar sierto el recurso y en fir me este auto se ordena devolver el expediente al Tribunal de origen. : U ¡Otifiquese. QQ

HORACIC MONTOYA GIL JOSE MARIA ESGUERRA SAMPER

HECTOR GOMEZ URIBE S HUEFBERTO MURCIA BALLEN

ALBERTO OSPINA BOTERO JORGE SALCEDO SEGURA

RAFAEL REYES HEGRELLI

Secretario

SALVEDAD DE YOTO DEL HAGISTPADO JORGE SALCEDO SEGURA

Proceso: Ordinario de JAIME MEJIA RAMIREZ contraCiudadela Comercial Unicentro.

Por la forma como se han formulado los cargos, ami entender el casactonista alegó da causal primera, ya que inti tuló ambos, en mayúsculas, con Estaefrase: VIOLACIOS INDIRECTA

SE LA LEY SUSTANCIAL . Es decir, ei recurrente expresó la causal, Mx O y 4 vale decir, se díó a entender con palabros. Por tanto, reiteran- = t

PONTO RITATORO DEL MINISTERIO CE ¿STC A

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JORGE SALCELO SEGURA

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