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CSJ - SC24-07-1987

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC24-07-1987
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1987

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' DO ProcEsN__ - CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

AAAO Bogotá, D. E., 2 4 JUL. 1987

Magistrado Ponente: JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ Mediante consulta examina la corte la senten cla del 12 de marzo de 1987, proferida por el Tribunal Superior del Distri to Judicial de Manizales, dentro del proceso abrevlado de separación de -- cuerpos promovido por ISAJAS NARANJO HERRERA contra LUZ MARINA -—

CARDONA VANEGAS. | ANTECEDENTES Pidió el demóndante el decreto de separación de cuerpos; que los hijos menores ISALAS, LUZ ALLIETH, y MILENA NA— RANJO CARDONA queden en póder y bajo el cuidado del padre; que sólo- éste ejerza la patria potestad; que se señale la proporción en :¡ue los cónyuges deban contribuir para el sostenimiento de los hijos y que se condene en costas a la demandada, Como fundamento de lo pedido, el actor dijo que habla contraido matrimonio católico con la demandada el 19 de julio de | 1975, en la ciudad de Manizales, el cual se encuentra registrado en la Notaría Cuarta de la misma ciudad, que no se celebraron capitulaciones matri monlales, que del matrimonio quedan los hijos menores: MILENA, LUZ —-

ALLIETH e ISAJAS NARANJO CARDONA, que la demandada ha sostenidorelaciones sexuales extramatrimoniales, ha incumplido en forma grave e injustificada sus deberes de esposa y madre, ha maltratado en forma cruel a sus hijos y su conducta tiende a corromperlos y pervertirlos, motivos par los cuales se encuentra Incursa en las causales indicadas en los numerales 19, 22, 3% y 7% del artículo 154 del Código Civil, Anota el demandante, - además, que hubo separación de bienes, según Escritura Pública No. 3056 del 29 de noviembre de 1984, protocollzada en la Notaría Cuarta del Cfrcu lo de Manizales. yá E ERNADO Le A Le e 5, E 2% e? O PROCESAL -2fees AENA PIS Ed Admitida la demanda, se emplazó en legal for ma la demandada, quien fue representada en el proceso por curador aditem. La primera instancia culminó con fallo que -- eptó las pretenslones de la demanda, providencia que se ordenó consul-- tir por las razones aquí expuestas. CONSIDERACIONES Como no se observa causal de nulidad capaz de invalidar lo actuado y los presupuestos procesales concurren 3 plenitud, de rigor decidir el asunto en el fondo, Él matrimonio católico se encuentra acreditad con el registro civil que obra a follo 1 dal cuaderno principal. La Corte encuentra que con los testimoniosde ANA RITA RUIZ NARANJO, RAUL DE JESUS MONTOYA VALENCIA, ---

¿ON GUILLERMO MORALES, NYDIA PINEDA GRANADA y GUILLERMO MO RALES CASTAÑEDA, se demostró el abandono de los deberes de espusa y dre por parte de la demandada, pues, todos coinciden en afirmar el heto de que la demandada tenfa amistad muy especial y notorlá con un se-- “er Emilio. Además que posteriormente abandonó su. hogar dejando abando “ados a su esposo e hijos. Finalmente, que éstos últimos sufrieron castl-- /s crueles por parte de la demandada. El qa uo halló que se tipificaron y acredita- “n las causales contenidas en los numerales 1%, 2%, 39 y 7% del ariículo - ' del Código Civil, por lo cual decretó la separación da cuerpos y dió - plicación: a lo dispuesto en los artículos 310 y 315 del Código Civil, contlación a la suspensión de la patrla potestad; conclusión que comparte es 3 Corporación, por lo cual resulta imperativo confirmar el fallo consultado. RESOLUCION En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema 2 Justicia -Sala de Casación Civil-, administrando fusticia en nombre deRepública de Colombla y por autoridad de la ley, CONFIRMA la senten1del 12 «de marzo de 1987, proferida por el Tribunal Superlor del Distri 10 RMTEERRMAAD:y depa De E a aj” Has Ue > “A e mE O POOLE -3to Judicial de Manizales, dentro del proceso abreviado deseparación de cuerpos promovido por ISAlAS NARANJO HE

RRKERA contra LUZ MARINA CARDONA VANEGAS.

Cópiesa, Notifíquese y devuélvase al Tribunal de origen,

JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ

EDUARDO GARCIA SARMIENTO Nx xs

HECTOR GOMEZ URIBE

HECTOR MARIN NARANJO

ALBERTO OSPINA BOTERO

RAFAEL ROMERO SIERRA.

ALFREDO BELTRAN SIERRA

Secretario

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