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CSJ - SC27 -11-1991. 618

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC27 -11-1991. 618
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1991

A DE COLOMBIA -1A 9 17-E 0 00618

$ + z 7

EMA DE JUSTICIA A A

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Santafé de Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de mil novecientos noventa y uno (1991).- Referencia: Expediente N 3708 - Mediante proveldo de 8 de foviembre de este año, se dispuso que el demandante en exequatur adecuara su petición a lo normado en los artículos 65, inciso 3 y 260 del C. de P.C., en relación con las pruebas de existencia de la entidad y traducción de algunosdocumentos, motivo por el cual se le señaló el plazo legal de cinco (5) días, previa inadmisión de la” demanda. Transcurrido el término indicado no se subsanaron las fallas mencionadas, por lo que se impone el rechazo definitivo de la demanda, al tenor de lo dispuesto en el artículo 85 del C. de P.C..

A RESOLUCION : En armonía con lo expuesto, la Corte rechaza lademanda de exequatur presentada a nombre de Peoples First National a dd Bank, respecto de la sentencia de 1% de noviembre de 1988, proferida por la Corte del Circuito del Onceavo Tribunal en el Condado de Dade, Estado de la Florida, Estados Unidos de Norteamérica. 74 DE COLOMBIA e: z Lor o A

E 00613"

MA DE JUSTICIA 2.

Devuélvanse los anexos sin necesidad de desgloce.

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