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CSJ - SC25-03-1993 345

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC25-03-1993 345
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1993

"¿BLICAa zDE COLOMBIA DMN O 7 ly 345NY: ” tres,

Lpremo de Justicia CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

, NOSALA DE CASACION CIVIL

KARXkxx Santafé de Bogotá D.C., veinticinco (25) de Marzo de mil novecientos noventa y tres (1993).-

Ref: Expediente N 4275

Por cuanto se encuentran cumplidos los recaudos formales exigidos por el artículo 345 del Códigode Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 25 delDecreto 2651 de 1991, se acepta el desistimiento del recurso de casación interpuesto por el interviniente CARLOS ENRIQUELEE GOMEZ, quedando en firme por lo tanto la sentencia defecha treinta (30) de julio de 1992, adicionada por la de veintisiete (27) de octubre siguiente y proferida en el proceso de la referencia por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Las costas causadas son de cargo del recurrente que desiste. Tásense en su oportunidad.

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