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CSJ - SC28-03-1984 0184

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC28-03-1984 0184
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

CÓRTE) SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Bogotá, D. E., veintiochd do)marzo de mil novecientos ochenta y cuatro.- -, +. “Scontra la sentencia de 16 de septiembre de 1983, median te la cual el Tribunal Superior de Medellín decidió la segunda instancia en este proceso instáurado por la Sociedad Vargas Múnerase Hájos Ltda. contraMaría Leticia Mago Torres, la demandada interpuso casación, recurso que laCorte admitió por auto de 9 de febrero del año en curso, en el cual se dispu so, además, correr traslado a la recurrente por treinta días para que sustentara el recurso. Por cuanto, según lo informa la Secretaría, dicho término se halla hoy vencido, sin que durante él se hubiese presentado la respectiva demanda de casación, se impone dar aplicación a lo dispuesto por el inciso 32 del art. 373 del C. de Procedimiento Civil. En consecuencia, la Cotte RESUELVE: ( 0185

12. Declárase DESIERTO el recurso de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de 16 de septiembre de 1983, proferida en este proceso por el Tribunal Superior de Medellín; y

22. Condénase a la recurrente en las costas, Cópiese, notifíquese y devuélvase.

JOSE MARIA ESGUERRA SAMPER HECTOR GOMEZ URIBE

HUMBERTO MURCIA BALLEN ALBERTO OSPINA BOTERO

JORGE SÁLCEDO SEGURA HERNANDO MORALES MOLINA

Conjuez Rafael Reyes Negre11i Srío.

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