CSJ - SC25-06-1985 -125
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC25-06-1985 -125
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1985
A E Ñ | 1 € l . 25 DE JUNIO /85 ' SEPARACION INDEFNIDA DE CUERPOS. 6 e. -'Causal 2a. Art.154 C.C. - Abandono l Lo corrobora el hecho de haber tenido que emplazar al deman- | dado. / Cuando es menester emplazar al demandado en los. términos: del h 2, Art:318 del C.de, P.C. y..no se presenta al proceso, esta cono pl ducta procesal constituye indicio 'en'su contra. '(Art.249 C¿ “de ' p PC). A: , : | 2% Eo 23 1 y o y ¡ ¡ t , soy 7? e Y ES 4 y $ 8 : i E i : Mori : ] Ñ 7 go! | i i z - : 2 | ! E Ñ | ' . ll | | ll Úl al A DAL , . o AAA, £
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¿EORTE SUPREMA DE JUSTICIA,
Ho AOS Aa a DE” CASACIÓN CIVIL cientos. ochenta y nto. O Sma a >N EN + 4o DP oR CN S SE S . o TO, » pos EE: ; o a% - + a3A l o 4 e Ente e Ls , E EEÑ A Se decide la: ¿Consulta de. Ja sentencía pro | | ferida por, e Tribunal Sypertor del _Distrito. Judicial de San - E + na y 611. er 15 de Febrero de 1985, en. el proceso, abreviado de separá- ción de cuerpos, promovido. por Bertha Patárroyo, de. Duarte contrá
terio Duarte, por medio de la! cual. Se decreta la. ¿Separación de cuerpos de los cónyuges mencionados; declara. disuelta la sociedad - “conyugal formada por el matrimontos, ordena Ja inscripción de la | sentencia en los folios de. _matrimonto: Y. de nacimiento de cada uno A de: los cónyuges; dtspone que 1os menores; Jorge: Aberto;, Fernando. y Sandra Patricia Duarte Patarroyo: queden. bajo, el cutdado. de la. madrezseñora Bertha. Patarroyo. de. Duarte, guien en, adelante ejercerá. la patria potestad y su representación legalz quedando enter dido. que al padre' de Tos” menores. podrá: visitarlos cuando lo desee 0 en: Ta forma en: que convengan, 105 cónyuges, o, como To; ¿determine Ñ la autoridad competente; los gastos de. crianza, educación y estall becimiento de Tos: menores ya, _nencionados, serán por cuenta deer o EE casus padres, en partes iguales, o: 4 no. fuere Posible así, ¿en pro Él Ds porción. a sus facultades econónicas; determina. que. el ¿cónyuge Ha1h A rio Duarte, como responsable de la separación, de, ¿CUETPOS,. Queda. con la obli gación de suministrar alimentos a,.su ¿Esposa Berth e.Pasi io tarroyo, cuando 1os necesite; señala como honorarjos der curador | z 2 LE adliten la Suma de $5. 900. 0035 Y Por óltimo condena al. denandado
en Tas costas del proE ceESs o. > . - H sie o xl 7 ] !
En ES : E poa + £ E . : E Para ello: se considera: o : : Ñ dd + q 1 nE 4 | . dLa ¿consultC a S 5e 20 . o rigE iA nó , ed n E r el hecho, o. . 1l ! de haber sido. Ta referida sentencia. desfavorable al demandado, - ' el En ho he e ES . y quien, estuvo representado, por, curador .3dVitem, Por cuanto. fue, o e
NS ES ELLAS EA. dor belegado en A CA AvAd , A or td o. en,n, Iao n, terés deL i lo os , “higos, menores, Sd q Elba y D br a n Et :s Fe HO A L. EA a, e y ES- ; ! : REPUBLICA DE Dia eS) IN £ Ha ALA EA En AS es que er tarro L cAN o nsultado" Vebe confirmarse. A BETO EE ME En eEl A lg Proceso se reúnen - lospresupues A tos” para! dictar sentencia” de mérito; pues 1a Jurisdicción civil es competente para conocer de la separación de cuerpos de matrimo ntos' celebrados” conforme" al. ito católico en conformidad con Jodispuesto por los artículos To, 80. y 9. de la Tey 20 de 1974; Ta demandante ha” comparecido. én el proceso a hravés. de apodL i ra ady o E legalmente constituído y el demañdado lo ha sido at través de cura dor adTitem,” designado” con ¿Tas formalidades legales y la demanda
en” sí misma considerada, reúne los. requisitos formales exigidos. + por el código" del Procedimiento Civil. o o o MEA “Con la: demanda se presentó la prueba del hatrimonio” católico celebrado entre las parO tN e: s , Y Ta: del, naci miento dentro” del matrimonto” de' los nenoreS Jorge Mberto, Fernan do y Sandra” Patricia Duarte: Patarroyo; Durafte la etapa probato.. - ría del procesó” se' recepcionaron Los,X A t estimontos : de Escilda Fonte cha de Ariza, Luz Fanny. Patarroyo castillo y Bertha: Castillo de e Patarroyo', “quienese en afirmar que eV demandado abandonó el hogar y “no. ha” Megesgado a al 2d Ei E o s Zo. o Ze : A. - Este abandono es Causa' de separación de cuerpos al tenor de lo dispuesto: por Tos artículos 154 y 165del Código Civil y en relación” con. Tos: higos menores 3stgnífica tam bién haber incurrido er padre en causa que autoriza la pérdida de la patria potestad, “según el artículo 315 de la misma Obra, por. - To cual debe Ta Sala, en consideración a la prueba de los hechose . e a e que “determinan las. consecuencias: Jurídicas previstas. en esos textos, proceder a confirmar la sentencia consul tada como. que su par om te resolutiva se ajusta también. a las reglas del artículo 423 del Código” de Procedimiento civi1. ' y a A PS e En mérito de To expuesto, la Corte Supre
ma de Justicta en “Sala de casación Civit,, administrando Justicta o en nombre. de la República de Colombia y por autoridad de Ta Toyo CONFIRMAq e n todas" has s us 8 partes E Ya senteno ciac tipa p rofertda el E, díc ao se 1r 5 dta e . ue Febrero de 1955 por el Tríbuna1 Supertor del DfsFritos Judicial de: San ct. Cóptese, hottffquese y Devuélvase a) Tri bunal de erigen. AS
HERHANDO TAPIAS ROCHA | +
JOSE ALEJANDRO DONIVENTO FERRANDEZ
NN
HECTOR GOMEZ URIBE
HORACIO MONTOYA CIL
HUREBERTO FURCIA RAÁLLEN
ALBERTO OSPINA BOTERO
Ines Galvis de Benavides Secretaria