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CSJ - SC23-09-1921- [011]

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC23-09-1921- [011]
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1921

Sentencia C – SC - 011 de 1922

REDUCCIÓN DE COSTAS IMPUESTAS EN LA SENTENCIA

DE 23 DE AGOSTO DE 1921

REFERENCIA:

GACETA JUDICIAL Nº 1491

MAGISTRADO PONENTE:

DIONISIO ARANGO Corte Suprema de Justicia— Sala de Casación Bogotá, veintitrés de septiembre de mil novecientos veintiuno Vistos: En el precedente memorial solicita el doctor Ismael Arbeláez, en su carácter de apoderado del Diógenes Ríos, que se reforme la sentencia de 23 de agosto último en el sentido de bajar o disminuir el importe de las costas a que Ríos fue condenado en dicha sentencia, las cuales fueron estimadas por la Corte en la suma de ochenta pesos oro, por lo que respecta a las agencias y trabajo en derecho de la parte contraria. Desde antes de proceder el fallo de que se trata, la Corte había acordado, a virtud de quejas de algunos abogados, y procurando acomodarse en lo posible a la costumbre sobre el pago de servicios profesionales, aumentar un poco la tarifa que le servía de norma para la estimación de las agencias y trabajo en derecho. Con ese criterio estimó en ochenta pesos las costas a que el señor Ríos fue condenado; pero en atención a que realmente el alegato de la parte no recurrente es de corta extensión y no revela un gran esfuerzo intelectual, la Corte tiene a bien hacer la reducción impetrada, hasta donde lo estima equitativo. Por tanto, la Corte Suprema, administrando justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, reduce a la

suma de sesenta pesos el valor de las agencias y trabajo en derecho de la parte no recurrente. Notifíquese, cópiese y publíquese. MARCELIANO PULIDO R. – Tancredo Nannetti – Dionisio Arango – José Miguel Arango – Juan N. Méndez – Germán D. Pardo – Teófilo Noriega, Secretario en propiedad.

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