CSJ - SC23-05-1966
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC23-05-1966
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1966
o
PROPOCOLO
0504 -
- CORRE SULRERA D3 JUSTICIA SALA DB CADACIÓN CIVIL . - (Eegistrado Ponentor Dr. IGHADIO ( GOHES pOS38).
Bogotá, veintitrés de mayo, de' mil novecientos sesenta y seis.: + qn sones Váceñto Poveda 03t6 02 costar ¿eos Rodrigues . Hedana eñ, ukedo espegíal ao doslíndo: y enojonántento. ante. 61%. jus». ago prinero civil del cárcuitó de Bocotatirá. paro. que. se: hic4es;. rán 1a9 siguien jes Acclaracionés: o . -a) deñslarda 1400 divisoria entre 106 fincas. at dem mándarito y. ci denofdsdos cenerátos en 208 hechos Ye. y 29 de sata. dsrónday Zijonto los nojones que sesn necesarios, poro. HArCOr eaten vivignentele línea divisoria; A NS o lo sm) Opáenar la construcción O de una cerca de plombro en toga" ES ¿atención ás la líneo atvisoriay reglsndo el. rode y tores sono los portos deben soncurais. a. En construcción y. separación. te cieho cercas y | | : 12) Contonar ai denondado en 109 costes y “costos sel qui a 0104 en cano “de opodición. omo” “hechos: funtanontoles pe epuniteren: 108. sAgutontes: ¿90m Viconto. Poveda: og dueño y poseedor, por compre dó>
cha a. Brunó Babio y Horeilia Pingón de Rubio; eogún. “ssorátura, n9 z 4782 de 28 8e diciembre 4e 1953, do 8 aptería 69 de dogoiós. 89 un lote de. terrenó dcneninsdo” “Deslinto" que naoS parto” de la Íin66 “deneninasaia CogataS, ubiciós en jurírcicotón dol mantgtpto o de “sán Juán as "Rioaecós ea dá Srstoién de Combooy el: cusz tino. una oxtensión ouperficioria te cusrento y. soto: Saeñsa fonogsdgo. 2 opróximadonente y sé Encuentra comprendido dentro ao 1os' siguieñ= e tes lánáoxos; “rente un mojón ds pícara que de Bros cx “que: égbe quoder en lá nitod de ls extensión del terreno que hayentre la volida en” de quebrada ée La Cojátas que doslinia 3 san ántontó y 19 volatas que aro de cerca el corral del potrero do Son Patri= Ñ
MZ AAA ————
=+ . 0505 = 2 edo en la misma quebrada; de eete nojón que se rorcará pasan do sn lúnco recto sobre la quebrado de ta cajita a Ger a la coros de pádáre ere. a1vsg0.o sen ántonáio £on-Le:Coj1tojPoR eg ta corta ariba hosta llogar a le volada to San Antonios. de € | quí. por ua: cerca 36 alambre arriba. hasta ponerós frente a la
cuobílla que divide 108 prodáos de san Antonio: y La cójitos ds eqaí a dicha cucridda y sígatendo t608 eto orraba por: la cor ca que asvagó 105 preútos ya dichos hasta 1ogor” » lá cerca que lánito. con la finca de: «agusbleneaty de aquí, por la ceros que Sigue si ócolgento” Jindoneo con le. finca. 8e águsdlenca; Roy de Iucrecio, Cru; ya dicta heste i1ogar a la cuchilla. de San Potriciós de aquí volviengo 1 si Horte; por ls cerca que ya por “dicha cuohís -Yia que en el. Aindero del potroro te sen Pebricio y Deslináena hasta logar a una corea de elombre; serca abojo hato der con e: la cerca. do pásero; primer jingeror | "20 Lindondo con la finos descrita” en : el Secho ens o tértor, al demandado ee dueño y poscedor,. por compró e Bruno Bús S bio y Heroildo ?1n2ón de Rubió). según escritura trámoro Gs0s (10) A de cinco «sy “de enero de míl. novecientos cánouento y cuatro (1954), de un lote de torrenó formado ¿oy 109 Botroros. denomi— nados La C6jita, Guilupol y San Patricios ue hácen Porto” 89 la Zínca 116nada la Cajátos edfuado. en lo sección e cortoginicas to de Cambao, municipio de San Juán de Rioseco, Dopartinento de Cundinsmorca; loté denominado dora cóbulendia; cuyos lándoros
espevioles son:' 'Portícndo. del peñón que sé encuentro “eobroda o : rális del río Nogáslens» en el sitio dende comienza. 18 cares qe divide “los potzords. la dojita Y Polagroso de propiedad de los vendedores espov0s Rubio; SAgulento dseha. ceros hscta er drien= te hasta entontroy el éngulo recto formado por. les ceros quo e encierran él potrero te Peligroso; de este punto. hacía: el norte, hadta ensgontrst la Cerca que divido los potreros de: la Cajita y El Lleno, cigulonto eyta cerca divisoris' necio el oríento y A A 0508 finsinonto hseís 01 noroento, por la cores | | qué va a 1a ortilda de la quebrado 86 La Caji= > ta, hos ta oneentror la volada, ettuela sobre | 4 lo mismo quebreds de La Cajita; váguicado por o . , CI 0DLÉ 10 Hágas córes 8 16 ortllo ds 18 qubrada de - 1 Lo Cajita, hacia arriba, el Oriente hasta encontror 1a "volada» que áivido %os potrorOS' ds Peslinto. de propicdad ds Vinento Pos : ; veda y San Porzioto; do sota volado Pavia él Sur? por la Corán | > ¡ que ávido los -pOtresos do Benlinics y Son Patricio en Girección b 1 e lo cuchillo. 2lenods Sen Patricio, hssota 1logor a sua; en el cho a punto ádcneo se encuentre ton la corce que divido lós potrerdo ! l
ás La Prábuna, de propicésa de Euescoto Cruz y Son Potticiojsi= E Í guiendo pOr opto cores, _hocía arriba hostá logar a lo cuchilla A Ñ Manada Buenes Aires; de esto cuchi1da ebajóo en dirección el ce- > 1 cátentos. por la cerca que divido lo finos de Buenos Airen, de | | 1 propisñad de Alfrodo Zaranco, de la de la Sojita, hosta llegar >> ¡ al navinicnto de la quebrado del Ingiornó o Infiernitos sigulon» Y _ V do por ánta quebrado que divido también las fincgo de Buenos di-» Yoo y lo Cojita, hacia abajo e oscidente haste qu desambocatuza 5 enel y£0 Hogásolsa, findIzente BO Sigue por 01 sí6 Logónlena, ¡ hacia cbajo sñ dirección al Harto, Bostá encontrof Sl punto Sd tado cono prisós 2intoros CTN $ | o dy En lo zona Gónto colindan 199 des £iñ000' añáne | da ! doradas en los puntos enterióres, ó sea, en el porinetso. o 7 poniente ol lingoro del potróro deneníñado San Potrivio pS Fa quo so hobla en los títulos citalona y lo finca 'Deslindeo y | : dente so cita unas córca de alenbres este no se hallo. dobicinem to colocada y, on Porta, no exágtos a o E “¿Qe Poro convonicndio de las E soria de. i la zonas a álinderor, co necesartos colocar 109 mojones que 29 ó
hon cido colocados y tender uno cerda de clesbro, asé tono fi E Ñ Y jar el meús y forma como hen de conourpss las partes a su cons» . -) trucoión y sostenimiento”. sd - A y DN - 4 =0507o | | Al cónteator la éenanda Jesús Rodriguez Ecdina ml | ol derecho que puGloro tonor el cotoy para que tego juzgado SO» Ñ nodo lá línca divisoria entre 61 prodio de ná propisdad y el 80% Ñ denendanto, porque tenté e1 título y escritura de téquisición > a del preújo' dol Genandant tos cono 0% del nio, esprosén con todo . | ] | olaridad, gue el lintoro que Givids los des. predios 10 consti- . ñ | tuyo una cerco de alambre que existo ostensiblonentos lo miero Y Ñ que mojones que se colocóron por dich» cerca. zoproduco los l4n= . 7 _Goros que obron en los t£tudos: ya gátados y ofirmo: que de acuer” o Ñ do con el artícilo 900 del <64igo civil "dolanente se tiene denecno Al l 5 exigir a lop dueños colinasntes que se fijon los línston que ; : los Separa, cloro estó (edo) que cuendo ellós no exioton o ces nl ten vaganentos. ya gue cuando existen y ei lándsro eparcos loo Ú títilos de adquisiciósnía lugar e gudass cono en el prevento (ae A _ 80) 0 como cuando ed lánúere ca un rio u otra («4088 por el ett. AE
lo» to1' derecho no existos ye que nó eobe duás 9Igúns de que es. o 7 | Anaplácedio el artículo 900 del código civil, ho á4cho 1a Corte”, dl | a consonancia ton. cota afirmación, tes inocua la ges Al sición 0) 46 le dengnto, y censecuencialnento la formioto ' en el, ld | punto. B) e la parte potátoria dée.1a mísna denenda, por vuento ds Ñ y de cerco. de elenbro que yáte se conbtruya en. sota da estensión ol dé la 1fmes dtwÍicorias. ya está construida dead aos. gauchos. 500 1 | y reparsta y arreglado su ronteninicato en viá s tud ás acuerdos opa P i lobredos con el demandante, confiraados por 169 euteritates de ,. R policia áol lugoy por no hadasleo ándo astriotó cunplámiento. el, Le , | dsmandontos...o.” SN o OS po EN | | Bofiráfndose ul heobó mn” ds 1 e Pm» í | -dátorolnents? : a 4 A 5£ existe asbidanente voloceas 71 ¿oreS 80 olanbre A que en tal punto 16 renciona, y sxis te Sovigamente colacadss | + teniengo en cuenta : los lintoros. expresados en. los t£tulos d6 ady quisic 150, derrnsá ( | | l Senalaas dfa y hora pora lo dfligenola de aseo y 20% ?” 0508 go 86 recíbirco len pruebas que 1as partes quíslosón elegor ea fijó cóno línea divisoria dentro de | a u H los dos predios de Deslíado y Cotulanála o Som-Patrá» cio "la que parto del lugar de lo corea del doctor Bodriguoz ño dina, en línca Fecto haeto ol elto de Buenos Adreso, Las il Eo conforme: 1-34 aenanáado dostor: Rodríguez con ES 1406. cotolada sé: opuso a. ella én sl s6to hármo te lo diligénoto, Lor E E malísands luego y on la debidas oportunidsa: 15 Sorrespontiente a | tando ordinaria poro que se Gaclare: A ; - i0¿e Sin ningún Valor ná otecto' la sesolnción dsotan ¡ de por el juzgado en la ddlígerioso verificada en lós. áfos 22 y ' 4 25 de julio. próximo pasado dentro acl ya reforido fuleso: as tons ¡ | lánto $ shojonamiento “por medio de la cusl se 2136. uns mueva : A — Afnea divisoria entro los predios Denlindo 46 propieted de POvO= Ñ de y.S an Potricio de propiedad de Roórigues Neñina?. 2%8 + Que se focláre que la i£nos aivisozis entro 10s E roforidos preáúlos es la establecidas on las osoritures 4782 €e 28 de dseionbre ás 1953, notería 83 de Bogotá y 20 de fecha 4 de es. pi moro te. 1954 ds la notaría 45 do Bogot6, por megio 46 los cusles Poveda y Eotzáguos adquirieron los preétos nonoionodoo, 1£noa 64> H
vicoría que en la porte ' pertinente tronceribe el Soto en e er> dánorios e : l AN ER q : - 1 G8 yo que so Góclare que la 14nes divisoria establon cida en las predichas esóritursas es le que corresponde roolmen— te a la cerca de alanbre dobidamente sriojongdn, extotente sctunl= monté sobre ol térrenos extotoncta constatoño plenenento en la ; T Gdiligeneio realizada por eso jusgoeo en los aos :2 2 y 23 de su . E 140 próxino pasado Vories veces rencionado.. e o C + 1548, Que de dcclare que la línea. aávisorio o nuévo - A . lándero sáñolado por el juzgado en la tesólución atcteñs en Ya t i diligencia de deslinde y emojonamiento no tiene valor ni efecto a s alguno por-nocorrespondor ní a la 1fnoa divisorió establecidas . i d en loo títulos esoritursrios ya oítados, ni a la 1fnos d4visoria o A a e r a y | eD 1 -60509 constitulda Por una coreo Ce alambre que va por ls cuchilla do Sen Patricio cuya existenciase cónstaté cobre el torreno. dnron- ; to la %424goncia ya anoteda. De Bn la petición duinto se pite que les colindantes con cursen porigueles partos el Scstoninicnto y reparación del 1án> ;e dsro en da Lorna anotada. por el actor. :
Entro 109 hechós que So dcónocn de los” anteriores an. ; tecodontes, el ?ribunal fallador Bcstacéó los Siguientes» ES Quo dende lo fócha de la escrátura de oonpravente A al actor en el ordinario so 'enguentra én posesión de: la finca comprado on virtud de la entrega: que le hiso e1 sendador" por los lándoros determinados en la escrituras : “Que al acto de ontroga concurrió porsonslnento el Có=' lingante Vicente Poveda guien en 01 mismo acto convino en divi . die 01 costo “del ssotenimientó de la corea lángoro entre 108 pom ;; treros- ás Deolinde que va por la cuchilla de San Patrio10. .Que eso líndeyo ho sido aceptado y Pospetad o pór los colintentes Poveda y Rodrigúogs . o o es Que como Poveda se negaso a cubrir el convento de dde > visión de ls ceroay" Rodríguez obtuvo do la eutorigotes 36. Po0 liocía de San Juan de. Riosecó la orácn para: que Bovoóo, entrara a cumplár el corromicnto que le sorgespondla. .:- OR e Esto juicio se zenató con le sentencia de> prinoro. ánotoncía en que se dispusos Po” o 5 . ls BlBa> La lnea dfmitrofe óntre 109 predios denontas= ES dos “peslindor de Vicento Poveda E y "San Petedo1o: de 18 finca y "Cebulandis, del doctor Jesús Rodriguez Medtna,. es 1a ésteblse+ :> >.
cida en lus escrituras número 4782 de feóha 28 de diciembre de 1999, de la notoria 9a de Bogotá y. 10 de. Lecho 5 de énero do : 1954, de la not arfa 40 de Bogotá, por ieáto ds les cusieo los citados Poveáa y Rodrigues Hetána,. á8quirieron los -fundón meno ES cionados, línea que on la parte portinenta se determine , Según E el título de Poveda, esfs.... de aquí (cuchilla de San Patricio) » T; a ——— > > a. o. Ie > I9q[qgl=- q g - AA Pr A> . i A LT A : Ta A A ATA gA C- . M Ñ a ' o o - Ñ . PR: volviendo al nortó, por la cerca que va por dicha 5“ cuchilla que es el lándoro dol potroro 4e San Patri= - 0l0 y Deslinde, hosta llegor a una eerca da alambriós corto abajo hasta dar con ls terca te picdra pránor lindero, Y ) togún el título de Rosfiguoz Hodina Otras. de esta volaús hos cla. el Sur» por la corto que divido tos pótreros de Doolándo go i San Petricto on dirección. a la cuentila Manada: de san Patricio, hasta llegar a. ellas en. el punto ondo. se encuentra són la corta” que divido los potroros e La 2rábuna,. de propicias de Lucrecio. Grus y dan Patristo.t.% 920% zóta 14noo limitrofo ostableosáo, 1
Y . en des prooitedas escrituras hneros 4782 y 105. descrita en eY E , funeral ántérior as - la qué corresponde reslnente 8 la cerca de alembre amojonañoy existente sobro 61 topreno. y conptatata por” 2. 6% jugado en la S11gcneia de 2peo resli zada 109. álas 22 y 3. - de julao de 1960. Queton on este forma rosuéltas' 198 pottotonoo - Ñ "segundo El tercera de la parte potátoria del. libelo. 2% / AS : 30 En consecuencia, le línea divisoria o 14ndoro. o que 2336 este Jusagedos según resolución proferida en la aáligón= , ela de: opos. practicada en los díso 22 y 25 de julio de 1960, no _ “corfenponto. e lo línea 2ánSiroto descrita y entobleciás en las citadas escrituras 4782 y 10, antos oitadeo, que £ndican cono - 4 - lándoro, 13 éores. de alembre por la cuenilia. «de son Potrl9lo¿cOS ] es 'eonstátada por sl juzgado en las d1ligonólas: de -SD60' y en: 10" - jippcoción oculor noncjonaes ei 01 punto onteriore Por tal no> tivo se declara sín velor ni egecto alguno la 4 35046n del 140+ dero y el anojonaniento hechos por este Jus 3gado cn lo seforida” diligencia. do 2pS0. Quedan én esta forma resueltas. 105 pottodo=" i
- 1D primera y cuarta de la parte potátoria. del Jdbolos ) ] "40 Los colindantes Vicente Poveda De y Sesde: 20= arígnos Medina, quedan obligados a concurrir, por Aguoles pare E ] tes, al cooteninionto y roparsción do la córca de alemro axwdo _soráo, cenún, do loo préios Doslinteo y San Patriolo, cores que” | Ya por la cuehtlla de Sún Potricio desde el punto en que colán= A a a a
| A - —— == == ee AA _— == | 7 il ——_o 0511 | | dan 109 predios de Deslinicos, do Vicente Poveda, Aguablanca de <> buerecio Crus y San Patricio de Roérigues Hedina, hasta La VolaMa de quo divido los preálos Deslindeo de Poveda y San Patricio de Rosrígusa Holimas do qué hablen los escrituras ya Abetos, euyé Cte ¡ SAS apeo y de Anopecozón ocular. Bn cota forma queda. resucita la pos” E victón quinta de la demandar. pa ye De esta provigóneia aper6 el apoderado del , demandado => soñor Poveés y el Tribunal premnoió 2% sentencia óbjoto del ros surdo con fecha 22 de marzo de” 1964 en ena: partoresolutiva dis=. puso; entro otras cósass : : 618,0 La - línea divicorih entre el. predio «d enonánado. nepláñacas, en JufisIgcotón dó San Juen de Río Secos. y que el 3. A
] -deñor Vicente Poveda aáguirió modisnto cscritura nó 4762: de 28 : | ds dicienbro de 1953 de la notería octava do Bogoté, y el de "sano E | Potrácio”, parte de la finos do Cobulanáis, en lá misma, juricdzo= A id y od ol Drs Jesdo Rogriguss Bedina odquizt6 por moblo de a> sía ¿uarta de. esto náonó étrouito, éa la. sigalentor "Partiendo a : o der punto de la cuchilla de San, Patricio a dondo Logs 19. serca q que dolímite da: finca de la Práduna o agúsblanca y el Potrero. de' => Sañ. Patricio, $0 piguo una recta en diracoión. Rortg;, 91 centro : sal de la Vologar que $e halla en el misco lántoro te Déolíndo y 209 5 Son Patricio; y de al1g en lMírica recta; hacia abajo; kasta ll6= | Ñ ! | ger a la cerca de pisárá on denéo sé intoís, segón la escrtturo a a de adquisición. e Poveda, la alántcración del presio do Deslin> 3 . ( | ce 420¿= En consecusncio, corPaspondo. ES leo: énenoo do lia» loo prodico de San Patricio y Deolindon, la 'construcsión y él Sostenimiento de la lÍneo quo los delimita, por partes iguales. => 152,> Declóárense sin vólor elguno, 01 amojonamiento 2
y 2£n08 divicoria senalados por el Jucgods del conocimientos en Fijo | meta de deslinde que co llevé a cabo en los áfas 22 y nus l 23 de julds 1i960 oco mo lándoro entzs los mencióngs dos predios do San Patricio y de ponlintess o | | v4B,+ deorótovó lo cancelación del regiotro de . lo dergnéoj: para el efocto, 20 jibrsró el oficio corrospoñáfeñ= | A o o , ETR . En el taso de desates. el fecurdo. anotanto quer zue, Ñ “Anterpucato por el actor en él jutolo ordinsrio 4ootor Jesús Ros y drágues legis, y lo denanda. £us replácata, én ia depías. oportunia ! LEA dada | | qn 19 nos meva espuso penis de esa > | | : tes E ve acuerdo con la descripción és. 1Angoros contenida - Om la escriturs pública n3 4.728 de 28 ús ésciémbre de 1983 por | | medio -49. la cut añqutrió el soñor Povóda el preso de "peslips a o _Aosó, 13 lnea que lo dcslinas d6l: potrará de San Patricio de. o propiogad del agotor Rográguos Hedína, es la que: vas deste el. - punto eb qué 61 1indero cón ¿gueblanca (11onsás, tenbíén la 2rá> “huns)' tots la cuchilla. de San Patricio, volviendo: al norte por - 128 cerca que ya DO» dstcha ¿uchillo que es e lándero do San Pa1
'tricio y poslíndos, haste Leger 2. Unp. cerés de dlambres cerca. + | abajo hesta dar con la cerca de piedra primer liñdoro . De ! . Y conforme 6 la escritura a? 10 de 5 de enero se o 1954 por 1á cual Sáquizis ol Drs» Rodrigues Eegios. lo Zínes ds. 7 > "Cóbulanaia”, ed lindero que lo sépara del. de Porlindo” 98 el Siguientes desée "Le Yoleda qué divido los: potrerds de "TeslinA des» y "San Patricio”, hacia el Sur) por le cerco que aíviss . > e a loe potreros le Teslinges y San Patricto en dirocción a la: cuchá= lla llenedé Sen Potrici0» hasta logs” a “ella, en el punto don de se éncuentra con la céórca que dívido 1089 potreros de la Pri> buna (llamada tambágn” Aguabienca) de propicdsd de Luorecio Crus y San Patrício....s” | "Como so ve, la primera diferencia que ge nota entre las dos descripciones, es la de su. “orientoción: de súr e norte; 15 del título, de Poveda, pues élce,. 'volviendo al. norte, por la cerca que va por átoha cuchilla? 3 de norte 3. sur. la. del título de Bodrágues Hedinas “as esta Volada hacia el sur por la com cs que asvido los potreros ' de Deplándeo y San Patricio". _Pero sá, en forma la nás dimplo, de orientan. lap dos por una pásno
dirección, por ajemplo, la sur. a riorte que lleva lo. del título do Poveda, pueden epresiorsoentónces més “facilmente: 24. Sin914= -tud 3 diferencia que eltas presonteñj. ses er lindoro de. 19 escrir > túra del DE+ LN resultoría DOp: Dei punto. de 16 SusbiXla de Sen Poíricso, donde 11ogs la' córda quo “deslinds dos. predios. de. la Tribune o Aguablanea) y Sán Patricio, se sigue. haste el. norte. -pór. le ceros que dolimits este último y el Ge Dénlándes, hgoss Lo Volods que existe en el niémo lándoro. 7. a “So vo entoriced cóno la denertación ds ls dos es0risuras; ofrecen. ¿stos dos elementos domunos;¿ El punto. on dónde $0ds lo extremidad sur de le 1£a08), que est según el título de Povotas eL Jugar. de la cuchilla de San Patricio a donde legs, la torca coh le finoó ds Aguobleñoa; y el punto. de de 'nisns; ¿uohi= p Pl llo on, doxidese encuentran la referida cerca con Aguoblános y da que divido 103 potreros de Deslintes y San Patricio, confor= s u ee el +t£tulo de Rodrigues, Y la líneú-a seguir desdo 18 expresaa da extrenidsé, y que de acuerdo con le escritura de Poveda, vuolo pr vo de dicho punto hacía el norte, 'por ls ceros que va por. dicha Ñ cuchilla que es el lindoro del potrero de sen Patrioso, y -Desliades3 y según. la del Dr. Rodriguez, dáguo nacía: el-norte” por la | A coros que divide los potreros de Deslindes y Son Potriciot. a "Difieren solamente ls8' dos 2íñcso, én cuanto ES puñ= : to o extremidad norte, que en la oserituro áe Poveda. es hesta llogar a una ceros de alambre, cerca abajo haste dar con la copo ca de pieáre primer líndero'; en tanquet eon la de Boérígues ro» pS culta cor "La Volaéa? que só encuentra en la nip= ma lnca divivoris do Deslintss y Jen Patricios De esta suerte, y diversarente a los señela + bicntos hoéhoo en la dilgenota ds desiindo y posteriormente Gn la sentencia que shora de révica, 199. cualés Zigoron ol extremo o, Sar de la 1fnea en el aito te Buenóo Añrco? y en el de ta coro - ca de oslenbre emojonata,. extotento sobre él térreno y constató» _ de por el juagado en 14 diligoncia de opos reolisaóo en los áfas 22 y 23 de julio 8s 1960, y respostávanentos dicho. punto de popa . tías dobe ser; -e1 4e la cusní1lo do gan Patrácio ES dende logs, . la .corca que éolásita lo finco de la Srábuna. 9 ' AguSblenco dol a potrero. 06 Sañ Patricio”. a | IN "Ahora dí cuate e 13 dirección que 20do , seguir la.
íncó, bien se sabe que és hacía el norte, por la coros gue va LA pordicha cuchillo?» delimitando a Deslíndes y son Potricios Lo Ñ cual. no _pueéds entontorso» segíín lo. protende el señor apodersdo o as Poveda a través de un lergo enfligio gramatical». como tol fi- - 10 de 16 cuchilla, por 1e9 síguientos ratones Zundenentoleoi poro quo no: oparesoque el punto do portiés quo: go dosa. descrito, se _encuentéo: localizado en el filo do la cuchillas pórque eenslan» ao enbas escrituras. “61 Jándozos "por la cores quo; v a por dicha tuchílla', no es dable roemplazor la idea ds. Caron. por la del fito que o pretende; y porque no apareces. comprobado, y mu por 41 mencáonsdo filo hubiera exiotido puncs- éorca algunóy. ja que los testimonios de Bargarita Balcero. Gabino Nohso y Plouterio Rubio en que el ceñior apoterato de Poveda croo enconteo?. este denostra= > O a - ción, no inclinan el criterio tel entenciador hgcio lo. certeza | de £quel concopto, graciosenonto deducidos”. 3% ea ePoro bí la 1fnca Ggbs. soguár. el cursó 0 la cesos que delámito a Denlindss y San Patricio, cusi entonces la 1odolázs> ción do la mencionas cerca? Desde Juego no puedo ser le de slan» bre que se encontró en las féches de las. Giligoncica precticadas
en el devlinse, y que el fello rocurrádo eceptó cono lindoro, A A AAA 0513 por cuanto dlohos cercas résultan constiuidos dospues de Séquio : rádes lso propicésios por los l1tigontes en el juicio, y por ¿6- : 10 tigo do ellos. Tempoco da que algunes dé los testigos habíon visto on la medía Lolds de la coráillora, por cuanto lovantsda es córca haco unos quines. ados por Rafael BlcOrO, no £uo pas ra línderó sino paro fsvoreccr su aenentoritar, según: lo declá» Foo por su hijo: nbrgofáta Bolcoro do Pinzón ££, 26) y por Gabi= no Hosts Barrerá (£l. 26 v.), en el curso áe la nisna diligencias: Entonesb, Y. a fosa de pruebas déniontrativas. de los : sitios por donde iban los antáguso cercas: advicoríso entro Dogl4n+ des y el potrero 89 Sen Patricios. y que sán £uds alguns se TO» fieren los escrituras de Poveda E de Eo8rigues, ellos deben toto? mánarao - por la ro0to que uno el extremo sur que só: toda: sómalado - éeno punto de: partida del lándoYo, y sí sítio de- “la Voladas que : hy Acltnittodo Gichos prediósj y la quo unó tete dit1mo punto cón . la. ceros de, piedra do donde parte la olindoración que desorábe ja escritura por la cusl aúquirió Vicente Poveda",
o », 3 a do. demendo de csosación qué fue oportangnénte fO= priplicado por oi opositor, $e formula un cargo” éna l a racu= rrente. lá terolnónte dices. | Los “Prinoto.- Acuso la sentonela de 21 de márso' de 1964 se... por la causal prinora del artículo 520 452 código E o. por violación éo la ley sugtativa ortículo 870, sa del sánigo í ¿juéicial y artículo 900 y 916 del ebasgo cávid 9 esusa de erro» yes 80 hecho y és derecho on da aprecicoión de das. Prueban y 2% conciut»? el cargo cxpronas EN teñtoñhcea, el Cribunsi Juego der m9 entinar, luego de no cófisiderer los pruebas presentados, luego de destetimariso logsimente (ote) violó los artículos €69, 870 y 900, (sic) por interpretación orrénes, y e consecuencia do los errores de hecho A A A -157 0516. y de dorceho écsogtrodogo en cots tenanta, y que lo £sban el cerocho paro fijar la lfnos Afniteofe, de acuerdo con loa titulos y lengs probenza el juicio y no do aguerto coa el mero copricho o: nojor de actbrdo tan lo propia iniciativa exclusiva cd someone Cigdor?e , ID zo esprecas “21 , artículo $00 del eStsgo dávil de dericro al» At Yer propistorio pora provesor uno docipión jurteaisolo 0) en Pas . - lación don 109 lintezos te Jos ¿rettos vOcinEa, E el ebscto dd
ceo. que todo propietario jueto podia que se fijen 205: Íastoron; $e soficro ok artículo 369 del vódigo ¿udicialy que 16: de focal y _ tof 91 jues pora señoler. los lántorao fupucoto de les fúcuron » tes presentados por les portes y de 195 que estos ex áten: ee n 50» to se la diligeneta. Cata ol artíéulo Eyio] Dádes en cuento yá ifiosto “gas si uno de ler porten xo ce. conforma 9 vontis 10 en jutcto ordinorio 10 i£nso d3vicoris setoloto e« n la 09lágon= sit. ) a este vigro nuneyol el recurrente 20 refiero a loa títulos. escrituzorton prosentodos par 1a3: portes, rantrgrtento que sl Aeibuns2Sextantas la propictsá de Povédo Es perjuicio ás la extenusón 86 la propicéna del br. Sotrijguos Hedinas. por: do cual dedo noificores GLora l4m05 Srrencanente. trosóén,, Bata Tha jor la qus correrzonde a los títulos que no os otza que; de Sigo : da en la asntencio dul 3uoz civil del circuito: de Detetatirs <n 0% ordinario promovido por uá andante sobro 1a Invslidictón £s lo línea fisado en los diligencias do 22 y 23 lo julsoto-190 contínua rofirientoce a los contados títulos y lo coñcat ta en. rolación con lo 21dnso 8ivisorio epinlados. por elle A
Huneyol cogun: 9s 3d zocaprente ofireo que nel scntena ciíador RESpr escin 16 cd contenido de los títulos cscriturorios en cuento ln línea divinoria es por córeosy proscintió de las prue» das relevantes tn cota t$laco de juicton, Solen eozo el djctonon A To o AA AB - A AEaAN __—>— q eS Pr TT - TiIA RA iA A o a t - 1 - - 0517 do porites producidos on des experticios Giferentes, y trozó und línea divisoris en formo orbitraria ueñianto una regta que se ádo6 cozo pasanto por alto que el E. Tribunal pop 19 noturaleza Ge2 Suicio de feniínás 39p enes puedo hocer la dolímitación nate- . ríol de los fuñtos motiante la colocación de los que folton o da=' yum gan ilogséo a no sor reconocibles provie ddontificación”s. Ben el: iuáoto te doslintos contimioy ezo 10 dicen los extículos $00 y z $01 se estoblegen 169 línoos divisorias; estos juácios Mo son para coñalar l2e09 divisoriaa a voluntad del to Mator. y su > aaS joto adonás. de establetar estos. l1nferós 29 01 le sestodiccerlos : ] a coste esrún; melve e insictis ques "El deslíndo. es góro Li> jor ex lindero. Inciorto: entro 809 predios; pero Era econó. 16 dB E A tíondo ol Tribunol pora fijor línoas divicorios nedignte ex-bis=
| temo, de tragar líneós rectas do un punto a otro, cano si el pros > bienn fusra er de ecercanircnto, y no el de juzgantentó ÁNBIVi “dual: de ¿óno dotorian ger las Af 39 entes des yredics%. En 01 nunersA tercoro ES soficto muevancnto b que el Orábual .“ desesnoció la existencia de los Ifmites ds los pregics | £4J000s dn las esorítuzas yáblicos que so han relacionado artos riorente prosoitadas por las partes3 que desentizé lo que áscon. Jos peritos sobre la existondia 5. construcción as anos serca ya | quo e1 Gribunsl stirsa que fueron construidas: econ. posterioridad” 2 Tos násmos dida que el folladoz no 25300 |X óor: des Agclara= : da de , 196Ñiccbro la oxictencia de la certo que dsvids 109 pret1oo materip de la lítis que rochess la prueta testirontod.. “pera no dico uséa sobre les dents pruebas +tootironiales s01 ecmo: si no exitotíscron en autos”. Está bien, licor que Feóhago: dicho prue ba sobre la existoncia ée una cerca yor $1 240 o lona. de la coro E dsllera porque ninguno de 102 títulos habls-. del Í410 o Tono Go lo cuchi1lo de Saa Potricioz y porque sá 109 testigos hobisn de dos cercas para fijor O doterminar la vertadora tarea 0 l£>
$ poo divisoria, entoncos dichos testironios no pueden servir pas -150518: ta estoblocor la vordadoro cerda Givicoria, porque no soben o no pueden Eccir nada cobre la reo1 1£ - ¡es divisoria entre. 109 predica". _ Agregs que 61 Sribunol dencstizó el testimonio 0 do atrio subio Pechón pobre lo extotencta de - la cera asvicoria | co los proúteo aotorio del guleiós. ] Zn el fltizo punta dico que el eribunsl no de: 80bá- damente los testinontes zonclenatos presentados per. des portes aD para el efecto doi éotoblesimiento - do la línón divisoria, de los r i a predicas que Eguestinó ei volor «Legol 89. 109 títulos pilegadón poiquo no len de el velo? qué en cuanto. sa conteniés lo cOrros= ponte al tonos de los ortícules 1759 doi cóúigo civil y 630 del _cét%go jutteiokg qué desestínó ¿1 valor legal ás le inspocción. ocvier practicado. on 01 guicso para figor la línco dsvicorís ón= : tro los Gea preáon, haciendo fucvenente un anólisio -de la pláno : | derastón contenido en lao esoriturass, y rofiricnáoos eopeclslaon» so a la Inspección oculos dice que ol Trihunal la: dosdctiró de | logalnoñtes es decir. sobras clla se contas adengs 401 error de
hecho éx brrór do derecho con violpcién de loo “artículos. Te yg. dl del eóaigo judicial? - Vuelvo: 4 ánsitis on qué el esttunol violó al arttento630 del. 'ebatgo juétsial "sobre ol nórito de lo Que gontácns una Gál goncto de inopacción ocular, cono yá lo tido Ki uojer Se nó o roliover 19 descrito e11£ y consiguientesr ente. dosentanó 16 pruós - : da rospoctivas 6l sentencistor viíció.o1 ertículo 722 del código jutíciol en cuanto no le d16 a le prueba de poritos 6l valor te pleño prucha que tienó y que no pedía pasor por site sona ss 20 oxigtieroj y que en ese orden lo nicmo gucs8s6' con da píuedo toda! tinmonis1 con vicisción 401 artículo 697 dol ebtdgo juáscial, poro, quo primero tomé en cucata des dsolascótones. que 8e. apús corvisñ : pora artablocos 19 109 asvizorios. -ya que hodlañdo de d0s copo das mad podízn dccir cuol era la realmente establócida pora alvi> d47 oy seporsr los dos predios. Pasando
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