CSJ - SC20-03-1988-412
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC20-03-1988-412
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1988
Peguiblecade Colombia o > 900412 Corto Sgnrema de Festicia Sala de Casación Cevil y Agraria GR Leo .
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL Y AGRARIA
Santafé de Bogotá, D.C., veinte (20) de marzo de mil novecientos noventa y ocho (1998). El artículo 235 de la C.P establece las ainbuciones de la Corte Suprema de Justicia, señalando en el número Y que a ella corresponde ejercer “Las demás atribuciones que señale la ley”. Por su parte, la ley 270 de 1996, Estatutaria de ta Administración de Justicia, en el art. 16 consagra las funciones de las Salas y en el 17 las “de la Sala Plena”. Asimismo lo hace el Reglamento de la Corte. Pues bien, consultadas las normas que asignan las funciones de la Sala de Casación Civil y Agraria de la Corte Suprema de Justicia, a quien el señor Erasmo Orozco Andrade Core Senrema «ae Justicia Peidencia formula la consulta recibida en esta Corporación el 19 de marzo de 1998, por ningún tado se halla la norma que atribuya competencia para dar respuesta de fondo a la misma. En los anteriores términos se resuelve el derecho de petición ejercido por el señor Orozco Andrade, a quien se le responderá por Oficio inmediatamente transcribiéndosele el contenido de este proveído. CUMPLASE 029 2 fo tos3 .
JORGE SANTOS BALLESTEROS
Presidente