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CSJ - SC29-05-1984 0601

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC29-05-1984 0601
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

REPUBLICA DE COLOMBIA Ao) JUE Ham q, yA siloccional G 06 01 Ny Na O Ni CORTE SUPREFA DE ON SALA DE CASACION CIVIÍ Bogotá, veintinueve de maya de mil novecientos ochenta y cuatro.- A La parte deman interpuso recurso de casación contra la sentencia de 7 de febrero d Sa, pronunciada por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de 000 Da proceso ordinario de Blanca Ruth Solis contra Jai ro De Jesus Calle Agudelo y otros. Admitido el recurso por la Corte, por auto de 2 de abril del año en curso, se ordenó dar traslado al recurrente por treinta (30) días, para quedentro del él formulara la demanda de casación. Este término venció y, Como lo informa el Secretario de la Corpora > ción en la constancia que precede, el recurrente no presentó la demanda respec tiva dentro de dicho término. Por lo expuesto debe darse aplicación a lo meteriedo en el inciso 30. del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, motivo por el cual la Cor te Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, declara DESIERTO el recurso y condena en costas al recurrente.

OMT ROTATORIO DEL P"INISTERIO CE JUSTICIA

REPUSLICA DE COLOMBIA

U. 0602

Acre Jurisdiccional : Notifíquese,

HORACIO MONTOYA GIL

HECTOR GOMEZ URIBE

HUMBERTO MURCIA BALLEM

ALBERTO OSPINA BOTERO

NICOLAS PAJARO PEFARANDA

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JORGE SALCEDO SEGURA

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RAFAEL REYES NEGRELLI

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FONDO ROCATORIC CEL MINISTERIO TE JUSTICIA

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