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CSJ - SC30-01-1991 - 017

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC30-01-1991 - 017
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1991

ET ] A 5_014+- | Do 16% |

RN _ CORTE SUPREMA DE JUSTICIA | - SALA DE CASACION .CIVIL: |

Magistrado Ponente: Dr. Rato! Romero Sierra 1

Bogotó,. treinta (30) de enero de mil noveciéntos - | . noventa y uno _ (1991). E Se decido la consulta de la sentencia de 18 de juliode 1990, proferida por: el Tribunal Superlor : -del Distrito Júdicial de Bogotá - .en este proceso de separación dé cuerpos. promovido. por: Zully Aurora Ro - a - món. Lozano contra Oscar Rodriguez Manrique, por. medio de la cual se de - — o “creta la separación. indefinida: de. cuerpos de los menclonat los ESPOSOS; esta. - blece que los hijos: -menores Juana. Marfa y José Julian: Rodríguez Román - o quedan al culdado de su madre Zully Aurora: Román: «Lozano; la. patria po - en ¡ testad sobre los citados hijos será, ejercida exclusivamente: por la “madre; - ] .el demandado deberá contribufr con un cincuenta por clento (50%) de tos - | Gastos de crianza, educación y establecimiento de los hilos comunes: menclo A nados y por último se condena en costos al demandado, Para ello se considera: no La consulta se' originó en el hecho de haber sido da referida sentencia desfavorable al' demondado, quien: fuera legalmente em plazado pero no compareció al proceso, por lo cual: estuvo representado o por curador ad-litem. La opirilón del Procurador Delegado en lo Clvil, oído,

e en Interés de: los hilos menores, es que se confirme la sentencia pues está. - demostrado el abandono. injustificado de los deberes de esposo y padre por - | “Parte «d el demandado. : ot ha 2.- En el proceso se róbinen los presupuestos para_ dictar sentencia de mérito, pues la jurisdicción clvil: es competente paraconocer de la separación de cuerpos de mútrimontos. celebrados conformeLs -1 al rito católico, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 7o., 80. y pa 90. de la ley 20 de 1972; la demandante ha comparecido en el proceso «a oia de apoderado legalmente constituldo, el demandado. lo ha sido a. tr e $9 | -2- . “través de curador ad-lltem, designado con las formalidades legales y laPo demanda en sí misma considerada, reúne los requisitos formales exigidos o por el! Código de Procedimiento Civil. _ , 3.- Con la demanda se preseñtó la prueba del matri de Ñ monto católico entre Zully Aurora Romén Lozano y Oscar Rodríguez Manri o . que y la del nacimiento dentro del matrimonio de los menores Juana María > y José Julian Rodríguez Romón. Durante lo etopa probatoria del procesodos. .testigos Mauricio Alfredo Cortés Castillo, Leonor: Daza de Lozano y Ma nuél Alfonso Lozano, colncidieron en ofirmar que el. demandado abandonó hogar y no ha regresado. a él. | - Este abandono es causa” de separación de cuér -

  • pos el tenor de lo atspuesto por los artículos 158 y 165 del Código Civil, y en reloción..con. los hijos menores significa también hober incurrido el - Ñ padre en causa queautoriza la pérdida de la patria potestad, según el ar. tículo 315 de la misma obra, por lo cual debe la Sala, en consideración a la prueba de los hechos que determinan las consecuencias Jurfdicós previs - tas en esos. textos, proceder a confirmar la sentencia consultada, como - '. que su parte resolutiva se ajusta también a las reglas del artículo 444 del e : Código de Procedimiento Civil, adicionándola en el sentido de. ordenar su lascripción en la competente oficina de registro del estado clvHH. " En mérlto de lo expuesto, la Corte Supremo de Justl 5 cla. en Sala de Casación Civil, administrando Justicia en nombre de la repú Por : blica de Colombia y por autoridad de. la ley, CONFIRMA «e n todas sus per. e tes la sentencia de fecha y procedencia anotadas.

Cópiese, notlfíquese y devuélvase al Tribunal de orl gen.

CARLOS ESTEBAN JARAMILLO SCHLOSS

EDUARDO GARCIA SARMIENTO

NN . e tr r

PEDRO LAFONT PIANETTA

HECTOR MARÍN NARANJO

A.

_ ALBERTO

OSPINA BOTERO

Y

RAFAEL ROMERO SIERRA

A A A

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