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CSJ - SC26-02-1986

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC26-02-1986
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1986

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REPUBLICA DE COLOMBIA

Hana 6 adicción DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

AANADA Magistrado Poncote: JOSE ALEJANDRO BONIVENTO FERNANDEZ Bogotá D.B., Febrero veíntiseis (26) de mil novecientos ochenta y seisEn escrito recibído en la Secretaría GCencral de la Corte el 13 de febrero de 1986, el apoderado de la parteactora manifíestas "Como la H. Sala de Decisión del Tribunal Superiorde Calí me ha nogado los recursos atinentes, Ínterpongo este de quejacontra el proveído que declara desierto el recurso de casación, paraque esa superioridad, compulsados los razonamientos, me conceda el recurso denegado”. Ny De lo fuesto por el memorialístay de las plezas que acompaña, se ded que el Tribunal Superior de Call, en providencia de 31-de octubre do 1985, concedió el recurso de casación contra la sentencia de 18 de sep re de 1985 y ordenó al recurrentesuministrar lo necesario para díción de las copias a fin de cun” pltr la referida sentencia, dentro de los tres días síguientes a la not1ficación del auto que MO) el recurso; y que el recurrente no cunpli0 con la corga procesal esta, razón por la cual el Tribunal, en autode fecha 23 de nov e de 1985, declaró desierto el recurso de casación concedido.

La Corte destaca que esta providencia no es impugnable con el citado recurso de queja, ya que la ley procesalsólo lo consagra contra el auto que deniegue el recurso de casación y no contra el que lo declare desierto (arta. 370, 372 y 377 C.P.C.). Por lo expuesto, la Corte Suprema de Justícia -Sala de Casación Civil-, declara improcedente el recurso de queja intentado contra el auto de 28 de noviembre de 1985, por el cual el Trtbunal Superior del Distrito Judicial de Cali declaró deslerto el recurso de casación concedído contra la sentencia de 18 de septienbre del micmo año, proferida dentro del proceso instaurado por MARIA LUISA BOLAÑOS ESFONDO ROTATORIO LEL MINSTER OD

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