CSJ - SC28-09-1979
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC28-09-1979
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1979
TIA FAP _ a a o l , - Sl | o LL Eo Je A Cu o - nn tam 1 7 tegistrado Ponentes PI DA. GERMAN GÍRALOO ZULUASA E Bogotá, Septiembre veintiocho: de mil novecientos setenta a Es OS y nuev. o Lo de En demanda Que Pue acuitida por auto del 4 de Fabre ro de 1,978, dictado por el Tribunal superior del distrito Judictal de Boga Ñ o tá, José Antonio fivera Serrano “Ylan$ a procéso abreviado . á su legítima nu jar fosaloa Isabel dalmes, pera que sa docrotese la separación da cuerpos = de los cónyuges y la consiguiente disolución de la sociardad conyus Sl. . 2o Como hechos fundamentales de la pretensión, Joss An tonio alegó ques el 14 de Enero de 1.987, en Bogotá, contrajo tatrinenio ca > télico con Rosalba Isabel Jaimasy con quien no ha tenido hijos; que pocotienpo después de las nupcias, surgió la discordia entra los córiyuges, pues la esposa, en forma reiterada lo ultrajaba y trataba cruelaente, lo que pra dijo definitivamente el desasosiego don$stico y la pérdida de la paz hoga= - E an 9; pero pidió que Esta es decrete con apoyo en las causales prima ÑDa ra y Segunda, en las que ha incurrido el. demandante. Para alcanzar tal ra abstto. formuló demanda de recorwención para que se decrote la esparacii AE Í R Ñ e finttiva de cuerpos ' su esposo José Antonia Rivera y la disolución de , la
y oy eoctodas conyugal que formaron par el hecho del matrimonio, y para que se = 1 | condene al contrademandado a pagarle alimentos. Como hechos Fundamentales, la teconventento, manifestó - qué está cascada con Josó Antanio Rivera; tue "la vida matrimonial Pue sien= pre normal, pe dasenvolvió8 en clima de comprensión, colaboración, ayuda ycariño mutuo taste el viaje al Brasil” que resliz8 el marido el 22 de Febre ro de 1.976 cón el Pin de continuar estudios. Que callademente, sin avisar áa su esposas José Antonio regresó del Brasil el eño siguiente, “pare nunca raesó al hogar común ni d16 explicaciones a su mujer sobre esa conducta”: doJincola én total abandonos a tal punto que Ésta tuvo que refugiarse en el | | = ¡ Jets AA = tere2 o, e ar A A A e ” o a AN a A 24 0586 - Fogar de su cadea “én buses de ayuda y protescidn%; que des de solados de 1.977, 098 Antonio esta haciendo vida mari= tal con Teshel Torres Avile con quien ephabitaba «e n la ca» rrera 29 No. 6-34 sur, epi Fiamente 101 6 102; que en la $e ; de 1.977 o en las vacaciones de Julio, Josó Ano tonio viejo a “Santa Marta en. compañta de su emante Isabel Torres Avála con = Ñ quién se alojó en el Hotel Coronas que en la élcoba. que compartía. con Issbál : en paste hotel, J0só Antunio recibió asu viejo émigoy Hel£ AG veda» a quien
- extó allí y lo presentó a Teabel como su espusaj que habiéndole preguntadoHeM por la contre jaman lénte, á quien conocía €c ono ssposa Suyas. el reconveni do lo contasté. “que Ólla había Pelhanidn. y que había contrato nuevo matring
nio-con Isabel Torres Avila".
4. Admitida la demanda de mutua: petición y notifica :l peE soñalmenta el auto adnisorio al contrademantdada» éste guardó total. skoncio, pues na «16 respuestas al libelo de recónvencióno Sd. Tras tada la instancia, el tribunal le puso fin con. su sentencia del 30 de Yarzo de 1.979, desestimstoria tanto de la € - cipal, comod e la de reo onvención. Sustentó el a que su fallo en que el de- - ttandante sóle probé el hecho del matrimonio y que dejó huérfanas de proban= zas las demás afirmaciones de eu demanda; que la contrademandanta, pur su par, ¿ten sólo adujo el testimonio de Hslf Acévedo ). "del cual lo Óntco que Puede dadupird as. que Rivera Serrano . lo. presentó a Isabel Torres Avila cono su es vob pero sgín que se hable nada de las relaciones soxuales extra sabrá mias ono de los deberes de esposa fur parte de Ali ara “uo E de otro lados aunquo ésta no concurrió a abaolver el interrogatorio de parte, para lo que hebía aído citado, no podrán darse par denpatrasios par cenfenión los hechos do la lsmanda, comp quiera gue el artículo E0. da la: E la. de »
1.978 establece que las causales de. separeción uo puedan ací itarso on la sola confesión de los cónyuges; Finalmente, que la constaneia' expedida porap Pues 6111 se afirma que Rivera so. el Hotel Corena de Sánta Marta nada prue hoepedó con otra persona, "pero eso perstna no fué registrada-ni sabems á qué sexo Pertenscía, ni si compartían la rílsma hábitación, ni qué clase de = relaciones tuvieron:" rta -. pr ns ma e rr ra Po a e Para rosolvar la Corte consideres reunidos los presupuestos nsocesales como quiera lo 0 nio católicos la tiene en primsra. inctancia el Tribunal superior del distrito Judicisd yo em: egunda, la Cortez qua tanto la. denanda principal cono. lado reconvención están en Fformaj que les partes sen paresanes - naturales; rocha que están inscritos como t: les. EJ Desdo Juego Que lem rante y demandada son cónyuges en tro ef, comó ee aer oditó plenane to con la copia del. acta civil de: Su aátrimo náo, resulta Que estén Jogitámados en cauca tanto por ectiva . cono, per pasiva.
3. Cono el demandante no házo el más love exfuerzo para ds mostrar lós hochos que alega cono constitutivos de causales de da El “que impotra, desde lusgt Gua ninguna probanza edujo para acr stitar las faltes que endilga a su logÍtima mujor, resulta patente que sus pretensionss fueron bin doscotimadas por ol tribunsl a que. |
4. Las feltas Inputadas al marido en la denanda de mutua potíción, que no con otras que Sl abandono injustificado tle bus deberes. de sa posa y las relaciones coxuelos oxtresstrimoniales, las encontró tambiémel- - tribunal huérfanas de denvotración. La Corto, empero, halla que la p Da ro cogidas a - pasar da que no es ebundante, es suficiente para Llevar sl convenci miento. del Juoz le existencia de esos hacia. En efecto: el testigo Heli Aca 2 vedo tr. 259 del cuaderno 20.), úbico declarante, Gulen desde antes que se ca» aran £s amigo de los esposos Rivera-Jaimes; releta cóno estanco on Sante Var ta, a principios de Abríl ds 1.977, recibió Alenada telefónica de Antonio Pd vera Quien lo citó al Hotel Corona da ali, pues qu ría charlar. con 6l. Que « al llegar a ase hotel, Antonio le presentó a Teabel Torres. ticióndole que == Sesa éra Su sspoda, que se habla casado fuevantnte”. a lo tual el testigo raplicó: "y fnsalba Jaimes qué?". Que entonces Antenio respondió; "Rosalba mu rió en un acuida e ¿jmto can toda su fa nd Sa"; gue como tenfa euy buena. amis tad con Antonio y Posalba daimon, fues vivieron en vn tasa, pintis pesar: púr la muerte de feta; que en esa miena ocasión el testigo invitó a su casa a An | tenio y a Su nueva esposa y se comprometió a que el día siguient
]aSA e a A lo esop ld A nap AM 0582 ría en el Hotel Corona; que como esa misma noche supo per boca de sus hijas, que viven en Bogot8, que era falso que hubiera muerto Rosalba, pues la vfspera Beta había ádo a vi sltarias, entonces afirma. al testigos. “al día siguiente; como yo me resentí tanto par la mentira que él me dido, no Fut a recogerlo y/. autorics: en la casa qué si iban no los rebibisran, ELO ada Lama, el tóstigo reafirma que Antonto. Rivera le presentó a Isabel Torres Avi RS la como: a su esposas añadiendo que "en el fiomente en que estuve. con Silos E9+ habas como” en Juna de miel. £l trato era de mi. hi Jo y de má Hijas Como. es na toral en 6608: casos, de ganchb,. abrazados) comp empezando una fueva: vida", 64 esta declaración sé ánaliza an condunto. don Prueba. ándi. claria que surge del hecho de que. el. denerdants, muy 8 pásat' de qué fué6 1 - : quten inició este proceso endilgendo a su mujer infracciónos ds sus deberes, : no esé respusetá a la demanda de. feconvención que sn espusa la propuso; no —'pbetante que fue notificado personalmente del áuto edmisorio del libelo de mu «tua petición; escrito en que se lo imputan cargos ten graves como el de abáne “dono y de estar viviendo extramatrimonialmante con otra mujer, sobre les que guardó absoluto silencio, y el s esta prusba conjunta su añado que' António Ri
vera no asistió, a pesar de haber sido citado, a la dudiencia ocñalads por el tribunal para absolver -el inter regatorio de parte, es menester concluir que3% está prebado tanto el abandono da. los deberes de marido como las relaciones - acales extramtiimonicles. 0 Es elertos como lo afirnó el tribunal, qué, en pracesos co NS a de seperación de. cuerpos, la sola confesión de los cónyuges nó es medioen idóneo. para acrad: itar las causales de separación, cano expresamente lo prese eribe el artículo Go. de la ley la. de 1,976; pero si “este excelénte -probanza -— se ve confirmada por otras medids, como la dsclaarr áción de testigos o los incá cios, es palmario que éntontdas sl poder: de convicción de la confesión se lavanta con toda úukgor La confesión. sola, ee repito, e convenes en esta + clase de prtcesós, pero unida. a otras probanzas. éle 'seconstituya en medio - fdeal para gorroborar lo que éstas demuestran y para fortificar su “podar de A O persuasión. . La Carte, puss, encuentre que debs prosperar la demanda de ' 0583 jreconvención, por lo cual, administrando ¿justicia en nombre de la República ¡le Colombia y por autoridad de la ley, falla: lo; Revoca la sentencia apelada en cuanto negó las petipo . y , Í iones de la demanda de reconvención y la confirma en cuanto rechazó la deman, o . : mm. A. ea principal. 7
20,- Decrétase, por culpa del marido, la separacióñ-definiz /| tiva de cuerpos de los cónyuges José Antonio Rivera Serrano y Rosalba Jaimes Ke Rivera. consecuncialmente, declárase disuelta la sociedquea, dpo r el he el , Es] cho del matrimonio, se formó entre ellos, y se ordena su liquidación. A a A - 5 _30Condénase a José Antonio Rivera Serrano a pagar ali_ méntos a su esposa, Rosalba Jaimes de Rivera en cuantia de cinco mil pesos ($5 000.00) mensuales. $ - 402 Condénase al mismo Rivera Serrano a pagar las costas - fde las instencies. Cópiese notifiquese y devuélvase al tribunal de origen, ] ! i GERMANGIRALDO ZULUAGA. a | | 2)
JOSE MARIA ESQUERRA SAMPER z “HECTOR GOMEZ URIBE
E HUNBERTO MURCIA BALLEN ALBERTO: DEPINA BOTERO ] | - RICARDO URIBE HOLGUIN- Í : : . f | | NICOLAS PAJARO PEÑARANDA | Secretario ” dl
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