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CSJ - SC31-01-1984 (2)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SC31-01-1984 (2)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
1984

PROCESO ORDINARIO: MILLER MANRIQUE SAAVEDRA y OTRO.q ” 0062

fte a : AGROESTE MANRIQUE Y CIA S.en C.-

CORTE SUPRERAD E JUSTICIA

'SALA DE CASACION CIVIL.

SS ++. Bogotá, treinta y uno de Enero de mil novecientos ochenta y cuatro. Admitido el recurso de casación interpuesto por la parte demiandante contra la sentencia de 19 de Agosto del año entertor, proferida por el Tribunal Su pertor dol Distrito Judictal de Retva en este proceso, el tnpugnante presentó en oportuntáad la correspondiente demanda y es «el caso dectdir acerca de su adufstón (art. 373 inc. 4o.

8. P. C.).- Un exanes ¿el libelo indica que ol recurren» te no se ajustó a las previsiones del artícu lo 375, pues este artículo exige que en la demanúa se harán los cargos por soparado “expresando Ja causal que se alegue, losfundacentes de cada acusación en forma preciso y clara, las nor cas que se estínen violadas y el concepto de la violación, stse trata de la causal primera” y en este caso, de dos dos cargos que el recurrente formula a la sentencia, se observa que en cuanto 21 priívere no tnáica el concepto de violación y por loque hace al segundo tanpoco expresa la cousal en que se basa,- Estas dos circunstancias por sí solas constituyen motivos sufti-

€ 006 4 A cientes para declarar desierto el recurso como en efecto lo declarará.- A mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, declara desierto el recurso de casación interpuesto por la par te demandante en este proceso y, consecuencialmente, disponedevolver el expediente al Tribunal de orígen.-

NOTIFIQUESE Y CUMPLASE.-.

HORACIO MONTOYA GIL.

JOSE MARIA ESGUERRA SAMPER

HECTOR GOMHEZ URIBE

HUMBERTO MURCIA BALLEN

ALBERTO OSPINA BOTERO

JORGE SALCEDO SEGURA.

Rafael Reyes Negre11í Secretario.

REPUBLICA DE COLOMBIA

TE SUPREMA DE JUSTICIA

9: 0064 SALVEDAD PARCIAL DEL MAGISTRADO JORSE SALCEVO SEGURÁ Proceso: Ordinario de MILLER MANRIQUE y otro contra Sociedad Agroeste Manrtque y Cia. s. en C. Comparto el auto que antecede en cuanto en el primer cargo el recurrente no expresó el concepto de la violación de la ley sustancial 1. Pero en el segundo cargo sí Jo hizo en el último párrafo de su demanda y a mí entender, por ra zones expuestas en multitud de salvedades, a las que me re rito, aunque no expresó con Palabras sacramentales la causal, sín la menor duda se dió a entender con claridad que-la censura la enfila por la causal primera. 8ogotá, enero 31 de 1.984,

JORGE SALCEDO SEGURA

28.84.

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