CSJ - SC2-04-1984 0215
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC2-04-1984 0215
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1984
e e An =J REPUBLICA DE COLOMBIA ge 7 Y Parra Auvisiliccion al Us 02 1 7
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL “Macistrado ponente: Dr, JORSE SALCEDO SEGURA 3ogotá, Abril dos de mil novecientos ochenta y cuatro .s” Se examina la demanda de casación presentada porla parte demandada para ver de establecer si reune los requisitos formales. Al rompe se advierte que en ninguno de los cargos formulados se expresa la causal alegada, como el recurrente debe hacerlo en cumplimiento de lo perentoriamente ordenado en el numeral 3 del artículo 374 del C. de P.C. Tal circunstancia implicaque el libelo examinado no cumple las formalidades exigidas porla Ley, motivo por el cual se declar sierto el recurso y en fir me este auto se ordena devolver el expediente al Tribunal de origen. : U ¡Otifiquese. QQ
HORACIC MONTOYA GIL JOSE MARIA ESGUERRA SAMPER
HECTOR GOMEZ URIBE S HUEFBERTO MURCIA BALLEN
ALBERTO OSPINA BOTERO JORGE SALCEDO SEGURA
RAFAEL REYES HEGRELLI
Secretario
SALVEDAD DE YOTO DEL HAGISTPADO JORGE SALCEDO SEGURA
Proceso: Ordinario de JAIME MEJIA RAMIREZ contraCiudadela Comercial Unicentro.
Por la forma como se han formulado los cargos, ami entender el casactonista alegó da causal primera, ya que inti tuló ambos, en mayúsculas, con Estaefrase: VIOLACIOS INDIRECTA
SE LA LEY SUSTANCIAL . Es decir, ei recurrente expresó la causal, Mx O y 4 vale decir, se díó a entender con palabros. Por tanto, reiteran- = t
PONTO RITATORO DEL MINISTERIO CE ¿STC A
00216 REPUBLICA DÉ COLOMBIA po Z Auridicer, pul ¿do las salvedades que “Sobre of tema £e Suserito en Grén número, dejo constansia de mi criterio disicente,.
JORGE SALCELO SEGURA
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