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CSJ - SC2775-2018

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC2775-2018
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2018

rT. l RepJblicadeColombia CoheSupromadeJusticIa SalalllCiはaClllICiYll OCTAVIoAUGUSTOTEJEIRODUQUE MagistradoPonente SC2775−2018 Radicaci6nnell001−31−03−003−2008−00383−01 (Aprobadaensesi6ndeveintisietedejuniodedosmildieciocho) BogotまD.C.,dieciseis(16)dejuliodedosmildieciocho (2018). DecidelaCorteelrecursodecasacidninterpuestopor LaboratoriosJuninS・A・enLiquidaci6n血entealasentencia de31de enero de2013,PrOferida porla Sala Civil de ● Descongesti6ndelTribunalSuperiordelDistritoJudicialde Bogota,dentrodelprocesoordinarioqueadelant6encontra de Assets Bank Benveniste Londofio,GrupoInternacional Farmaceutico GrufiLrma S.A.y Laboratorios Biogen de ColombiaS.A. 1.− ELLITIGIo 1.− La promotora pidi6 declarar que entre ella y Laboratorios Biogen de Colombia S・A・,POrintemedio de AssetsBankBenvenisteLondohoS.A.,SeSurti6unaventa .rll ′ mdicacienne11001−31−03−003−2008_00383_01 deaccionespore166%delcapitalsocial,COnCargOdepagar las deudas de LaboratoriosJunin S.A.al momento dela negociacidn,ya quelas demandadas asumieron elcontrol absolutoyterminaronabsorbiendola.

Ademas,que el GrupoIntemacional Fmaceutico I−Gru範Lrma S・A・‖asumi61aexplotaci6ntotalyabsolutade losbienesdeLaboratoriosJuninS.A.sincontraprestaci6n, COnCePtOquedebencubrirdesdefebrerode2004hastaque los restituyao se suspendalaproducci6n,Segtln contrato de arrendamiento abusivo que debe entenderse resuelto. Fuerade queestまnobligadasareconocerlasutilidadesde lo elaborado por Grufarma S.A.enlasinstalaciones de LaboratorioJunin S.A.ylo fabricado en cualquler OtrO lugar amparado porlas marcas y registros sanitarios de esta dltima,desde febrero de 2004 hasta que d匂ela explotaci6nocomercializaci6n;aSicomoelda五〇emergente ylucrocesante. En subsidio dela asplraCi6n de asumir el pago de todaslas obligacionesde LaboratorioJunin S.A.solicitael Valor delos perJuicios causados algenerar suliquidacidn Obligatoria,eStimados en consideraci6n a su tradici6n y reconocimientodelaactividadempresarial. Expuso paraelefecto que LaboratorioJunin S.A.fue COnStituida por escritura 2742 de1960 dela Notaria SegundadeMedellinyhadesarrolladosuobietosocialpor 2 Radicaciennol1001・31−03”003・2008°00383°Ol aproximadamente 44 ahos con buen nombre y reconocimiento en el mercado nacional einternacional como fabricante de productos ftLrmaCeuticos y medico−

hospital紬ios,aSicomodeelementosenlaramadelasalud・ Con el animo de crecer decidi6construir una planta mまsgrandeporuncostoestimadode$1・200’000・000,10 que aunado al periodo deimproductividad mientras se adelantabala obrala cond可O a una reeStruCturaCi6n ● empresarialenlos terminos delaLey550de1999,que admitidlaSuperintendenciadeSociedadesdeMedelline18 denoviembrede200lporohcioNro・155−2001−01−107530, dondepresent6comofbrmulavenderpartedelasacciones paracumpliralosacreedoresysegulrenfuncionamiento・ Jorge Luis Bernalenvid e121de agosto de2003,a petici6ndeFemando LondohoBenveniste,unaPrOyeCCi6n deutilidad netade$6.346’7000.000porventas estimadas entre2004y2008,frentealocualLaboratoriosBiogende Colombia S.A.manifest6interes en adquirir e166%delas acciones y en Asamblea de Acreedores de septiembre de 2003prometi6que sile cedianla empresa aportaba el capital y todo su esfuerzo en sacarla adelante,COnla advertenciade quela negociaci6n se haria a nombre de AssetsBankBenvenisteLondohoparaevitarproblemascon su sindicato y exlglO que Se SuSCribiera contrato de arrendamiento de tiempo compartido al Grupo Internacional Farmaceutico GnfaLrma S.A.,del mismo 3 ′ Rndicacienno11001−31−03・003−2008−00383−01

COnglomerado empresarial,《SObreelsistema deproducci6n integral ola planta de prodlLCCi6n jarlnaCeutica”,Sin remuneraci6nparaLaboratoriosJuninS.A.,b萄Oelpretexto deobtenerrecursosparahonrarcreditosexistentesycomo estrategiaparareducirlosgastos塙OS. E125deseptiembrede2003seelabor6undocumento deventaconunpreciode$0.0lporaccidnylaprecisi6nde 農 que《lacesibndelasaccionesi17Plicaladetodosloscrtfditos y obligαCiones,preUios y posteriores al acuerdo de leeStTuCtu1−aCibn∴∴de que somos titula7℃S y COnSeCuenCialmenteladelderechode uotoasociado〉〉aellos, COn elagregado de que“Gllfdrma,la que estd a caTgO de esteαCuerdo es una coIγPa癌a nuestra d咋11ente deBiogen quetalnbienes nuestra〉),Segunlorelatd DarioAlvarezen declaraci6n rendida dentro delincidente de regulacidn de CreditosantelaSuperintendenciadeSociedades. Como resultado dela negociacidn se entregdla administracidn ala compradora,PerOluego se nego Sistematicamente al pago de obligaciones que nole reportaran utilidades directas y asumib solo las estrictamentenecesariasparamantenerlaproducci6n. La plmta se construyo en elinmueble ubicado enla Carrera48#44Sur−151de propiedad deInversionesJ.M. PiedrahitayCiaS・enC・yJ・F・WillsyCia・S・enC・,del

Cualeraarrendat紺iaLaboratoriosJuninS・A,tenenCiaque 4 Rぬdicaci6nnol1001−31−03−003−2008”00383−01 PaS6a Grufarma S.A.y Laboratorios Biogen de Colombia S.A.PorexlgenCiadelosarrendadores・ Parala epoca delos hechos Fernando Londo五〇 Benveniste era el Presidente de Laboratorios Biogen de Colombia S.A.,rePreSentantelegal de Assets Bank Benveniste Londo五〇y miembro delaJunta directiva de Grupo Internacional F紬maCeutic0 −1GruftLrma S・A・一l, sociedades que comparten v紬ias direcciones segunlos ● certi鯖cados de existencia expedidos porla Camara de Comercio de Bogotま,VeriHcaci6n telefbnicay alrevisarla paglna Web www・laboratoriosbiogen・COm,de donde se extraequehacenpartedeunmismogrupoempresarial En virtud del arrendamiento dela plmta de produccidn a GrufiLrma POr un turnO de12horas,dicha Hrma obtuvo acceso alacasitotalidad delinmueble,Salvo POrunaOnCinacuyousorequeriaautorizaci6ndeFernmdo Londoho,POrlo que Laboratorios Junin S・A・Perdid autonomia parautilizarlasinstalaciones,lo que de todas maneras no pudo voⅣer a hacer debido a sus d縦ciles COndiciones econ6micas y elincumplimiento en la CaPitalizacidn 〇五ecida porlas compradoras.Inclusola

explotaci6ndelainquilinaseextendidaturnosde24horas COntinuas,COmO admiti6 Fernando Londo五o alaJunta AsesoradelLiquidador el19de agosto de2015,eimpidi6 queestasereunierael15deseptiembrede2006. Radicaciennell001−31−03−003−2008−00383_01 Laboratorios Biogen S.A.en abuso del derecho, enrlqueCimiento sin causay desequilibrio comercialenla Prまctica de posici6n dominante,COmenZ6a producir doce Clases de medicamentos(Agua esteril parainyeccidn, Cortybetampollas,Dextrosaa15%enA.D.,Dextrosaa15% SS,Dextrovit a15% en A・D・,Junicaina1%inyectable, Junicaina 2%inyectable,Junicaina 2% con eplnefhna lnyeCtable,Lactato de ringer,Procaina1%,Procaina2%y ● Solucidn salina normal)amparados conlaslicencias Smitarias otorgadas por elInvima a LaboratoriosJunin S・A・,Sin su autorizaci6n y con provecho de su buen nombre,los que comercializa y vende sin reconocer COntraPreStaCi6nalguna,aPeSardequelosetiquetab萄oel nombreGrurarma−Juninconloquesehacemまsevidentela absorci6n. LaboratoriosJunin S.A.fue declarada en proceso de liquidacidn obligatoria,POr autO 610−001935 de 5 de noviembre de2004,PerOlasdemmdadasvaliendose de su

POSici6ndecontrolysininfbrmaralaSuperintendenciade Sociedades,la Asamblea de Acreedores olaJunta de Vigilancia,ObtuvieronlicenciaanombredeGrufiLrmaPara las marcas nominativas Dextrovit,Junicaina,Albentrex, Corty Bet,Loryn,Bustress,Ibut,Anfbur,Prymidin y Micocidin. Elobietivo que buscaban LaboratoriosJunin S.A.y SuSaCreedoresenlanegociacidn con Laboratorios Biogen e Radicaci6nnol1001−31”03−003°2008・00383−01 S.A.,a traVeS de Assets Bank Benveniste Londo五〇,nO Se logro por elincumplimiento de estas,lo que aunado al abusivocontratodearrendamientoaGrufarmadelaplanta queteniaunvalorde$1・200’000・000en2002ylosequipos estimados en$844,100.000,aSi como el desconocimiento del turno reservado a LaboratoriosJunin,lallev6 a su liquidaci6nylaafectacidndelpatrimoniodelosacreedores reconocidosyno reconocidos en elauto de ca雌caci6ny graduacidndeloscreditos(ns・209a1222cno・1) ● 2.− Las empresas convocadas se opusieron y coincidieron en fbrmular como excepclOneSlas que denominaron《tfdltadelegitimaci6nenIacausaporactizJa”, くくnO Se COrWgum abuso delderecho》,《《nO hagjiLSi6npor abso7℃ibn〉),《nO hay ennquecimiento sin CauSa”y que“nO

ノ hacenpartedenzngungrZPOeCOnbmico》・ Assets Bank Benveniste Londoho agregdlas de 〈《inexistenCiadelas obligacionesleClamadas”,《auSenCiade nexo cat,LSal entre CeSidn de acciolteS yliquidaci6n de Laborato7わsJuninS.A.”y《COr垂LSi6nentlelosacreedoreSy losbrganossocialesdeJunin)〉(ns・269a1280cnol)・ Laboratorios Biogen de Colombia S.A.adujo tambien lade que《elactoruacontrasusprQpiosactosprezJios》(ns・ 359d369cno.1). AsuvezGrupoInternacionalFarmaceuticoGruぬrma 7 Radicacまennol1001−31°03−003−2008−00383−01 S.A.propuso en complementolas de《auSenCia de nexo CauSalentre COntratO de ar7℃ndamiento de tie77POpal℃ialy liquidacidndeLaboratoriosJZminS.A.”,i佃Itadelegitimaci6n enla causaporpasiz)a》e《ine癌stencia delas obligaciones reclamαdas))aella(ns.374a1383cno.1). 3.− EI Juzgado Quince Civil del Circuito de Descongesti6n de Bogot岳declard probadaslas defensas y neg61aspretensionesporquelacausadelaliquidaci6n de Laboratorios Junin S.A.fuela di宜cil situaci6n econ6mica POrla que atravesaba,COmO reSultado dela cuantiosa inversi6nenlaampliaci6ndelaplmtaproductiva,Sinque

lacontrapartepropIClaraeSe eStado depostracidnpues su PreSenCia se hizo con el Hn de salvarla,lo que resultd in血uctuoso,Sinque secomprometieranaasumirelpasivo SOCial(ns.1340al1357cno.1). 4.− Ape16lapromotora(ns.1360al1367cno.1)yel SuPeriorcon鱒rmdesadeterminaci6n(Hs.96al131cno.11). 11.− FUNDAMENTOSDELFALLoIMPUGNADO La gestora nologro probar el sustento dela reclamaci6ncomoeraquesuobjetivoyeldelosacreedores enlanegociacidnconLaboratoriosBiogenS・A・,atraVeSde Assets Bank Benveniste Londoho,era que eSta aSumiera todoslospasivosdeLaboratoriosJuninS.A. Si bien en el numera14 del escrito de くくCeSibn de 8 Radicaci6nnol1001°31−03”003−2008・00383−01 acciones》de15de septiembre de2003consta que dicha transferencia《implicaladetodoslosc諺ditosyobligaciones, preuiosyposterioresalacuerdodereestructuracibndeque somostitularesyconsecuencialmenteladelderechodez)OtO asociado a esoscreditosyobligaciolteS”,en elcontrato de arrendamiento de130slgulente entre LaboratoriosJunin S・A・yGrufarmase convino quela血tima《tieneinteresy cqpacidad para e准,lofarlaplanta de LaboratoriosJ nin

S.A.,perOnOpuedenideseaasulnirresponsabilidada切れa enIa qeCuCidn delacue7do conlos acreedores,nitiene cqpacidad para atender al pago delas obligaciones posteribresalacue7doasumidasporesae77PleSa”,deloque no sedesprendeunanimodearrogarsetalespasivosyni slquierasedemostr61arealcausacidndepeHuicios,Cuando eraunacargadelagestoraquefuedesatendida・ Tampoco encuentran respaldolas acusaciones por abusodelderechoydelaposici6ndominante,PueStOqueal revisarlos medios de conviccidn sehalados enla alzada se aprecia quela experticia no se reHere a esos aspectos concretosyobraconceptodelaimposibilidaddedeterminar elvalordeutilidadorentabilidadareconoceraLaboratorios Junin por eluso delaslicencias sanitarias y marcas de propiedad,aSicomoelcumplimientodeloestablecidoenel contratodearrendamientodetiempoparcial;enelactade asambleade acreedores de19de septiembre de2003Solo aparecenmeraspropuestasadesarrollarconposterioridad; ydelasdeclaracionesdeHernanJoseForeroAramburo, 9 RadicaciennollOO1−31.03_003“2008_00383°01 LuisJaimeFernandezVel呑squez,JorgeLuisBernalLdpezy DariodeJestlsAlvarezGutierreztampocosededucenesas Hguras. No puede pasarinadvertidala conftsi6n dela demandante en ellibelo en el sentido de quela crisis Hnancierafueproductodelaltocostoenlaconstrucci6nde

laplantayeltiempo que estuvoimproductiva,POrlo que ningunaactividadopasividaddelasconvocadasobracomo CauSadepeIJuicioquemerezcareconocimiento. Alaluz dela Ley222de1995yla doctrina dela SuperintendenciadeSociedades,eneStaOPOrtunidadnose COnStatala existencia delo que el promotor denomina 《《gl均)O ellPreSa7ial〉〉 que COnfbrmanlas opositoras,ni《〈a 窮CtOSdededucirpeduiciosalaparteactom”,dadoqueen ninguno delos certi正cados de existenciay representacidn dedichasempresasnguraquealgunatengalacondicidnde SOCiedadmatrizosubordinada,lamencidndequeunasea PrOPietariade《mdsde15%delcqpital》delasotrasymenos que“perstganlaconsecucibndeun0卸etiuodeterminadopor lamatrizocontrOlante”,fueradequebrillaporsuausencia 《〈eldoculnentOpriuado que(tontiene)elnOmbre,domicilio, naCionalidad y actizJidades delos zJinCulados)),debilidades quenosesuperanconloexpuestoporelrepresentantede Asset Bank Benveniste Londoho S.A. al absolver interrogatoriodeparte,alaluzdelarticulo29delCddigode Comercio. 10 Radicaci6nnollOOl“31・03“003−2008”00383−01 Finalmentela accidn propuesta no eraviable porque ぬIt6acreditarquelascontradictorastuvieranlacalidadde

accionistas de LaboratoriosJunin S.A.en Liquidaci6n,en ausencia delos titulos nominativos correspondientes yla constancia delregistro en ellibro de accionistas・Si en graciadediscusidnseaceptaraquetienentalcalidad,eSO 《《nOla autolizapallα∴reClamarporesta uiala reclamacidn indemnizatoria,enprOCuradede7iz)arpe77uicioporsuactuar, ● precisalnentepOrlacalidaddeaccionistasdelasociedad queleilrtpedirtacualquierqposicidnalasdecisionesdeunO desusintegranteS”・ 111.° LADEMANDADECASACIoN Recurri6 en casaci6n Laboratorios Junin S.A.en Liquidaci6n,fbrmulandouns610ataqueporlaviaindirecta dela causalprlmera,PrOducto de yerros de facto enla ● Valoraci6nprobatoria. UNICo CARGO Acusala violaci6n por falta de aplicaci6n delos articulosl72,260,830,831,845,864y963delC6digode Comercio;63,1602,1613,1614,1616,2344y2341del C6digo Civil;174y233delCddigo de Procedimiento Civil; Ley50de1990yLey550de1999,POrunaequivocaci6n maniHestadelTribunalenlaapreciacidnobjetivaymaterial de varios medios de convicci6n que selecciond en fbrma ll Rぬdicaci6nno11001−31−03−003・2008−00383−01 血agmentada,aSicomoalomitirotros,Paradesconoceruna

realidadqueeraevidente. La filta de demostracidn de quela entrega del Patrimonio socialde LaboratoriosJunin S.A.sehizo conel PrOP6sito de que las demmdadas asumierm las Obligaciones a cargo de aquella se desvirma conlo Slgulente: ーActade reuni6n de acreedoresde19de septiembre de2003,dondeJorge CarrehoJimenez en representaci6n del grupo fiLrmaCeuticoliderado por Laboratorios Biogen, luego de manifestar elinteres de adquirirlos bienes de LaboratoriosJunin S.A.y responder por sus creditos, PrOPuSO Ceder a alguna de esas compa丘ias elcontrato de arrendamiento delinmueble donde estabala planta de PrOduccidn,mOntaie que a su vez debia ser arrendado a Otradeellas,fueradeltraspasodelasacciones,ParaPOder ● inyectar un capital de $1.500,000.000 que no se hizo efectivo apesar de que se cumpli6conlo anterior,Segun traspaso de acciones que se hizo e124de septiembre de 2003ycontratode arrendamientode130sigulente.Ambas OPeraCioneslas suscribi6 dicho mandatario comolo reconocidalrendirdeclaraci6n. ーActa de4de noviembre de2003,donde Carreho Jimenezadmiteelcumplimientodelacuerdoporlagestora ylatbrma como estabm atendiendolas deudas,fuera de 12 Radicaci6nnel1001−31−03−003−2008・00383・01 que con posterioridad se entreg61a administracidn en virtud dela exlgenCia que en esa ocasidn se hizo・Ese

documento nolo menciond el ad quem a pesar de que obrabaenlas diligenciasydelenfasis que sele dio enla dzada. −ActadelOdemarzode2004celebradaenelproceso de reestructuraci6n,que COntiene uninfbrme rendido por FemandoLondohocomorepresentantedelasopositorasy SePaSOPOralto・ −Infbrme presentado por Maria Victoria Arango, qecutivaimpuesta porlas contradictoras para recibir y administrarlaempresa,enelqueconstalaentregaquese leshizodeellayquenoobserv6eljuzgadorapes紬deqlle alli se compruebala obligaci6n asumida de pagarlos creditos pre y pos acuerdo de reestructuraci6n,el compromiso deinyectar$1.500,000.000yelpermisoala PrOPietaria de explotarla planta en turnos de12horas, actividad que no fue pemitida ya que selimitaron a beneHciarse delosrecursosde LaboratoriosJunin S.A.,COn aproplaCidndeinfbrmaci6nprivilegiadayreservada・ 一Las declaraciones de LuisJaime Fernandez,Hern呑n JoseForeroAramburo,Jorge LuisBernalLdpezyDariode JestlsAlvarezGutierrez,quehlerOnterglVerSadas. 一Lostestimoniosno apreciadosdeAlvarodelSocorro 13 Radicacienn011001”31−03−003−2008−00383」01 Lalinde Herrera,Carlos Enrique Zapata Valencia y Adiela AmparoGaviriaMendez. Respecto del contrato de cesi6n de acciones y su Clausula cuarta,PeSe a Su menCidn en elfallo,SelgnOrd

dichapruebaalno pronunciarse sobre su alcance紅ente a las obligaciones relacionadas con el Acuerdo de Reestructuracidn y amalgamarlo con el pacto de arrendamiento de tiempo parcial,Para eVitar referirse al mismoydarlerelevanciaaunanotaunilateraldeGrufarma S.A.que no reviste trascendencialegalpor ser aJena alo inicialmenteconvenido,enelsentidodequeesaentregade la planta era una delas condicionesimpuestas para CumPlirlasobligacionesaatender,Sinquesetrataradeun acto de meraliberalidad o generosidad.Atln de acogeresa SuStraCCidn,SeeStariaenpresenciadeabusodelderechoo enrlqueCimientosincausa,PueSSinoqueriaresponderpor los compromisos mal estaba que selucrara dela explotaci6n. A su vez el peIJuicio ocasionado y su monto se COmPrueban con el dictamen rendido,que adquirid plena Hrmeza porque nolo obietaron,el cual fue visto por el falladorenfdrmaparcializadaysegmentadasinaludirala Cuant的caci6n y estimaci6n del detrimento,fuera de que incurri6enlairregularidaddedarlevaloralaaclaracidndel infbrme cuandola misma no fue admitida en virtud del desistimientoadichasolicitudanteelaquo,raZ6nporla 14 Radicaciennol1001−31−03“003−2008”00383−01 cual no fue objeto de traslado ni seleimparti6tramite alguno,deahiquenoexisteenlavidajuridicadelproceso・ Nuevamente血accion6elTribunalelcontenidodelacta

deasambleadeacreedores de19de septiembrede2003y los testimonios de HernanJose Forero Aramburo,Luis Jaime Fernまndez Velまsquez,Jorge Luis Bernal L6pez y Dario deJesdsAlvarezGutierrez,alconcluirque conesos medios no se evidenci6 el enrlqueCimiento ilicito denunciado,PueSenelcontenidodeldocumentobmlauna ofertacomercialquesehizoptLblicaconelHndeproducir eftctosJuridicos,la cual aceptaronla promotora y sus acreedores,COmO Se hizo const紬en el acta de 4 de noviembrede2003yseconHrmdenactadelOdemarzode 2004,eStOtiltimoquenofueapreciado,aPeSardequelo refbrzabanla cesi6n del contrato de arrendamiento del inmuebledondefuncionalaplanta,latrmsferenciadelas accionesylaentregatantodelasinstalacionescomodela administracidn dela companla,lo que reconocieronlas OPOSitoras・ Fue mmlPulado el an乱isis deljuzgador ya que en algunosaspectosdelfalloconrutadosereHerealcontratoy enotrosapartesalenrlqueCimientosincausayelabusodel derecho,Cuandoesclaroquelasdemandadasincumplieron los acuerdos celebrados y procedela responsabilidad por incumplimientocontractual,PerOdenodarseporprobado el convenio si se dan esas otras dos conductas como se lS Radicacien nol1001・31・03−003−2008−00383”01 extraedelaconfesi6ndeBiogenS.A.alcontestarellibeloy lasmci6nqueimpuso elInvimaaLaboratoriosJuninpor

PrOblemasconunmedicamentoproducidoensunombrey Sinautorizarlo,lo que tampoco se tuvo encuenta,aPeSar dequealrespectotambiensemmifestaronlosperitos. Enla reftrencia que se hizo al“gnpo eTTPrleSa7jal”, desde un comienzo se d匂d sentado que no se estまen PreSenCiadeesacondici6ndemmerafbrmal,Sinofrente a unactuardisimulado,aParenteyOPOrtunistaconelqueen fbrma concertada se presentaron asl ylo ratiHcaron en distintas reuniones en pos de tomar elcontroltotaldelos bienesdelareclamante,COnloqueledieronentidad,aSino aparezca registrado en Camara de Comercio o enlos respectivoscert縦cadosdeexistenciayrepresentacidnlegal, yloshaceresponsablesenfbrmasolidariaporqueactuaron COndoloenlosterminosdelarticulo2344delC6digoCivil. Poreso seincurri6enerroralnoapreciarlaspruebasque revelabaneseprocedermancomunadoreprochable. Finalmente,CauSa eXtraheza que enla sentencia se enfitice sobre la condici6n de accionistas de las COntradictorasylafiltadeacreditaci6ncomotales,Cuando no seles citd en esa condici6n 《《ni estas en su totalidad tuuie71m O tielten dicha condicibn》,POrlo que resulta CenSurable que se afirme quela《StPueSta COltdici6n de SOCios dela accionarrteilTPide que se jbrlnule accidn

indeTnnizatoriaalgunq;pe7℃epCibndelapmebaequiuocada le RadicaciennollOO1−31−03−003−2008”00383−01 queconstituyeunmayzIsculoαg調Uioi確rido〉〉・ cONSIDERACIONES 1.− Como prlnCIPlO reCtOr delos negocioslas p紬teS estam・Obligadas a cumplir alo que se comprometen,ahn desde sus albores,taneS aSlquelos articulos845a1863 delC6digo de Comercio desarrollmla hgura dela oferta, Consistenteenlapropuestaseriaqueunadeellasponeen conocimiento de otra u otras para su aceptacidn,COn el propdsito de sacar adelante un proyecto debidamente estructurado. Dicha etapa,a Su VeZ,Puede estar precedida de conversaciones encaminadas asucristalizacidn enlas que losinteresadosdelineanlospuntosprelimin紺eSquelevm dandovidapero sin que tenganlaentidad su慮ciente para darlaporconngurada,PueStOqueeStOSOlosedacuandose han superado diferencias y vacios quele restan peso,ya quecomoseprecisdenCSJSCl1815−2016 仁.)aquel acto jurtdico W融aterαl −la qfarta一 〇Stenta unaS caractelisticas quela distinguen∴de tratatiuas,aCueTdos pTenegOCiales言nuitaciones anegocia7l etC・quejbrlnanpartede laetqpap7℃COntraCtut汚yalれdelaprqpaganda,lapublicidad,

laspromocioれeSdirigidasaperSOnaSiltdeterlninadas,etC・enlas que,COn∴todo,en prOteCCien del conSumido71laley toma uinculanteS佃rticulo29delaley1480de20110Estatuto del ConSumidorJ.EnteminosdelaCorte,laqfar,a 17 Rぬdicaci6nnollOO1−31“03−003−2008−00383_01 侮Iara su C非cacia jurtdica ha de ser jirme,ineqtdvocα, PreCjsα,colltPleをα,aCtO tlOZu調書αrlo deZ Qftrente,y eStαr d彊gidα αZ destinαtαrio o destim龍をαrios y ZZegαγα Su conocimientO−SereSalta一・Bllosign折ca,entOnCeS,queparaque existaqfaTtaserequieTleiUOhJ・ntadjirlneydecididaparacelebrar un conlrato,lo quela(加stingue delos simples tratos pneliTninaTeS,enlos que de o7dina7わesa zJOluntad con tales CaraCtertSticas todaz)taeStd ausente;y,alpltPio tiempo,ha de Sertandefinidala uoluntaddecontmtarporquienlo hace,de TnaneratalquenohadeqpaTeCerdudadenmgunatndoledeque alltseencuentraplasTnadozmprOyeCtOdecontratoTleZ)eStidode talseriedadquenopuedaTnenOSquetene7℃eわcertezadeqle

podrdpe確ccionalSe COTnO CO加rato,COn elllenO de todoslos requisitoslegales,Siella es aceptada por aquel o aquellos a quteneS Z)a di7ゆda,lo que necesariamente SZPOne que en ella handeestarcontenidos,CuandoTnenOS,loselementOSeSenCiales del contrtかO p7℃pueStO y que,ademds,ha de ser dirigida al destinatarioodestinata710syllegarasuconocimiento”(CSJSC O29−1995dei8dema7ZOde199号,rad.4473). En contraposici6n al o血ecimiento,Para entender debidamenteconcertadoelpactoenciernes,Serequierede laaquiescenciainequlVOCaeXPreSaOta−Citadeldestinatario, quepordema.sdebe serincondicionalyoportuna,PueSen CaSO de ser extemporaneao est紺aCOmPa充adadereparos COnStituyeunnuevointento劉enOalanteriorquedebeser COnSiderado porlos dema・Sintervinientes,yaque COmO Se (埴o en CSJ SC8mar・1995,rad.4473,《《la Qfenainicial quedaeneluacioysuTgeentOnCeSuna’’nueuaprqr拙eSでくら enlacualanoraelantiguodestinatarioasumelacalidadde 18 Radicaci6nnol1001”31”03−003−2008−00383°Ol QfelenteyelprimerQfertanteseconuierteendestinatalio”・ Una vez surtidala comunicacidn del beneplacito irrestricto ytempestivo紅ente alo brindado,lo que en si

constituye el pleno acuerdo de voluntades,deviene el nacimiento automatico delcontrato siconelloessuHciente oelcumplimientodelasexlgenCiasderlgOrCuandolaley contemplefbrmalidadesparasuperfeccionamiento,loque inclusopuedequedardiftridoacriteriodelosintervinientes yrespaldadoconunapromesamientrasselograncumplir・ Precisamente enla tlltima providencia citada se PreCis6C6mo HcqptadaquesealaQfeTtapOreldestinata710,SielcontTntOa queellaseTl却e7eeSdeaquellosqueparasupe確CCionamiento nolequielen SOlemnidades,eS deci71Si es Tne調mente consenSut九sulgedesdeentOnCeS ala uidajurtdica;loqueno ocurleSisetratadeunCOntl・atOSOlemnejpueSeneSteCaSOJa existencia de este solo seinicia’tlesde que se curγPlela jbmalidadextemaquela匂exigeparasupe確CCibn’;coTt畑me lo)jeneporsentadolajlrispTudenciadesdeanfiguo(Sent・Cas・ CizJiLlldeoctubTlede1929,G.J tomoXXXVZIpdg.283),laq甲e conserua todo su uigor.De manerapues que,Silo(却recido g aceptado eslacelebracidn、旬血Tladeuncontrato solemTte,ala ac錐,taCi6nhabradeseguirlap7tmeSadecontratoconeluenOde loslequisitoslegaねS,Si astlo quiellenlas partes,0,Silo

prtがenen,lacelebraCi6ndirectadelcontrαtOαqleSel写fierela q停na. 19 RadicaciennollOO1−31“03−003−2008−00383−01 De todas maneras,el solo agotamiento de algunos PaSOSPreVistosenelcursodelosdialogosolasconcesiones recIPrOCaS que Se hagan quienesintervienen en ellos no tienenla entidad su範ciente para deducirinexorablemente que son elproducto delamaterializaci6n delaofertay su aceptaci6n,POrque Puedenobedecerasituaciones aisladas en el decurso de unas tratativas que por razones SObrevinientesimpidieronconcretartalajuste,COmOqued6 decantadoenCSJSCl1815−2016,alindicarque MaqiecucibndelcontmtOCOmp7℃ndetantoelcumplimientocabal delapTeStaCidnaca790deldestinatariodelaqftrCacomotodo hecholれequiuoco”que pem訪a concluir que comenZd a darle inicio alcumplimiento,quedando alpaleCerpOr、旬era de esta pleCePtiua otms Tnan咋StaCioneS COnductuales y euentualTnente Claras,COlnO pOdTia serla realizaci6n de actos p712paratO7わs decutadosporeldestinatario quejdc羅en a su contrtzpa7tela qecucibndelaspreStaCionesaca7gOdeeste,aSpeCtOStOdosque en cada caso quedan SOmetidos a pTuebas y examen dela Situaci6ncorLC7℃tapOrpareedelju2;gador・

Loquetambiensetrat6enCSJ SC26feb.2010,rad. 2001−00418−01,alrecalcarque 五・)enla唾)OCap7℃Sente elcontrato no siernpre Sepe確CCiona porla coItfluencia simultdnea delas Tnan昨StaCiones delas partesinteresadas en∴dar ongen al corTleSpOndiente negOCio jurtdico,COmO paTeCe∴haber sido elideal delas pnmeras COd昨CaCiones,Sino que,pOr el contralio,07dinariaTnente,el Tnismo ese上resultadodeunp7℃CeSO,enOCaSiones coIγPl匂oy dispendioso,en el que aquellos que pretenden su 20 RadicaciennollOOl”31−03”003−2008”00383“01 pe確ccionalniento,agOtan言LmaSeriedepasosoetqpasdiligidas alograll preCisamente,elsurgmientO de上retやeCtizJO aCtO de dtsposicidn deintereses・L,a e咋Ctiz)idad de dichoprOCeSO−iter contractus−,Superadala etqpap7eliminarde acercamientos no zJinculaltteSenlosqueれadeprleZJalecerlacorreCCi6nolealtaden el comportaTniento佃rt.863del C・de Co・方 d儲ブende dela jt)rmulacibn que haga uno delosinteresados alotrO de una prqpuestauQfertay,pa7ticulamente,dequeeldestinata五〇de laTnisTna,laacepteenjbmaincondicionaLpudiendoacontecerl

coTnO eSj詑cuente,que anteS de q一je ello ocurrq,lasparCes 窮C徹ensucesiz)OSy7eC47TVCOSplanteamientOS negOCiales,los cuales,enlamedidaenquenotladu2Can言unCOnSenSOplenoo totaldelosinteruinientes,nO dαrdnlugar alsuTgtmiento del contrato,0卸etizJOeStequeSeloseobtendrd‘uando,Seγeitera, j浸れte a Lmα 垂れa d印njtiua,la contrやa7te わ ac儲プte qpo血namentegSin姥parOS・ Pronunciamiento que alude a CSJ SC19dic・2006, rad.1998−10363−01,dondeseenfatiz6que 仁)esecamin0−Oiter・㍉negOCialpuedeestarCircunscritoasiTTやIes tratos preliminaTeS O“tratatiuas㍗∴mediantelos cualeslos inferu流e加es, de ordinanO, bdsicamente eXpわれのn rec呼mCamente SuS pOSiciones einteTeSeS en TelαCibn con el potencialcontrato・Esos contactos o acercalnientos,Si bien− incluso−puedenCOnducirallogrOdeacuerdosrespectodecier60S yespec卯COSpuntOS,nOStlpOneTtinexomblemente−OilttOtO一,la celebmcibndelcontratop7て埠77aTnentedicho,elqueescorola元ode unacuerdomdsdく郵nidoal7℃dedordesuselementosesenciales

y,pOrCOnlera,Z)inculante,me7℃edalestablecilnientodeaspectos neurdlgicosenlarespectiuaesfをTanegOCial・ 21 霞めdicaci6n n011001−31−03・003−2008−00383・Ol Deahiquecumdosebuscalareparaci6ndeldahopor elincumplimiento de unapropuesta que se dice acogida, deben quedar plenamente establecidas ambas condiciones Para de ahisideterminar que responsabilidadle asiste a quiennohonrasupalabra,eSOSi,COnlaadvertenciaquede todas maneras alaluz del articulo863del Cddigo de Comercio《《laspartes deberdnprocederdebuena.確exenta decu的aenelperiodopleCOntraCtual,SOpeltadeindemnizar lospeyuiciosqueseca早Sel1年loqueseriapropiodeotrotipo deacci6nenelcmpoprecontractual. 2.− Cobran relevancialas anteriores precisiones POrquelaaccionanteacudidporlaviadelaresponsabilidad COntraCtual a solicitarla reparaci6n del dah00CaSionado COnlainsatisfacci6n delas obligaciones asumidas porlas demandadas,COmO gruPO eCOn6mico,Cuando propusieron asumirla totalidad delas deudas de Laboratorios Junin S.A.luegodeadquiriraccionespore166%delcapitalsocial. Ese camino trazadoIue elque cond可o alTribunala COnnrmarla decisi6n desestimatoria de prlmer grado POrqueCOnlaspruebasrecaudadasnosedemostr6quelas OPOSitoras adquirieranlos compromisos que se denuncian

desatendidos,ni obraron con abuso del derecho y de su POSici6n dominante o b年jolangurade grupo empresarial, fueradequenislquieraseacredit6quelatransferenciade acciones sehizoeftctiva. 22 RadicaciennollOO1−31−03−003−2008・00383−01 Independientemente dela claridad dellibelo yla interpretaci6nquedelmismohicieronlosJuZgadorespara abordar el estudio desdela6ptica dela responsabilidad contractualanunciada,loquenomemateriadediscusidn enlasinstancias niobjeto de reclmo enlaimpugnaci6n extraordinaria,lo cierto es quelos argumentos delcargo propuestonologranevidenciarunerrormaniHestodelad quelnenlafbrmacomo sopes6losmedios de convicci6n puesto que delos mismos ni slquiera se extraela naturaleza del vinculo negocial del cual busc6 derivar efectosla promotora o que estuvieralegitimada para accionar紅ente a una multiplicidad de relaciones en que participarontercerosnoinvolucradosenlalitis,quefuelo queenesenciacondujoalfracasodeloperseguido・ Basta con resaltar quelas asplraCiones se erigen en una oferta delnyeCCidn de capital que hicieronlas contradictoras en equlPO,que Se dice aceptada porla gestora con su proceder,Sin que obre en el expediente alguna comunicacidn preliminar donde constenlos terminos en que alguna de ellas o todas planteabm una fbrmulanrme,lnequlVOCa,PreCisaycompletaparasalvarde laliquidaci6naLaboratoriosJuninS・A,ParaeSemOmentO

enReestructuraci6n. Y a pesar de que tantola oferta comola aceptaci6n pueden ser verbales y pueden establecerse por diferentes mediosde convicci6n,loquelgualmentepuedepasarsia 23 RadicaciennollOO1−31_03−003.200

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