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CSJ - SC22-10-1984 257

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC22-10-1984 257
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

U 0257 A 22D

CORTE _SUPRERA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL.

Bogotá, veintidos de octubre de nu4íl novecientosochenta y cuatro.-

  • — 0.o La parte demandante ínterpuso recurso de casactón contra la sentencia de 30 de narzo de este año, pronunciada por el Tríbunal Supertor del Distríto Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario adelantado por Guíllerco Pulido Hatallana contra Ronel Ltda. y otros. A Adoitido el recurso por la Corte, por auto de 29 de agosto pasado, se ordenó dar traslado a1 recurrente por treínta (30) días, para que dentro de €l foraulara la demanda de casación.

Este téroino venció y, coro lo informa el Secretarío de la Corporación en la constancta que precede, el recurrente no presentó la denanda respectiva dentro de dicho término. Por lo expuesto debe darse aplicación a lo ordenado en el inciso 32 del artículo 373 del Código de Procedínfento C1vi1, votivo por el cual la Corte Suprema de Justicta, en Sala de Casación Ctv1l, declara DES 1E R TO el recurso y condena en costas al recurrente. fotiffquese.

HORACIO MONTOYA GIL

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

HECTOR GOHEZ URIBE

HUABERTO HURCIA BALLEN ú 0258ALBERTO OSPINA BOTERO

HERNANDO TAPIAS ROCHA

RAFAEL REYES MEGRELLI1

Secretarto

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