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CSJ - SC24-08-1961

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC24-08-1961
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1961

0401 2 SUERA El gUORICÍA

SADA BI CASAGICN CIVIL.

HAGISIBIDO SONDEOS ARQTRO GIFOSADA o Bogotá, agosto Ay de mil novecientos sesenta y uno. ¿vén Rontrepo Angulo deransé en vía ordinaria anto «ll Junto Sogundo Civil del Circufto de llcdo» Mín a Caría ferosa Ochos, viuda ds Codina, [Moría Dolores cdi La de tiedtna, Matilde, Vantol, Eliseo, Dsvid y lemando TJcdána G(choño con o1 fín Qo obtonor los siguientes premincianientos: | , - "Peinoras» Que queda resuelto, en virtuú de la condá, | ción resolutoria tácita, 01 contrato de prorosa de vonta conta, nido en 01 decunonto yrivado del 21 de agoote de 1,955 por 10 dio del cual los decartados pronctiegorR vender a Iván Restrego Anguio por la cuca de trescionteos nil pesos le Jo. C. (3300.000.000) cicn al, (100.000) voral cuadradas del immmeble = dotoraínado en el hecho prinoro de la donmaia”, "Que cono concotuonoda de la feclaración entortorquedan extiínmidso les oblígaciones que cono pronitento con | prodor contrajo ol señor iván Rontrepo ángulo por razón de la | proresa de venta coposifiecada en la prosonto súplica? — MROTCOLA+ Cue deobon roponerse las cogan al estaño quo tenfan antes de la colebración do la exprosada pronesa le

raínación del vín conprovento, y por tantos eouo efecto de la : culo contractusl, las denominados, solidariaronte, cotón en la odiicación de rovtituir "al mísno Bostropo dnguilo la suna de e cincuonta nál pesos De le 0, [S50.000,00) pagada por osto? . i on obeno úcl precio de trescientos díl (E300,000.00) » y lop | íntorocos de la pricero cantitad, a partir del 22 de afento de 1.953 hasta cuanto so verifique 61 pago”. "Cuartas Guos de igual uomera, 105 demandados po en | tuentran on da oblicnción solitario de rootituir a má podorána | to llas ginas ds el actocicatos cinevonta pongos (-1.750.00) y | 7 en 20402 vlnca ía pocos (Qe $.000.09) que tecibicran vn pago do ánta 20300) la geicora od 2 da ote12 do 2.05% y la goguntas 01 » 2 Qe oopticibra del mismo alo, con los aíditeo iognles de » 200 CEPOBOCOS esa ntitados haogta cuonéo co rondázo ol pacot. “Quintnas Que lop docantados cotán sofufcas obli culos colitemienente a gagarlo a Restrero Angulo la ama de tWoluta 12 socos (9 30.000,00) "que vo estipuló eszo pona ca do proneva de emprovonta por el sismplo protesto en ol su ¡inerte del contrato y los intoreseo degales do cota son e

tidad dostio 61 22 te vovicnbro de 3.053 hasta que ys ofcotío cl Lap, “Sortaye Su 100 deracásdos doboa faleriicar a á c0entonto los porjuicioós peorenicatos dol inownplinicato Sol contrato, tonto por eoneapto de luero eraunto, cono de Sale CPECORO y sorgatcios quo eotáco en la pura de etacuonta míi 70200 flo ls Ca (Lo 50000400) a la que Fijon peritos doság » ados en da foraa lefa Pin cuboidlodo las poticienos toreoras Curas auiata y sosta te cota dosanta, golicito <uo loo Esaméndes ccon esañenades d4 poso de lo gua de etuacaento mil poros «- Joldsto ¿Co 59,000.00) ton 00 intereots legsicos do don partácas de n4 cotesicatos cincvonta (9 1750400) y cinco 1011 55000 Ma le 0 (0 5000400) con 200 réditos legnlos, de la = sora de treolata uíl gonon e la %e (Je 30.000,00) do loo poz: duícion por duero cenanto y daño encrgonto Ca lao siguientes preztíqiescs + la citady, de etayues esbrovivientoy aciora + Condo Zoroso Gehoa de Cioólras y 10 otro uitad, Givágiblo a crozoata, entro los donantes Carta Polerco Codina de Ue 2 Quedo Cotiido, Biicoo» david y Hornendo Lotina Gehonfa En cubnidio do lan anteyioros toticioreo rringó

cales y puberdinctao, aplicita co hagan lan oigutontos $ 4) » Quo leo denmacates infringiczen la obldga » ción do hacer contraído on 01 ¿roventroto do cue de cuenta y 01 docuncanto grávedo do 21 de agosto de 10534 connistento en el eterganiento de lo cacrita ra que debía extendoros en la Jotaría Zorcos "ya del Ciroutto do Meteladas e pío tardar el | 8%a 21 do novientre del nísro años para tronos tropo ángulo” el foninio de lao clen dál varas eucipadas sonpeentidos en Y1 imueble foterninado on 01 hecho » pricoro de coto 14bolo, y que por cuanto aquellos quegaron cong tátuiaos on noro de cunplir tal preotsción, con responsables ea lidoriaronte de lon porjuieion provenientes del inennpliniontos del contratos por muaén dol luero cosanto y dede ororgente? a D) » Cuo cono parto de los porjuicico provenientes (01 insunplinioato de la oblIgaoión do horar, por sencopto de dales ensrgontos los Gomantolos eotán on la oMiigsción nolílcria 20 + sootítule e pagar las píguientos sumas £ la do etmcuenta ni Es] vas (Le 50.00.00) con quo ágteresos legolos a partár (ol 22 ds asonto le 1.9533 la ds nál potepiontos páncaenta poses (3 1.750,00) con uo rÓSitos degoles focto el 2 ds abril de 1.0564

y 1a de cinco ml posos (Qe 5.000,00) ton oro intereses logicos desde el 2 de coptieabre do vato Últino año, Bosta cuando as y Scutdo 01 pago do 2ns tres emnas vapreoataña 0) - qué aníinició con responsables soláfarianonto los de osptados ds ín otra parto de los perjuicios, por racón do dago» cxorgéate, y do la totalidná de ellos, por luero eosonto, y cms . consacuencios deben sor eontenades al pago de Gloha intemiza += ción, la que cotino ón sa totalicad on la suma de cincuenta mil posea (le $04000.00) o on 02 valor quo le fijon los goritos des ságandog cn formo ldogal dentro del juicio”. | | D) » Quo tonbión dotea pagar los tsrartadoo colidariaren to lo guna de troita «21 pones (5 + 3O4000.00) y uun tatoregss | togoles a partir Col 22 de asricibre de 1.959 hasta cuando 00 » | vováfiguo ol pagos al actor, enmtidas cotáguloda eero pena por E 02 airple potasio en ed ermpliniento de las oviá4 M fo 0404 =4das do la prononas. Suboidiarisnonta, on roenplazo de 10 carte Tiral da105 potielonsa A)a B)p €) y D) solicita que zo comiera a 105 » ooziadoo e rootitulslo al tonantanto los porjalalos por con»

02380 Co daño chorgente y lucero conantos 159 conticades de mil viéBiontes bínmicata 10505 (de 14750400) y cinco nil pesos - (Je 5.020,00) y trolato níl posea (Je 30.000,00) 0 ootipulados 6870 pont "todos son les intorocos legoles, on la forma atrép indlénda, en la pimiento proporción: uno mitad de la cual reg sonda la cónyugo tloría feresa Ochoa vínta do tlctána y la otras tad, divicibio, a prorrata, ontro los dtenandodos María Dolo. s09 Hoiána de ls lotiado, Camel, Elíacos David y Hernando Lo» dina Goten". ] | La notívación do outan súplicas, oxpuenta on cotoraos santos so puedo sintotisor opé Úliceo UcGina fue propietario de uan zona ru pS 7 gá nd tuada en. la frase 6% de telón, eumicipio do Nctolita, de la comi Anos porto el iammoblo que so delinits en el hoeho prinoe FO que ticne un área do ciento deco mii noventa y dos varascuadradas con veinte conténimas de vara ( 103.092=20 0%), 50 » cía ol piano lovantado por ol toctor J. Lópozs Policuito Elic00 Dolina y estanéo cn cuervo su ¿uácio rnortusrios les demamig dos pastoron son Rosgtreyo ingule en (o amuento sucserito cl 21do agecte 8. 1.953 ana pronesa £e conprovonta respecto de vien

qí4 varas cuodradas ( 200,009 Ye) tomadas del terreno fenerito y ciindado así a | tror al scntaño nsrtos pretiondo de la Sarrora 63 liomión tonbión Páes,s ostíguo canino del Monjursio, de coco + lento o oxtontos oa ana +octo que tiene 44 notros con 45 sontínoteea hace papuetva de pur a norto en 12 metros con cuaren to cuatíratros, linúcros en dstos dos trayontes con propiciaa do horedores de Rafací ladinid, diguo de ecsitonte a eriontoy on any zcota do elento sosenta y dos nto con cuarenta contíne E == . = rc rc 0404 =%- dos do la proticos. Subsidiaricnonte, qn reemplazo do la ¿arte final de e lco potielonsa Aja Bla 0) y D) solácita que so contera a Lon » denunúndos e reotátuíslo al Eonandanto los perjaícios por con o00nto do Galo enorgente y lucero conantes ls comtácales de mía soteriontos váncuenta posos (Je 2,750.00) y cinco nil pesos . (Je 5.000,00) y treinto ní1 poson (De 30.000,00), cctipulatoss ero ona "todos con les ántorcges legales, on la fora atedo inidéodoy en lo víguienta proporción: una vitod de la eval ren condo la cónyues Moría Sorosa Uehen vinda do ogána y la otras cátad, diviniblc, O prorrata, ontro los denantados Lisría Dolo»

ros Koúdas de ls Uotildo, Manuela Elfagos David y Fernanto Los dina Ochoa”. | : La motivación de ostan súplicad, Oxpuenta on catoraoo santo» vo puedo sintotisar así _Eitogo UcGina fue propietario de un» sona rural, gltucda on lo fracción de Telón» curicipio €o Tiedollfa, de la + cuni aos parts cid immuoblo que so delinita en el hotho Priras pes us tione un dres de otento teep-al1 noventa y don escosigadon con veinte contésimas do vara ( 103.092=20 Ni EN ESca cl piano lovantado por ol doctor 3. L$poss Dallegíto Eli = sad tiodána y entento cn curoa n jetclo morfucrio, 100 dcrmmaia Usa pactoron eon Rogtropo angulo en (o canoato sucerito 121 da: agusto Sn 2,933 una pronosa de conprovonta respecto de cien 523 varas cuadradas £ 100.000 y «t omadas del terreno fenerito y niininto aná s Por ol coutaño nortos partiendo do la oarrora 08 + ldamea tanbión Páeb, oubtiguo canino del Mongarpio, de oc0l + dento o extintos oñ uma recta que tiene 44 notroo son 45 con» tíiotreo haco cacueiva de pur a mayte on 12 metros ton cuoren» to contíration, lindcros en cotos dos troyostes con propicias de horodoros do Rafnol Ustdnay oáguo de orsilente a orienta, cá mua goocta do clento gosento y 803 dts con cuarenta csntíno.

A ] (0405 a treo; veltca on esenméza de sur a norto, en Us us Línoo roeta do pincuonta y troa netrod Con» sotonta contánotros y aíguo de anovo de besito o te a oriente, on uña lfnra resta de doscientos sotenta rmotres con troints contínotros hastacolas a la essvora Alanada "Guobradita?, lánsoro on loo trca » álticos trayectos, con propiclad do la mísna cucopión de Miineo iodimas linda por el orienta, prinore on tra Anos secta de voin titrós notrog de nerto e pur, luego otra línca de nevonta y un» otro con setenta eontínotros do oríento a ecoilentes y voltoa hacía el cur, on otra línoa do cotenta y cefs motros con eunton Eo contínetros, 2indero on cestos treo trayoctós con la liemada carrera Guebradfto"s ságue ae erdento a cecitento, on una 14» rea de elonto ochenta sotrog con venenta contínetros y 1uoge 0 tra regto de escrnta y des notres econ ceocata continciras denorto 4 surs voltca heuia el occidente, on trointae y cofo motros con emhenta contínotros , y luego en una recta de edento sun » renta y us notzog con cincucata contínetros do norte a Sur) Jáns Coro prinorso con los terronon O tejoroo de la Catoiral y luego

on otra poeta de conents y dos notrog pon propiedad de Darí; [cil y por últinos hasiondo. úna pequeña escuadras cíguo lo > unpto A Gur, en aleteo metros con cunronta contínotros haota gu láir a la codo 304 iionada tanbión Oñilo do Césgodes, por o01 contado cup, con da salio Clorodes, por ocregs de tapia en elne menta y tres notsop con trointa contím txroog vuelve do sur a » nortey prinoro on cotenta y cuntro sotroy y volante entínotrop oropiegnl de Manuol Myóroo, y otra lénca en lo misma GLrecoión elo dlea y auove otros dex contínotros, son propicias de Juan Zotoamesur, y voltoga de erfente e ocoidontos am una Xnca de von tiscia motros ceconta contínotrogs propicias (03d cisnos por el contado ercidoatald, ciguicnte una inca on curva cono está on ol plomo, de voirtígioteo metros novonta ecntínotros con propicócá do Podre 1époa y en la migo aspejoión do sur a norte, otra 14aca ON 0408 = 6 + do sáneo motroo con psosenta contívetros, con propiedad do as ría de Jdesda Alvárosz, y voitos de oriento a pecácento, cn dica y seroonotres, con propicóna de la miona señora svuciTo luego on oscanéra on dirección do cur a nortos en setenta motroococenta y csneo contírctaob, compropicónl de la oucesión de »

Me lisco Medána y en escinéra en una línoa de cincuenta yo cuatro notros dios contínotros de orionto a ecsitonto, con - ¡ropicósa de la vácca eucoción hata salir a la calio do Dan= Jjoreío o Xu. 683 y por éota on cíaonto trointa y treo metro» coñ cunrcata contínmotros honta el punto de donts so partió, A 205 vonácdoros les puodaba ana puporficile de tros a44 movoanta y úc0s Varas eunéradas con vebto esontécicas do Vas ra (3.092-20) excodonte que doboría doduciy el inmgenioro an _ci Scetor on quo “el iamotle liínita con predios de la cuco » sión 202 miono.. eoselfcdinay fonte queda por el contado sur, > lándendo con propicias de la sgoñora Varia de Jesto Alváros, y ca fora le polígono rogilar, pora que €l lindoro guelura en AÍaca retar, o 1d, precio de la venta so catipuló on Seo 300.000.400» o socón do 8-3,00 la vera cuadrada, el cual se pegoría sol O 50.000,00 on la fecha 001 decunentos De 30.000.080 en los > últinos ddao de Ateienbro de 1,953; 8100.000.00 al vencinion to do un año, contado desde la fcgha del otorgamiento de la = oseritura ds vontas y 3 109,009.00 O ceay el resto, al venoí

siento de tres años, contados dende la nitro foghas Se poctás quo Rentropo Angulg pagaría nobro loo don Últiros contates » un intorós rongual dol soño por cionto haote 21 voneinicnto - | dol yriner ono, y del ceho por ciento (8) durante los donditicoa años, pagaloros por venoealiéstos vencidas; que pobeía. hacer abonos mo monoroo de Y» 20,000.00 y gue on taco de nora ca 01 pago do ley Intoresco duranto tres tac COncocutivon, - 107 promitentoo ventiedoros podrían dnolorar vencido el plazo Y A 200 intorones noratorios a da rata del deco por cícn A fo 407to ommni y que lap obligaciones quedarían rog= paltodos con higpotooa de peiner grado sobre cl terreno atanirido por Restrcros Loy £ueturos vondedarso co obligas ron a occlerap la mortuoria de Hodina Reotrepo para quo, uno vea pagado el inpucote de cues pa SLcnone se aprobaron dos inventarioos y luego se Bsctara 6l Eo» ercto le poscoión efectiva, y so inseribicra éste on cl regio100 "a tranonitir a títálo ds tonta cl loto de tezrone alintae dos de dica mil (109,000) Varas cuadradas, otorgando in osczri tura correopontícnto dentro do lop novonto Glas síguicatos a la fochás dol eontrato, que 10 fue 01 21 de ageoto de 1,933. A con»

plotor “Los títulos da toninio on lo que folte fuera go los que ya han entregado para que Bostrepo obtenga 01 victo buona dole abogado que 01 donigno”. Deplororonizro ol inmueble promotido » l0o pertenoco y que entá libro de onborzon, ploito perdionto, linitacioneoo prinoípoles e accocorias dsN1 Ceninio y do condiciamos rovolatorias. Paro gi 059 de que Rogtroyo Angulo, sa > várted de la opción que co le 416, resolvicra no comprar el ty dor) ramios y herao, exiotenteo on parto del objoto de la con vención, 50 conpronotíoron 06 0n Ye de Ncdina y Docána Ochoa = a potáror loo aguas gucino que pason por un acueducto que atra vinoa ox proto a fín de que costo no gucdo gravado con tal sor VÍBUADLO | o Los pronitentos vondodoreo incunplieron las oiguientone obmisacionos < La del regíntro del douroto de posenión ofottio va do lo horenela del causento Cotána, porque pelcuento so day erávió e, 12 de dicicnbre de 1.95%, 0 scans en fecha posterior á la nodalada poes 01 otorganionto 8e la esoritura de vontas la de rotíror las agusa guetos fiel acnodueto quo atravesaba cl te ZORO, no obstanta haberso eunpi1do el término de la oyciónconceñíta a Restroyo sugulo sabre compra del tojarz la de em

trecar los docurentes Germioten do la titulación roforonto ad irmoble? antos do que so porfoscionara legaicento la nyras tontas Fueron tan eonventes es 01 evpfilicicato del precontrn Bs que 16 po prescatoren a la Dotoría $%. a colomnisar lavato prometida 61 21 do novientro de 1.95% on quo co yonció ca piase do movuato Gao Zigodo para dicho coto. — - Enta contravención los conotatoyó on EyrO fondo cicolMia fouhas y orició al pronetionte conprafor del canplís niente de ous oblágacioneo, entro ollas la de pagar on dos => fiticos Olas do dtedentro do 1,999 la cura do cincuenta mile zonos (> 50.000,00) on abono del presio. A pesar de ento, Iván Tootropop, Sin congenio > voráad 6 ocorito contra les partoos qho codificsra la prono 0%, táguicado un concojo decacertado que lo (36 un abornla e do Exdelada, entreosó a Pavia Ucdfpa on aton» So intoroson041 coteciontes cincuenta gonon (le 1.750.400) 01 2 de obtil= da ¿0054 Y cineo nál ponos [O 5.000,00) v1 2 do septicntro doi niaro 020. Gozo culta a sur zo £61 conteotaate qu 20 9un » plicha y 10 92o tuviorn loto a Quoplar, so acsraó de suna de $roínto 142 poco (le F.C.C O) y haciéndose la ronorva dos

20049 por coporado la inferminación do perguicios. los prenotientos venilederes se obligaron colí8g ricionto el cunpidciento de lan odillcacionen contradlany y > so comvino tanbién en que on la eseritura de venta ce Conige ríe a uno colo te los vendcloros pora que on nosbro propio y cono apotoraño to los tonto fevibicra el peeolo total 0109 aborto poroiclios, Oxpáltiera leo recibes ¿01 esco y tana iogo la hizotegas fa lla peerosa de contrate se dico que Ana 41%0w nio Codína tenbién en horedera do Hlicos oéAma, volíciooo quo ¿dova ol ranbeo do Zo Derriardo tio sovidonte en la 6lu. áná 80 Granate (Sapala) y cue pootormiermonto otorcapía un e. Lodge O ma fo sus hosmanoo pora que intorecaga en el otorzn Ñ níionto de la ouorátnra. Eupero no lo gueto cop siderar dono parto en el contrato porquo 2á » firró el dscunento So prococa. Beta Goglara = ción intorprotándolo con povoro erttezáo do = 1ogn11AnG, a lo nuno expresa que la cónyugo — Rao. y. los herederos quo oupertibieron ol convonio, proeza Sieron Dn hobho ajenó, que 30 apareja obligación alguna pora» ella por cusoncla de ratificoción. (Arto 1507 del O. Civil). El actor ha ccperato sor am lapso préxino a cuntro

o037 que loo promotientes vendeloron, porcomas de xoconocido» hoserabll3dad, 16 Moroa a un orroslos tovites to cae n9 co jua to na Aoito que rotemaon sumo camtiosas lo dáncro pín justos coma y ola que ollas hayan sufrido dotrinento paotrinenials ha temadada Darín Dolores Noñina Lo o deocorriós ci traoiado dol libelo epenténipso a lao poticienca, En cuanto o los aceites, acepta lop tres pránoyos. Sobre el EN 21y 12 ye 13 09 atáeno a lo estigulodo on ed contratos Bespoeto de len de cáD tomsitcra cue Bos pronotieates vonúcóoaroo conplicron cua dlignolonos o estuvieron dispucotes a canplárias. A qu tos pronentá onarda Go secenvonción on la » cuod expono cotos hemos My 1 contrato €o yrouepa de conpravonta comtorá do en el fpenonto del 21 do agurte de 1,953 y la condición de cónyugo cobrovíviento on quo obrá Esría toxena Qoboa do Hlódina, y €o horetoroo len Codina Celoa. ha oblígoción do lan pronoticntos vtordsdosoo rotor zonto a abtenoo el dccroto to pocenión esfcotiva y 01 pogiotro » de coto eñ cl ¿julsio puscoorio do Elicos Medána, para “logrados coto”, hare la traonigión del torrone y acoptarla Iván Ecatra 0 . A procio de lao cion add varas tuaéradoo y los >

niosoo do pago. Ñ loo llodimmo obtuvieron cl dgceroto Eo pocosión efec | í 0410. tiva a providencia que quedó oscar toriada 61 39 do dLctonbro | do 1.953, fecha dendo la exs21 cotuvioren en copacidse do otor: cor da escritura de venta, co decir, dentro del plaso convoni, do para cota artos Hi no haberco regiotratdo tal decroto anteo del = 24 do novicabro de aquel años no cra gbice para porfceccionar e la vonta tato el efosto rotronctivo é01 rogistro. Conplita por los promitentes vendodoreo la Obli= cieión de gonerco en cozabidas ds trasuferir el tion pronoti lo on ventas dentro del placo ovtárulado, cursicpon cn Beotra vo des odDiiracionos de "acoptar la escrituras conotituiroo =» oE o otorgar la hipotess, eontrátuís eon la nítos do loo » catas de la compoventa toro ce entigaió on la cléusula. duom a | iván Rostropo nó ae allanó a cunpiár dontro dol tísnizo pactado las obligaciones que lo imponían el contrato yla 10. Tanpocó ázo cl pago do ciíncucata nil pesoo ca — vo $ltinos días Go dicionbre de 1.9732 Q que so eonpronotió (a la ¿FODOSOs | No cotuvo ol misco on conózolones cconónicas y za cunintino de euapiár el contrato de conprevonta prorotádo, pues 1 ofeato trató de cuncogair Cinoyo en próstamo econ entidades.

mesrios y do vonier 01 terreno a tormóros para pedor finan ear la oyeraeióno | pia Restrogo 4e au incnsplintento al con» tata So predios, quiso, al monos cunslíir la obligación de a 2? leo intoresenpor do parto insoluta del precio o hizo 800 Soros por cofo 0ñl cotesionteo clamonta posos cl des lo a3d) y do eindo pil ol den de copticibro de 2.956, -— Qehos Ye 40 Modána y los tlogána Ochoa 19 pagaron ) ntonio Sínebos Bormasos colo 131 pones por ou Intervención. co conigioniota en ol contrato do pronega ontro a ucilos y A Ñ i x NN Rosteezod e OB o, el Y, Lo promoticntes vendodoren eumeito > Foú y se han nilonaóo a cunplir loan obligación nes que cono tales controjorans Cono Dostyezo de estuvo on dnrogidili> 8x8 de cumplir el contratos no so presentó a polio el cortifi» tado y los títulos rolecionañosn con el terreno matoría do la » confeavontqaue tavicron liotog 109 prom tientes vondodoron. Pora ol otorganicnto do la escritura do ventas cl plazo venció con gosotoriorádad al 21 do novicnbro de 1953, yo que de los novénta días ostipulados han de deventitarso los atas forictos y 2ó- vacmnetas | - Yo habiéntoso soflalado día proaioo para el otoz

contento de Ax escritura de tronsfercaola del dominio era na = concrio un acuerdo emtno pora determinar 01 día, la hora y la» forma on que dobía extonderso aquella, ento «e cuel ora obligo» toría la conparceoncía o intorvonción de arbas murteo. y la +» pregontación 202 cortificado do pas y a0xv0p Rostrezo no c£co tuó ninpuno de cotos gontícnon) "ns cunplaó ningw tar ay propleo para el oterganicato dol instrumento detronontolón”. | So ontípulé coro gens moratoria la guza lo trola ta mil pesos, que la porto dncunplidora Gebo pago a la otras Apoyata oa los hechos tolatadas, pido la notora que contra Iván Restrepos o hagan las piguientes declaraciones: 2) = Que por no haber cusplido esto el sontrato dé gonesa, contenida cx 01 domanento de 21 de aguoto do 195%, v6 Cociaro resulto. o b) - que, cono consecuencia, dobo pagar a 100 > que fircoron solígorinmente ces contratos la duna do trointamá posos estipulados coco d áncula penal. 6) - Para 61 ena de que no so hoga la Loclorow ción anterior, píle, cn auboiélo so hagan para la denantanto — o _ A Ta q A ZA A ANKÁ rn —— y he A A AXÁ a Pt Y 04172 en lo proreroión que 16 esptrestondos» €) - Que, oa consecuencia do la dceleración pot

fa on el panto 0), se cónfono el econtrotenandado a quo pogue a leo que solidaricaonte firmazon el contrato con la actoras el valor do los porguteios causados por 0l incuapidcácntos, » lon cuniop conprenden el daño enorgento y od luero copanto¿> valor que o 2134 en s4 juscio ó por cd gprocodinicato del ax tículo 553 del €. de €) e» Substólarienento a la potición dal punto 0) - colicita so haga la docloroción a fuvor €o la tontredcosaómnte sor lo porto quo proporolenalzonte lo corresponda. $4 mo ne scogen totes lao peticiones antorioron, 13 potro 3 | £) -» Quo Iván Bostrepo ño debe pagar los perjuicios suo damnó por ci inomplinionto dc la gbiliración de hacor con irdidn en 01 contrato 66 prorona, cuya cumtio co £33é ontrointa mil posos, los cualos debo pagar colidarínmento a = favor de la contratenmandanto y denís que ousoribieren eco Son tratos cod40oriacontes o a favor de osta en la parto que pra porclonsinente le corronponda, en canso de que no so haga a fa vor do t040de 8) - Quo Iván Restrepo Cobo pagar los porjuicios» provenienteo de la odiigsción do horor que consta ea ol docu» onto do 21 de agosto do 1,95%, a fovor €e la contratomantans to y de los otros que fireoron solidariamente el contratos 34

no go bnoo on esta LoxTiO gue oo lo condor a pagarlo a ella la rapto que proporelonalconto lo correspontos los porjulcios co podrán fájer en ol ¿nieto o por ol proceticiento del artícus lo 553 d02 lo de | | tioría Beroco Cohono Miots1ce Mesina, Bliseo lodina 0, 2ovié Sodina Ospllermanto llodino Ojpy Manuel Dolina € cons tbotoron la dezanta acosióntono a 109 tórminca on quo lo hás BO aa ivleres Medina vs le EedAnn.

N | TO TA PEE > EE A PS q ESE ATLo Tens q

ArsE A 4 . UnA r 2613 Ponbién proyusioroa doraría lo yes convención contra Iván Restrogo As prohijan= do y reproduciendo lan poticíones y hockos de la ¿rescatada por la ciona Polorcs Gcddno Te de lotinas | Iván Restrepo cedió a tiarmuek Viliavoces Triana "gl dorecho litigioco que p$0 orígina” on esto juicio ordinarios Por anto de Bios y sicte de septienbro de mí1 novecientos cin» cuenta y sicto, se dociaró ol soguedo subrogoto en el exrédsto ditagtoso tedióo por clprinoros | El apedorado de Iván Restrepo ds y lanuol Tis llavocos Tri: nes contootó las demandas de sutua potición for mintao por iería Teresa Oohos Y. de Motána y loa heraanos low

fino O0khoa toganto 169 hochos fantasentales y eponiéndose a las cúplicad. 1 nino apotezaño de los contratenarntantes O. ehoa Ye de otina y Hledinsa Ockoas corrigió lao Gonandao propuen tag por estos, en cl sentido de alegar el hesho de la cosión del derceno EÑA tigtoso por parto e Iván Restropo a fovor do Via ilaveces Peianas y de ¿ntroéneir la ciguicato potición: "Pri. dora.” ue 50 dcolaro que aid godos mood Válloyocos Periana en ol cardetor de subrogatario 6 cenionario o sustituto en parte o en todo del senor Iván Hontrago As tíono las obligaciones que a esto fltino le cozreoponten cons contratante on el acto de = proresa de venta ccloléaeo según documento do focha 21 de agus to de 2.953. Yi esta potioién mo preoperay entonces que Jo ha». con contra Gicho Váliqvecea Briana, las doeloraciones formula = dos en 1 denanáa de reconversión suweráta por la goñora Daria Bolores casas de o son fecha 6 de soptienbre de 1.957, contra oi causante Fván Restrepo de bajo los aportes aj, b)o cda dede Le de Vlearccnerontnnos Agroga que Rcotroro 4, y Villaveccs Tríguacopparecon en el cardeter quo ecda ou tierno, y que las potán ADES ciones obgon esntra loo dos en la misno forra, y puoten ato =

cerao en forma Ssoparala O indivitual para cata ftenantado” e lag que peun conducentes para opda unos o "en fora conjunta y divigibhlo”, o sinplonente conjunta contra les don, El apoderado de Iván Restrepo ds y Nanuol Villa» veces Triana, también corrigió la denenta en da roferento a log hechos séptimo y ebtavo y a la. potición primora poÉía Kecho OSptino e Bos pronitentes ventetores en la clánsula undécima de le pronesa garantizan quo ol inmueble Pra notido en venta les portenoco y que ontá igbeo de ploáto ren» dicnta, do entargo, de limitaciones principales o accesorias del donintoy y que be obligan, en caso de que Restrepo A. Tes | suciva no comprar el tedazs ranadas y hornos, a retirar las a» guas sucias quo pagan por un sacuoduoto que atraviesa el predio. o fin do que este no quedo gravado con tal SOrviGUnbre. Par bién se conprenotieron o complotar ontes dol otorganíento de la escritura los 1£s uloo referentos a la propiedad vendida, - rara que Restrepo As obtuviera 61 vato bueno del abogado que 01 desisnara uolianto o1 exanon do los títulos y dol cortifio cado ozpedato porel Bogtotralor eñ la forma inficata yor ol » artíceunio 635 801 G. de la obligación que se impusteron los = vroní tentes vondedoros de garantígar que el inmoble pronutido en venta estaba Aibro de limitaciones principales y arc0sos

risg dol dominio, fue Ineqeplidn dende la foóha del precontras $0, puep el incueblo tel cual debían dogrogarso las sion milVaras pronotidas en venta a Rsstropo Ae Postata cujeteo a lacervidunbre establecida por el artículo 70 den la ley 39 de1.939, on favor del acróaroro y corppuerto del tHiunicipio de. ode didn, porvidunbra gue consinte en prohibie plantaciones, odificacionos y obras de corácter transitorio e permanente = dentro de la nena den contorno del aeropuerto detornimada en m la forsa sozo la misna loy. cptableos, y en cotatulr algunos | limitaciones a las edificaciones que se levanten on loo pre = e N r r “ O 15 E E dios que as encuentran Centro del gestor teo= poreidal, oñ 61 ques sogín cl pleno togula l1£n, ol terreno prometido eñ vens ta ostá localicado dentra do la sona BP, en = la cual Énteomente se pueten edificar constiua | edonon ds un solo piso en su dimensión : z Hecho o0tavas= Los denantados Porana Dchoa de ice dina y los Medina 03 tanpoco cunplicren las obligaciones con = cignadao en leroléusulas sesta, póptina, oryava y trees del de. - eunento contentivo del precontratos porque solonente el doce de dicientre de 1,953 no registré el dcoroto de posenión efectiva de da herencias o sea, en fecha posterior al día noñalaós patas

ol otorganiento de la eserítara que solenniza/a la conpraventas y no inscribieron los títulos do dominio Gol conpante, coro le conda el a etlconlo 757 del €, Civildg no retiraron las aguas du + cias que atravesaban el Sorreno, cuendo 20 canplió 61 térainode la opolón concedida 91 promitente comprador para mantfectos sí agquiría o no 91 tojor dejanio col subslatoente la sorvídun» bro de seneduetosni entregaron 2109 títulosni el coptificado del artículo 639 001 - Ce EN para que dos ontutlara ol ebuzato do Hestrepo A. antos de que perfecoioñaro legal sento la compra ventas Fotición primora.» Que se devlaro Fosuolto el contrato contenido on 1 documento privado de fotha 21 do Go rooto do 1.953 “n vir$na 201 incunplánionto por porto de los + dosantatoo de lao oblignbiento estipuladas on lan cléusulos cexta, céptina, octavas Úndcoina y troco de dicho contrato, por nedio del «sl los tonnndados pronoticron vendor a iva Restrero ¿aíulos "do quien es Boy cosionozio onamed Villaveces Prienas tor la sua do tecosientos mál podos tie La $sp Gion 041 varas suaúradas del ¿inmuchlo doterminado en-ol Recho primero de la = denenta de fecha 9 do agocto del año pasador. Les denantados replicaron a la roforaa de la de 4 0416.

O S tanda negando 108 tos hechos $ oponténdoso a todas las potie ciones del libelo. Propusieron añenáo lap excepeiones do contrato no cunpiido, petición do modo indebido y la Morada genérica. | 21 Jusgato Segundo Civil del Ciroufto de lada » ía desató ol Hitigio on primera igotancia en sontencía de » trointa de junto de eil novecióntos cincuenta Y BUEY, pobla — cusi decloya resusito el c

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