CSJ - SC8-04-1994 4
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SC8-04-1994 4
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1994
A- ) 0% 004 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION CIVIL Santafé de Bogotó, ocho (8) de abril de mil no vecients noventa y cuatro (199%).- Teniendo en cuenta el informe secretarial que an tecede, según el cual la parte recurrente dejó transcurrir el término del troslado sin presentar la demanda respectiva, y lo dispuesto enel inciso 39% del artículo 373 del Código de Procedimiento Civil, se de clara DESIERTO el recurso de casación interpuesto por el demandado contra la sentencia de 28 de octubre de 1993, proferida por el Tribu nal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga en el proceso ordinario de Pieddel. aSodcor ro Bulding Arciniégas contra Molsés Hasbon Rovelo y lo condena a pagar las costas del recurso. Tásense. Notifíquese.