CSJ - SC27 -11-1991. 614
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC27 -11-1991. 614
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1991
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TEMA DE JUSTICIA UAT
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL
Magistrado Ponente: ALBERTO OSPINA BOTERO
Santafé de Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de mil nove cientos noventa y uno (1991).- Resuelve la Corte el incidente de conflicto de com AA IIA o mem petencia tramitado. ANTECEDENTES l.- Olga Lucía Monroy Montiel, en condición de he -redera reconocida dentro del proceso de sucesión de Belisario Monroy Barbosa, que cursa en el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zi paquirá, solicita a la Corte se dirima el conflicto de competencia suscitado por la circunstancia de estar conociendo del mismo proceso el Juz gado Cuarto de Familia de Santafé de Bogotá. Al efecto, acompañó las pruebas de su reconocimiento, de existencia de los procesos y de que en ninguno se ha dictado sentencia aprobatoria de partición o adjudica ción. Consecuencialmente pide se declare la nulidad del o actuado ante el Juzgado de. Santafé de Bogotá, por estimar que el competente es el Juzgado de Zipaquirá, en razón de que en dicha ciudad tuvo su último domicilio el causante. 1l.- Oportunamente se solicitaron e incorporaron a estas diligencias los procesos sucesorios mencionados y se decretaron y practicaron las pruebas pedidas por las partes y las testimonia4 DE COLOMBIA ES $
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les de Nelly Edith Pineda y Luis Enrique Pineda, ordenadas de, oficio por la Corte. SE CONSIDERA 1.- Los dos testigos mencionados se muestran acor des y convincentes, al declarar que Belisario Monroy Barbosa tuvo como último domicilio la ciudad de Zipaquirá, conocimiento al que llegaron por haberlo tenido como vecino y, por haber sido sus arrendatarios. Nelly Edith Pineda dice que lo conoció hace trece. años, siempre viviendo en Zipaquirá, hasta cuando murió, Que el deceso ocurrió en Bogotá, porque a consecuencia. de una trombosis fue llevado a dicha ciudad, donde falleció ocho dias después. Luis Enrique Pineda dice que lo conoció hace unos quince años, que vivla en Zipaquirá, pero murió en Bogotá, en la Clínica de la Poticfa, lugar al que lo hablan trasladado a causa deuna trombosis. Uno y otro testigos afirman. que Belisario Monroy Barbo sa fue quien les arrendó en Zipaquirá el local que ocupaban, el 9 demarzo de 1988, y que no je conocieron asiento en ninguna otra parte. 2.- Aunque los testimonios anteriores demuestran fehacientemente que el causante tenfa por único domicilio la ciudad de Zipaquirá, existen a los autos otros Indicios que corroboran esa conclu sión. Así por ejemplo, en el poder y en la demanda presentados para instaurar el proceso en la ciudad de Bogotá, se guardaron el poderdan te y el demandante de afirmar con claridad que el domicilio del causan te fuera la ciudad de Santafé de Bogotá, limitándose a decir que esta
ciudad. era el lugar de su "última morada", expresión ambigua y -pococomprometedora. De otra parte, el propio causante, en el documento au ;
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00NG1A: MA DE JUSTICIA IMA AA A UU CI — 2 3a tenticado visto al folio 5 del cuaderno principal (proceso del. Juzgado de Santafé de Bogotá), por el cual dijo vender unos bienes, el 18 de octubre de 1988, a José Delfin Barbosa, su hermano, el mismo quepromovió la sucesión en Santafé de Bogotá, manifiesta expresamente que es "vecino y residenciado en Zipaquirá". 3.- Asi que, al tenor del artículo 23, numeral14 del C. de P.C., el Juzgado territorialmente competente para cono cer del proceso de sucesión del causante Belisario Monroy Barbosa, es el Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá, lugar de su último domicilio, por lo cual es nulo lo actuado ante el JuzgadoCuarto de Familia de Santafé de Bogotá.
DECISION : En armonía con lo expuesto, la Corte RESUELVE: 19.- Dirímese -el conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Segundo Promiscuo de Familia de Zipaquirá y Cuarto de Familia de Santafé de Bogotá, en el sentido de que el Juzgado compe tente para conocer del proceso de sucesión del causante Belisario Monroy Barbosa es el Juzgado Segundo -Promiscuo de Familia de Zipaquirá. 2%.- Se declara nulo lo actuado por el JuzgadoCuarto de Familia de Santafé de Bogotá, en relación con el proceso men cionado.
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$ MA DE JUSTICIA a 3%.- Se condena en las costas del incidente a José Delfín Barbosa, demandante en el proceso anulado. Cópiese, notifíquese, cúmplase y devuélvanse los RAS expedientes. y 7
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