CSJ - SC5-04-1984 0487
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC5-04-1984 0487
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1984
Mal Y. REPUBLICA DE COLOMBIA C 0487 | y y. panes y . y HES ama y Fer: isdiorinal va 12 yó Señores Magistrados de la Sala A DA E EA de Casación Civil El suscrito Fagistrado fue apoderado demandante en un proceso que se falló en primera instancia en el sentido de declarar probada una nulidad absoluta de un contrato de promesa de venta, respecto del cual formulaba una pretensión regulada en el artículo 1546 del C.C. Apelada por mi esa senten cia fue revocada por el Tribunal de Bogotá en consideración a que estimó esa Superioridad que no existía la nulidad, y como consecuencia de ello se ordenó que el a-quo dictara sentencia de fondo. El apoderado que me sustituyó interpuso el recurso de casación, que está a su conocimiento, asunto en el cual obviamente estoy impedido. El caso, aunque no 1 Y es parecido al de autos. En esas circunstancias en mí podrTa_e tructurarse la eausal derecusación contemplada en el nurkeral 1 del artículo 142 del C. de P.C. por interés indirecto e gPproceso. Obviamente h nido que sostener como Bagistrado muchas tesis que defendía con ardor como litigante. Hunca pensé que estuviera impedido p3ra hacerlo y, por tanto, ante identidad de tesis entre lo sktapido por mí en ejercicio de la profesión y lo que pueda oPiny como Magistrado no he sometido a su consi deración mip posible impedimento. Con todo, por Circunstancias para mi dolorosas que no vienen al caso, someto muy respetuosamente a su consideración mi posible impediméntócpara actuar eneste proceso, en los términos del inciso tercero del artículo141 del Código citado. Bogotá, abril 5 de 1984,
JORGE SALCEDO SEGURA
NOZA A ROTATORIO DEL MINISTERIO CE SST
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