CSJ - SC30-01-1989
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC30-01-1989
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1989
o S-0/ 2 br. + £ 0072
REPUSLICA DE COLOMBIA ZA CIRAZ EepotmAi rcina, A : o .
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION CIVIL, Magistrado Ponento: Dr, Rafagl Romero Slerra Elagoté, . treinta (30) de Enero de mit novecientos ochenta y nueve (1989), Do doside la consulta de la sentercia de 20 de Joptlambre de 1988, proferida por el Tribunal Suparior dol Distrito Judicial dy Bucaramengs en este proceso de separación de cuerpos promovido porAno Cabrera Cabrera contro Luis Eduardo Bastidas González, por medio do la cual se decreta la separación indefinida de cuerpos. de los mencionados espo503, se decreta,la «disolución y fiquidación de la sociedad conyugal; so conca do la custodia definitiva del menor Juilan Eduardo Bastidas Cabrara, a la decondante, pudiendo ol demandado visitar a su mijo en la forma como lo acuer de su esposa o lo regule la autoridad competonto; so dispone quo la patrio potostod sobre al eltado menor contimázrá, ojercióndola únicamente la damandan to, pues en cupnto al demándado so decreta su pérdida definitiva por hobar -. dado lugar a tal ocurroncia; se abstiene de señelar cuota alimentaria a cargo ¿dd demandado, par no conocerse su capacidad económica; se ordeno ta inseripción de la sentencia an-los folles de nacimiento y de mátrimontlo de cada uno da los cónyugos y por último condena al demandado a pegar los costas
causadas en el proceso.
Para ollo se considora: j L.- La consulta so óriginó en el hecho de ha” bor sido la rafarida sentencia desfavarabla 21 damandado, quien fuera logalmanto omplorado pero no compareció al proceso, por lo cual estuvo ropresentods por curador ad-litem. La opinión del Procuradsr Delegado en lo Civil, oído en interás asi hija menor ya mencionado, os qua 39 confirme la sentencia, puos está demostrado al abandono injustificado «de los debares de esposo y pas dra por parte del demandado. 2.- En el proceso 3e roúnen los presupuestos cara dictar sentencia de mérito, pues la jurledicción civil es competente para conocor de la soparación de cuerpos de matrimontos celebrados conferms al ri to católico en conformidad con lo dispuesto por los artículos 7o., Bo. y Yo, - aS ,mm 3 SL O o je ed¡ de la loy 20 de 1974; la domandanté hs comparecido en el proceso a través da apoderada legalmento constitufdo, el demandado lo ha sido a través de curador ad-litem, designado con las formalidades legales y la demanda en sí misma con siderada. reúne los requisitos formales exigidos por el Código de Procedimien to Civil, 3.- Con la demanda 5e presentó la prueba dol matrimonio católico entro Ana Cabrera Cabrora y Luis Edusrdo Bastidas Gonz8loz y la del nacimiento dentro del motrimonjo del inenor Julian Eduardo Bastidas Cabrera, Dontro de la etapa probatoria del proceso los testigós Cecilla Rincón de Espitla, Marfa Efeuterla Rey Navas, Elsa María Cobrera y Angal Ma
sfas Acuña Cuervo, colncidieron en afirmar que el demandado abandonó el hogar y no ha regresado a Él. E | BM, Esto abandono es causa de separación decuerpos al tenor de lo dispuesto por los ertículos 13% y 165 del Código Civil, Y en relación con el hijo menor significa también haber incurrido el padre en causa que butoriza la pérdida da ta patria potestad, según el artículo 315 de la misma obra, por lo cual debe la Sala, en consideración a la pruaba de los hechos que determinan las consecuencias jurídicas provistas en esos textos, - proceder a confirmar la sentencia consultada como que su parte resolutiva saajusta también a las reglas del artículo 423 dul Cédigo de Procedimiento Civil. En mérlto de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Civil, administrando justicio en nombre de la rapública de Colombia y por autoridad de ta ley, CONFIRMA en todas sus partes la sentencia de fecha y procedencia anotadas. . - Cóplese, notifíquese y devuélvase el Tribunal de origen. - : A
ALBERTO OSPINA BOTERO
JOSE ALEJANDRO DORIVENTO PERNANDEZ
RIPUCLIZTA DZ COLONTIA
EDUARED GARCIA SARMIENTO:
PEDRO LAFONT PIANETTA
- HECTOR MARIN NARANUO
RAFAEL BonaRo SIERRA e
Alvaro "Ortíz Mongalvo Secretario ral